28 mayo 2014

Programa Cursos On Line ESPALOSBARRIOS - 2º Semestre 2014

Antes de que comience la época estival, queremos informaros de la programación de Cursos On-Line (concertados con la ESPA) que nuestra Escuela tiene prevista para el segundo semestre del año, con indicación de las fechas en que se impartirán:
  • Regulación de los servicios del Taxi en Andalucía (del 9 al 22 de Julio).
  • Comportamiento y Primeros Auxilios en casos de Accidente de Tráfico (del 12 al 25 de Septiembre).
  • Derecho Penal aplicado a la Función Policial (del 24 de Octubre al 6 de Noviembre).
  • Actuaciones de los Agentes de Tráfico en el Procedimiento Sancionador (del 5 al 18 de Diciembre).

Pulsando en el siguiente enlace, puedes descargar nuestra programación anual actualizada:


Por otro lado, como ya os hemos adelantado, hemos preparado un nuevo sitio web, donde hemos instalado una actualización de la plataforma de aprendizaje Moodle (aprovechando que desde la ESPA se nos requiere que empleemos como mínimo, la versión 2.5, hemos instalado la versión 2.6 de Moodle en nuestro servidor), al que puedes acceder desde esta nueva dirección web:


A partir del próximo mes de Julio, los cursos On-Line de la Escuela de Policía Local Villa de los Barrios, se impartan a través de la nueva plataforma, en esa nueva página web.

Por lo tanto, el curso "Comunicación y Trabajo en Equipo. Dirección de Grupos", programado para Junio, será el último que se realice en la Plataforma Actual, en la web http://escueladepolicia.losbarrios.es/curso/.

Curso "Actualización en Tráfico y Seguridad Vial" para Policías Portuarios de la APBA

La Escuela de Policía Local Villa de Los Barrios impartirá, a partir de la semana próxima, el curso "Actualización en Tráfico y Seguridad Vial" dirigido a los Policías Portuarios de la APBA.



Tras la formación impartida a los Policías Portuarios de los puertos dependientes de la APPA (Agencia Pública de Puertos de Andalucía) el pasado mes de Septiembre (un curso On-Line de formación básica, de seis módulos de 20 horas cada uno), nuestra Escuela retoma este año la formación de los Agentes de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras (APBA), a quienes se han dirigido ya numerosas acciones formativas de actualización y perfeccionamiento desde nuestra Escuela.

En esta ocasión, se desarrollará un curso On-Line de 75 horas de duración, que se prolongará hasta el mes de Octubre próximo, que permitirá la actualización de los Agentes Portuarios de la APBA en la recientemente modificada normativa de tráfico.

Este curso, dirigido al Servicio de Policía de los Puertos de Interés General de Algeciras y Tarifa, cuenta además con la peculiaridad de ser el primero que nuestra Escuela imparta en la nueva versión de nuestra Plataforma On- Line (PoL):



Se trata de un nuevo sitio web, en el que hemos instalado una actualización de la plataforma de aprendizaje con mayor número de usuarios on-line de la web: Moodle.


Próximamente, os ampliaremos esta información sobre la nueva Plataforma On-Line (PoL) y del momento en que comenzaremos a emplearla para todos los cursos de nuestra Escuela.

22 mayo 2014

Publicadas en BOE modificaciones del Reglamento General de Vehículos relativas a CICLOS Y BICICLETAS


Esta norma, de una parte, viene a derogar y actualizar la normativa vigente sobre especificaciones técnicas y homologación de las bicicletas (Real Decreto 2406/1985), adaptándola a la Directiva 2001/95/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre seguridad general de los productos (y más concretamente a la Decisión de la Comisión 2011/786/UE, de 29 de noviembre de 2011, sobre los requisitos de seguridad que deben cumplir las normas europeas aplicables a las bicicletas, las bicicletas para niños y los portaequipajes para bicicletas).

Pero además, ha modificado el Reglamento General de Vehículos en algunas cuestiones relativas a los ciclos.

SE ELIMINA LA HOMOLOGACIÓN PREVIA DE LOS CICLOS DEL RGVeh

Por una parte, se ha eliminado el Art. 22.5, que disponía:
“Todos los dispositivos a que se refiere el presente artículo estarán homologados de acuerdo con la reglamentación que se recoge en el anexo I”

Además se ha modificado el art. 22.3:
Redacción antigua: “Las bicicletas y las bicicletas con pedaleo asistido corresponderán a tipos homologados, según la reglamentación que se recoge en el anexo I”.
Nueva redacción: “Los ciclos y ciclos de pedaleo asistido quedan exceptuados de obtener la autorización administrativa a la que se hace referencia en el apartado 1 del artículo 1”.
De esta forma, se reducen las cargas administrativas que lleva consigo la homologación de estos vehículos, eliminando el control previo por parte de la Administración, siendo los fabricantes los responsables de los productos que ponen en el mercado (sin perjuicio del control que realicen las Administraciones públicas competentes en el control y vigilancia, a posteriori, del mercado).

SE PERMITE QUE LOS CICLOS Y BICICLETAS PUEDAN ARRASTRAR REMOLQUES O SEMIRREMOLQUES

El Real Decreto publicado hoy en BOE, elimina también el apartado 22.6 del RGVeh, que indicaba:
“Los ciclos y bicicletas no podrán arrastrar remolque o semirremolque alguno”.
Ello representa la posibilidad de comercializar y usar remolques “de carga” para bicicletas, sin necesidad de homologación previa.



Sin embargo, aún no es posible, con carácter general, el uso de remolques de bicicletas destinados al transporte de personas (generalmente niños), de gran implantación en otros países europeos.


¿Cual es el motivo? Que sigue vigente (por el momento) el artículo 12.4 del Reglamento General de Circulación, donde se indica:
Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.
b) Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por ciento respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.
c) Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.
En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes
.

A MODO DE RESUMEN...

  • Ciclos con remolque "de carga" (mercancía, mascotas...): permitidos en circulación urbana e interurbana. No requieren de homologación previa.
  • Ciclos con remolques que transporten personas: prohibidos en circulación interurbana. Posibilidad de autorizarlos en circulación urbana, si así se establece en las Ordenanzas del Municipio (tampoco requieren de homologación previa).
  • Se ha eliminado la contradicción existente hasta ahora entre el Art. 12.4 del RGCir y el Art. 22.6 del RGVeh (uno prohibía por completo el arrastre de remolques y semirremolques a los ciclos y bibicletas, mientras que el otro lo permite en determinadas circunstancias).

21 mayo 2014

DGT, drogas y conductores

Hoy os dejamos dos noticias recientes sobre la DGT y la presencia de drogas en los conductores:

La DGT afirma que el resultado positivo de droga en saliva significa su consumo 5 horas antes

El jefe de investigación de la Dirección General de Tráfico, Juan Carlos González Luque, ha dicho que un resultado positivo de consumo de drogas en saliva significa un consumo reciente de esta sustancia, no más allá de cinco o seis horas desde el momento del consumo hasta la prueba de saliva.


González Luque ha explicado los procedimientos que la DGT utiliza para la detección de drogas basado en su presencia en la saliva, aunque no se ha referido en particular al accidente de Castuera (Badajoz) porque se trata de un procedimiento judicial abierto.
  • La primera prueba que realizan los agentes es una "prueba de cribado", que valora la presencia cualitativa de droga en saliva y permite conocer si ha habido consumo reciente, en el entorno de las cinco horas previas.
  • En caso de que esta prueba resulte positiva se hace una segunda y se envía esta muestra de saliva al laboratorio toxicológico para la determinación cuantitativa de cada sustancia que aparece. Esta segunda muestra es una confirmación de la primera y con ambas las fuerzas policiales determinan el procedimiento administrativo o penal que se abre.
  • Por otra parte, la persona a la que han tomado la muestra tiene la posibilidad de pedir una prueba de contraste en sangre, en un centro sanitario, que es a su costa si resulta positiva.

No obstante, González Luque ha asegurado que tanto las pruebas de saliva como la de sangre, en caso de que se solicite, deben realizarse en unos tiempos "prudenciales" para poder valorar la presencia de droga antes de que se elimine del organismo. La DGT recomienda que esta prueba en sangre no se realice más allá de una hora u hora y media desde la prueba de saliva.

La DGT y Gobierno catalán piden a los médicos que comuniquen cuándo los conductores toman psicofármacos

La directora general de Tráfico, María Seguí, y el consejero de Interior de la Generalitat de Cataluña, Ramon Espadaler, han hecho un llamamiento para que los médicos y profesionales de la salud comuniquen a la Dirección General de Tráfico (DGT) cuándo recetan fármacos que pueden tener consecuencias a la hora de conducir. 

La intención es "incentivar" a que los médicos comuniquen estas prescripciones porque les preocupa que, en 2012, en las autopsias a conductores que han muerto en accidente de tráfico hay más presencia de psicofármacos que de drogas.


Espadaler ha destacado que "la legislación vigente contempla la posibilidad de que voluntariamente los médicos que recetan algunos fármacos que pueden tener incidencia sobre la conducción puedan ponerlo en conocimiento de las jefaturas provinciales de Tráfico, y está en el terreno de la voluntariedad" (preservando la confidencialidad de los datos de los pacientes) y ha sentenciado: "Esta herramienta ya la tenemos a nuestro alcance y es importante utilizarla".

Por su parte, la directora general de Tráfico ha indicado que ya existe el mecanismo para que los profesionales de la salud informen a la DGT cuando un médico prescribe un fármaco que puede afectar a la conducción, pero que actualmente la "barrera" es el poco conocimiento por parte de los profesionales.
Por eso, ahora la DGT intentará promover que los médicos trasladen de manera voluntaria estas informaciones porque actualmente no se hace tanto como sería necesario, ha indicado Seguí.

El director del Servei Català de Trànsit (SCT), Joan Josep Isern, pide el apoyo de España y de Europa para combatir las muertes por psicofármacos en las carreteras, y ha reclamado que es "imprescindible darle una alternativa".

20 mayo 2014

Vídeo campaña DGT motos y ciclomotores: TE DEJO MI MOTO

En plena campaña intensiva de vigilancia y control de motocicletas y ciclomotores, puesta en marcha esta semana por la Dirección General de Tráfico, nos ha parecido interesante el nuevo vídeo divulgativo de la DGT (que últimamente venía reutilizando materiales publicitarios de campañas de años anteriores).

El vídeo muestra y relata las opiniones y vivencias de conductores de motos y de turismos antes, durante y después de haber realizado un "experimento" denominado “TE DEJO MI MOTO”, una acción de conductor a conductor, que sirve para que distintos conductores de turismos se pongan en el lugar de los motoristas y viceversa, como primer paso para cambiar las opiniones que unos y otros tienen.

A lo largo del vídeo se habla de señalización de movimientos, vulnerabilidad de las motos, excesos de confianza, proximidad de los turismos, atención a la conducción, ángulos muertos, marcas viales, diferencia de comportamientos de conducir una moto a un coche…. Opiniones, pensamientos  con los que todos los usuarios de la vía (y los profesionales del tráfico), alguna vez nos hemos sentido identificados.



Además, se ha creado el hastag #TEDEJOMIMOTO para que el intercambio de opiniones, reflexiones que se produce en el vídeo continúe en las redes sociales.

Código de Tráfico y Seguridad Vial (recopilación de legislación permanentemente actualizada)

El Boletín Oficial del Estado recopila, en su web los denominados "Códigos Electrónicos".
Se trata de compilaciones de las principales normas vigentes del ordenamiento jurídico (presentadas por ramas del Derecho), como el "Código de Tráfico y Seguridad Vial".


En él se contiene una amplia recopilación de normas, permanente actualizadas:
  • Ley de Seguridad Vial.
  • Reglamentos de Circulación, Conductores, Vehículos, Escuelas de conductores, Centros de Reconocimiento Médico de conductores, Vehículos históricos.
  • Seguros del automóvil.
  • Procedimiento Sancionador, TESTRA, intercambio transfronterizo de información sobre infracciones...
  • Tiempos de conducción, descanso y tacógrafo.
  • Tasas de la Jefatura Central de Tráfico.
  • Gestión de vehículos al final de su vida útil y bajas de vehículos.
  • Inspección técnica, homologaciones y reformas.
  • Delitos contra la Seguridad Vial.
  • Medidas especiales de regulación del tráfico y restricciones de circulación (de carácter anual).

Puedes acceder y consultar el Código de Tráfico y Seguridad Vial de diferentes modos:
  • Desde la web del Código en el BOE, donde puedes acceder en cada momento a la legislación que te interese y consultarla, de manera que esté siempre "al día".
  • Descargandote el Código completo (en formato PDF o ePUB).
  • Además, disponen de un sistema de "alertas de actualización" (integrado en los servicios de BOE a la carta), cuya suscripción se puede realizar en el momento de su descarga.

Jornada 'Seguridad Vial y Mayores' del Defensor del Pueblo Andaluz y la Red de Fiscales de Seguridad Vial de Andalucía

Continuamos con información sobre Jornadas, en esta ocasión sobre "Seguridad Vial y Mayores", organizada por el Defensor del Pueblo Andaluz. y la Red de Fiscales de Seguridad Vial de Andalucía, que se celebrará en Sevilla, el próximo 12 de Junio.


Pulsa en el enlace para consultar el programa completo

La inscripción es gratuita y estará abierta hasta el 9 de junio (sujeta a disponibilidad de plazas).

Si lo deseas, puedes formalizar tu inscripción On-Line completando el siguiente formulario.

19 mayo 2014

Jornadas sobre Mediación Policial en el Puerto de Santa María

El próximo 5 de Junio, se celebrarán en el Puerto de Santa María las "I Jornadas Técnicas de Mediación Policial".

La actividad está promovida por el Ayuntamiento del Puerto de Santa María y organizada por la Fundación Márgenes y Vinculos, y en ella colabora también la Escuela de Policía Local de Los Barrios.


Entre los asistentes a las Jornadas, contaremos con Policías Locales de Vila-Real (Valencia), ciudad a la que ya nos hemos referido en nuestro Blog y que se ha convertido en un ejemplo de la nueva dimensión que aporta la mediación policial, así como con otros profesionales del campo de la mediación.

La matrícula en  las Jornadas es gratuita (se emitirá justificante de asistencia), si bien el número de plazas es de 60, que se cubrirán por orden de inscripción.

Pulsa sobre el siguiente enlace para descargar el programa completo de las Jornadas y la hoja de inscripción.



También puedes formalizar tu inscripción On-Line desde este otro enlace.

Más información | La Mediación Policial. II Congreso Nacional de Mediación 
                                Policial (organizado por la Policía Local de Vila-Real)
                                I Congreso Iberoamericano de mediación policial en Vila-Real
                                Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles

13 mayo 2014

Nueva instrucción de la DGT sobre las recientes modificaciones de la Ley de Seguridad Vial

La Dirección General de Tráfico ha emitido una nueva Instrucción con motivo de la entrada en vigor de la Ley 6/2014, de modificación de la Ley de Seguridad Vial.

En ella, se puntualizan determinados aspectos prácticos sobre la misma, de interés para los agentes encargados de la vigilancia del tráfico.


También incluye un anexo donde se recogen, en forma de relación codificada de infracciones, las novedades introducidas en el texto legal, en vigor desde el pasado día 9 de mayo .

Puedes descargar la Instrucción desde el siguiente enlace:

12 mayo 2014

Curso On-Line, concertado con la ESPA: 'Comunicación y Trabajo en Equipo. Dirección de Grupos'

La Escuela de Policía Local Villa de los Barrios organiza un nuevo Curso On Line, concertado con la ESPA, denominado 'Comunicación y Trabajo en Equipo. Dirección de Grupos', de 21 horas de duración, que se celebrará del 11 al 24 de junio.


Pulsa en los siguientes enlaces si deseas:

09 mayo 2014

Hoy entra en vigor la reforma de la Ley de Tráfico ¿Qué nuevas infracciones se aplican y cuales necesitan un desarrollo normativo?

Como ya os informamos el pasado mes de abril, hoy se cumple un mes de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

¿Qué nuevas infracciones se aplican y cuales necesitan un desarrollo normativo?



Los cambios que se introducen hoy mismo en la Ley de Seguridad Vial son:

Drogas: La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción administrativa está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.
Lo que no cambia es la conducción bajo la influencia de drogas, cuya vía es penal tal y como se recoge en el artículo 379.2 del Código penal.

Alcohol: Se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas.
Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores  reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
Otro de los preceptos que entran hoy en vigor es la obligación que tienen no sólo los conductores, sino todos los usuarios de la vía de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.

Inmovilización de vehículos: Se amplían los casos de inmovilización de vehículos, destacando el que hace referencia a la inmovilización que pueden realizar los agentes si no se dispone del dispositivo de retención infantil adecuado al menor que viaja en él.

Uso del casco: Los menores de 16 años tanto conductores como ocupantes de bicicletas y ciclos deben llevar siempre puesto el casco, independientemente de la vía por la que circulen.
Para los mayores de 16 años, la ley no cambia. Su uso es obligatorio sólo en vías interurbanas, aunque se recomienda su uso también en urbanas.

Adelantamiento a ciclistas: Aunque ya lo recogía el Reglamento de Circulación, se eleva de rango normativo con el fin de reforzar la seguridad de los ciclistas, de modo que el vehículo que adelante a un ciclista deberá guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros y podrá ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario. Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.

Detectores de radar: Desde hoy queda expresamente prohibido usar detectores de radar, aparatos que rastrean mediante ondas la localización de los radares. El quebrantamiento de esta prohibición está tipificado como infracción grave lo que supone una sanción de 200 euros y la detracción de 3 puntos.
Se mantiene también la prohibición de los inhibidores que son los que pueden anular o modificar el funcionamiento de los radares.
Los que si están permitidos son los avisadores, aparatos que cuentan con una base de datos con la posible ubicación de los radares.

Atropello de especies cinegéticas: En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Cuando el atropello del
animal sea consecuencia directa de una acción de caza mayor, el responsable será el propietario del terreno y si es por falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de la vía donde se haya producido el atropello.

Nuevas infracciones: Desde hoy pasan a ser infracciones:
  • La caída de la carga de un vehículo creando peligro para la seguridad vial.
  • La realización de obras en la vía sin la comunicación previa a la autoridad responsable del tráfico.
  • Incumplir las condiciones de circulación de una autorización.
  • Impedir las labores de control de los centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores.
  • Causar daños a la infraestructura debido al exceso de masa o dimensiones de un vehículo. 
También entra hoy en en vigor la posibilidad que tienen los agentes de no tener que notificar la denuncia en el acto, siempre y cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo infractor.

Como ya indicamos, también se establece inequívocamente que los plazos de alegaciones de las denuncia y de pago de sanciones con descuento, son de 20 días naturales.

Preceptos que necesitan de un desarrollo normativo

Además de lo visto en los epígrafes anteriores, la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial introduce nuevos preceptos que todavía no entran en vigor porque necesitan un desarrollo normativo posterior. Entre esos preceptos, los más importantes son:
  • La prohibición de la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo a los menores en función de su edad o talla. Desarrollo en el Reglamento de Circulación. 
  • Los cambios relacionados con los límites máximos y mínimos de velocidad para conductores, vehículos y vías tienen que tener su desarrollo normativo en el Reglamento de Circulación. 
  • La restricción de acceso o de circulación por carreteras urbanas e interurbanas a determinados vehículos por motivos medioambientales. Desarrollo legislativo Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medioambiente. 
  • La modificación de las restricciones o limitaciones para conducir en los procesos oncológicos recogidos en el Reglamento de Conductores. Hasta ahora no podían conducir. La Ley lo que establece es que se tendrá en cuenta el informe que emita el oncólogo responsable para ver las limitaciones o posibles restricciones del paciente para ponerse al volante. Desarrollo Orden Ministerial. 
  • La obligación de los extranjeros residentes en España de matricular sus vehículos en nuestro país. Desarrollo Reglamento de Vehículos. 
  • La prohibición de exportar a terceros países los vehículos que no cumplan los requisitos tanto de seguridad como medioambientales. Desarrollo en Reglamento de Vehículos. 
  • El procedimiento para el intercambio transfronterizo de información sobre infractores de tráfico cuando circulen en España con un vehículo matriculado en otro estado de la Unión Europea, diferente al nuestro.


Pulsa en el enlace para descargar la nueva Ley 6/2014, de modificación de la Ley de Seguridad Vial.

Pulsa en este otro enlace si prefieres descargarte el texto consolidado y completo de la Ley de Seguridad Vial.

Fuente | www.dgt.es