03 enero 2018

Nueva Instrucción 17/S-145 de la DGT sobre tramitación de denuncias por Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA)

La Dirección General de Tráfico acaba de publicar la nueva Instrucción 17/S-145, dedicada a la tramitación de los expedientes sancionadores en materia de Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA) y la resolución de los recursos presentados a los mismos.

La nueva instrucción aborda en profundidad numerosas incidencias relacionadas con la falta de seguro obligatorio y contempla un gran número de supuestos concretos con los que los agentes encargados de la regulación del tráfico se enfrentan en su día a día.


Los contenidos de la Instrucción (que presenta algunas deficiencias en la numeración de sus epígrafes) son:

1. Circular y carecer de seguro obligatorio en la circulación (SOA): distinción de conductas.
   - Carecer de SOA.
   - Circular sin SOA.
   - Otros supuestos.

2 Aspectos procedimentales generales para los procedimientos por infracción a la normativa de seguro obligatorio del automóvil.
   - Documentos esenciales del procedimiento.
   - Presentación de documentos originales.
   - Momento procedimental para aportar documentos por los interesados.
   - Concepto de interesado en el procedimiento.

3. Carácter del fichero informativo de vehículos asegurados (FIVA).

4. Conducta punible en infracciones en materia de SOA: Constatación de los hechos denunciados.

5. Criterios de actuación para supuestos concretos.
   - Vehículo sustraído.
   - Vehículo con estacionamiento habitual en España, sin motor, sin ruedas,... NO APTO para la circulación.
   - Vehículo en instalaciones privadas.
   - Vehículo vendido.
   - Motos deportivas, de Trial, de Enduro, maquinaría agrícola, maquinaria de obras.
   - Minimotos.
   - Titulares fallecidos.
   - Error en matrícula.
   - Vehículo que en el momento de detectarse el incumplimiento de la LSOA, se encuentra de baja en el Registro de Vehículos.
   - Seguros de flota.
   - Separación o divorcio del titular del vehículo.
   - Vehículos con matrículas extranjeras.
   - Carta Verde.
   - Vehículos con matrícula española asegurados en Compañías extranjeras.
   - Fecha de denuncia - fecha inicio FIVA - fecha comunicación alta TIREA.
   - Periodo de carencia o “mes de gracia”.

Pulsa sobre el siguiente enlace para descargar la nueva Instrucción 17/S-145.



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