13 diciembre 2012

Campaña DGT drogas y alcohol: "No conduzcas bajo sus efectos. A tu lado vamos todos"

Hasta el próximo domingo 23, la DGT intensificará los controles sobre el alcohol y drogas para crear una mayor concienciación, entre los conductores, por el aumento de consumo en ésta época del año coincidiendo con las comidas, cenas y fiestas navideñas.

En concreto, se prevén realizar más de 20.000 controles diarios en esta campaña, incluyendo las pruebas practicadas por las Policías Locales en ciudades de más de 25.000 habitantes, que se realizarán durante las dos semanas que durará la campaña sobre estos factores de riesgo causantes de casi un tercio de los siniestros mortales con ocasión del tráfico.

‘No conduzcas bajo sus efectos. A tu lado vamos todos’, es el lema elegido para esta campaña para dar a entender que conducir tras haber ingerido alguna sustancia psicoactiva afecta a las capacidades físicas y mentales del conductor e incrementa entre dos y siete veces la probabilidad de provocar o sufrir un siniestro de tráfico respecto a quienes no consumen ningún tipo de sustancia.

La DGT nos recuerda con la elaboración de un vídeo, el objetivo de su campaña, es decir, concienciar a la sociedad del problema y del riesgo que suponen las drogas y el alcohol en la conducción.



¿Qué supone arrojar resultado positivo en alcohol?
Según el Reglamento General de Circulación y Código Penal, se tipifica como infracción muy grave o pena de prisión, la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas, fijándose como baremo:
  • Para tasas de más de 0,25 mg/l de aire espirado para conductores en general, además de la sanción económica de 500 € (250 € importe reducido), se restarán 4 puntos y si se sobrepasan los 0,50 mg/l de aire espirado se restarán 6 puntos.
  • Para tasas superiores a 0,15 mg/l de aire espirado para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, además de la sanción económica de 500 € (250 € importe reducido), se restarán 4 puntos y si sobrepasan los 0,30 mg/l de aire espirado se restarán 6 puntos.
  • Para tasas superiores a 0,60 mg/l de aire, conlleva prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. Así como la negativa a someterse a las pruebas que conlleva prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

¿Qué supone arrojar resultado positivo en drogas?
Según el Reglamento General de Circulación y Código Penal, se tipifica como infracción muy grave o pena de prisión (si existe influencia y síntomas), la conducción de vehículos habiendo ingerido o incorporado a su organismo estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro, fijándose como baremo:
  • Si es infracción administrativa, los conductores que dan positivo al test de drogas además de la sanción económica de 500 € (250 € importe reducido), pierden de su permiso de conducción 6 puntos.
  • Si es delito, los conductores bajo la influencia de drogas, se enfrentan a la la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. Así como la negativa a someterse a las pruebas que conlleva prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Más información | Calendario Campañas DGT 2012
Vídeo | www.youtube.com/espalosbarrios