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19 octubre 2025

Matricúlate en nuestro próximo Curso On-Line: "EL CONTROL E INSPECCIÓN EN LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS EN ANDALUCÍA. LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL EN MATERIA DE COMERCIO Y MERCADO"

 


Ya puedes matricularte en nuestro próximo Curso On-Line, delegado por el IESPAdedicado al control e inspección en los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Andalucía.

La matrícula la realiza individualmente cada alumno, y abona al Ayuntamiento el Precio Público establecido en nuestra Ordenanza Municipal (35 €).

El curso se desarrollará del 03/11/25 al 22/11/25, tendrá 20 horas de duración y la fecha máxima para matricularte es el 30/10/2025

En el siguiente enlace se indican los contenidos del curso y las instrucciones para matricularte.

Antes de acceder a la Sede Electrónica de nuestro Ayuntamiento, asegúrate de modificar la configuración tu programa "Autofirma" como se indica en las instrucciones.


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04 septiembre 2025

Matricúlate en nuestro próximo Curso On-Line: "ACTUACIÓN POLICIAL CON MENORES EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO, PENAL, JURÍDICO Y DE PROTECCIÓN"

 


Ya puedes matricularte en nuestro próximo Curso On-Line, delegado por el IESPAdedicado a la Actuación policial con menores en el ámbito administrativo, penal, jurídico y de protección.

La matrícula la realiza individualmente cada alumno, y abona al Ayuntamiento el Precio Público establecido en nuestra Ordenanza Municipal (35 €).

El curso se desarrollará del 09/10/25 al 28/10/25, tendrá 20 horas de duración y la fecha máxima para matricularte es el 06/10/2025

En el siguiente enlace se indican los contenidos del curso y las instrucciones para matricularte.

Antes de acceder a la Sede Electrónica de nuestro Ayuntamiento, asegúrate de modificar la configuración tu programa "Autofirma" como se indica en las instrucciones.


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27 mayo 2025

Matricúlate en nuestro próximo Curso On-Line: "ACTUACIÓN POLICIAL EN LA APLICACIÓN DEL PROTOCOLO CERO, INSTRUCCIÓN 5/2021 DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD."

 



Ya puedes matricularte en nuestro próximo Curso On-Line, delegado por el IESPAdedicado a la Instrucción 5/2021 de la Secretaría de Estado de Seguridad y la actuación policial en la aplicación del "Protocolo Cero"

La matrícula la realiza individualmente cada alumno, y abona al Ayuntamiento el Precio Público establecido en nuestra Ordenanza Municipal (35 €).

El curso se desarrollará del 09/06/25 al 28/06/25, tendrá 20 horas de duración y la fecha máxima para matricularte es el 04/06/2025

En el siguiente enlace se indican los contenidos del curso y las instrucciones para matricularte.

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22 abril 2025

Matricúlate en nuestro próximo Curso On-Line: EL REGIMEN JURÍDICO DE LOS ESPECTACULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS EN ANDALUCÍA


Ya puedes matricularte en nuestro próximo Curso On-Line, delegado por el IESPAdedicado al régimen jurídico de los espectáculos públicos en Andalucía.

La matrícula la realiza individualmente cada alumno, y abona al Ayuntamiento el Precio Público establecido en nuestra Ordenanza Municipal (35 €).

El curso se desarrollará del 15/05/25 al 3/06/25, tendrá 20 horas de duración (en lugar de 21) y la fecha máxima para matricularte es el 12/05/2025

En el siguiente enlace se indican los contenidos del curso y las instrucciones para matricularte.

Antes de acceder a la Sede Electrónica de nuestro Ayuntamiento, asegúrate de modificar la configuración tu programa "Autofirma" como se indica en las instrucciones.


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23 septiembre 2022

Jornada sobre denuncias por infracciones a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial impartida por la Jefe Provincial de Tráfico de Cádiz

Este jueves 29 de Septiembre, tendrá lugar en la Escuela de Policía Local de Algeciras ESPALGECIRAS, con la que como sabéis organizamos conjuntamente acciones formativas, una 'Jornada sobre denuncias por infracciones a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial' impartida por la Jefe Provincial de Tráfico de Cádiz, Dª Ana Cobos Rodríguez y el Jefe de Área de Recursos de la DGT, D. Raúl Salgado, dirigida a Policías Locales de la provincia de Cádiz, así como a la Policía Portuaria de la Bahía de Algeciras.




El horario será de 9 a 14 horas, en las instalaciones de la Jefatura de la Policía Local de Algeciras (antiguo acuartelamiento Capitán Velasco, vía de servicio de la Ctra A7, km 107. Pincha para ver su ubicación en el mapa)

Las plazas son limitadas, por lo que si quieres asistir, es necesaria tu PREINSCRIPCIÓN (tienes de plazo hasta el martes 27).

A la finalización de la jornada, se ha previsto un ALMUERZO para quienes lo deseen, en la Residencia Militar de Algeciras (en Avenida Capitán Ontañon, pero si accedes en coche a parking interior, debes hacerlo por la calle Fernando IV, pincha para ver el lugar exacto).
El precio del almuerzo será de 25€, a abonar individualmente (aperitivos, primero y segundo a elegir y postre; bebidas de mesa -agua, refrescos, cerveza, vino...- incluidos sin límite). No olvides indicar en la inscripción si te quedas a almorzar con nosotros.

También se facilitará material técnico a los asistentes.

¡Te esperamos!

05 julio 2022

Comentarios al Texto Refundido de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial

 


"Mientras que en Europa muchos países prefieren disponer de un Código de Circulación amplio con anexos que pueden ser actualizados, incluyendo incluso delitos relacionados con la seguridad vial, en nuestro país hemos optado, desde 1990, por una Ley de Seguridad Vial poco extensa, aunque va creciendo en cada reforma, desarrollada en varios Reglamentos, que a su vez cuentan con numerosos anexos que se actualizan mediante Reales Decretos o a través de órdenes ministeriales.

Dado que gran parte de la Ley de Seguridad Vial se repite en los Reglamentos, especialmente en el Reglamento General de Circulación, con el agravante de que no siempre coinciden y además la modificación de la Ley implica, muchas veces, también la modificación “de facto” de los reglamentos, sería conveniente volver a codificar las normas de tráfico en un nuevo Código de Circulación, pero esta vez con valor de ley, evitando tantas remisiones a los reglamentos.

El término “Código de Circulación”, por otra parte, está muy arraigado en la memoria colectiva, es muy fácil de recordar y la Administración General del Estado parece ir en esta dirección al ofrecer en el B.O.E. toda la legislación actualizada de tráfico en un documento titulado “Código de Tráfico y Seguridad Vial”.

En lo que respecta a la actual Ley, como se verá a lo largo de este trabajo, nos encontramos con muchas incongruencias, una redacción poco afortunada y escaso cuidado en el uso de términos, lo que implica que se produzcan equívocos y dudas innecesarias.

La clave del éxito de una ley de seguridad vial es que sea razonable, fácilmente comprensible por aquellos a los que va destinada y que, siendo fácil de retener en la memoria, consiga implicar a todos los usuarios viales haciéndolos corresponsables de su cumplimiento."


Descarga aquí.


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03 julio 2022

Tractores: características y normativa.

 Un tractor o un vehículo agrícola es un vehículo especial, autopropulsado o remolcado, concebido y construido para efectuar trabajos agrícolas y que, por sus características, está exceptuado de cumplir alguna de las condiciones técnicas exigidas reglamentariamente o sobrepasa permanentemente los límites establecidos para los vehículos ordinarios para masas o dimensiones.

Se clasifican en dos grandes grupos:

•Los vehículos autopropulsados (o vehículos de motor) son aquellos que están dotados de propulsión propia.

•Los vehículos no autopropulsados (o vehículos sin motor) son así denominados por carecer de propulsión propia.

Descarga aquí.

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22 diciembre 2020

Ya es oficial: la ESPA ha pasado a ser iESPA, Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía

Casi como un regalo de navidad, el BOJA de ayer publicó el Decreto de transformación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, ESPA, en el nuevo Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía, iESPA.


El Decreto 212/2020, de creación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía, entra en vigor hoy, y regula las competencias, estructura y funcionamiento del nuevo Instituto, que asume las funciones atribuidas hasta ahora a la ESPA por el artículo 48.1 de la Ley 13/2001, de Coordinación de las Policías Locales.

El nuevo iESPA se crea como un servicio administrativo con gestión diferenciada, pero sin personalidad jurídica propia, adscrito a la Consejería con competencias en materia de coordinación de las policías locales andaluzas, protección civil y emergencias. La regulación de este tipo de entes la encontramos en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

Estamos convencidos de que este nuevo marco jurídico contribuirá a alcanzar la finalidad expresada en la exposición de motivos del Decreto, que indica que "Sin dejar de reconocer los logros conseguidos, el transcurso de casi treinta y cinco años aconseja elaborar una nueva norma que dé respuesta a las nuevas necesidades formativas, tanto en lo concerniente a los procedimientos y la metodología, como a los objetivos, contenidos y competencias exigidos en la gestión de las emergencias y en materia de seguridad pública en un mundo globalizado (...), ofrecer una formación adaptada a los nuevos retos que la sociedad necesita acometer en orden a garantizar las condiciones de convivencia adecuadas para el libre ejercicio de los derechos y libertades de la ciudadanía."


En este Blog ¡Feliz Navidad!
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15 julio 2020

UBER "tumba" en el Supremo el registro obligatorio de contrataciones previas de VTC

Vuelve la incertidumbre al sector de las VTC, tras las Sentencias del Tribunal Supremo que han declarado la nulidad del Real Decreto que establecía la obligación de comunicar las contrataciones previas de los VTC, antes del inicio de los servicios.

Mediante Sentencia de 6 de marzo de 2020, la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Uber BV, contra el Real Decreto 1076/2017, de 29 de diciembre, por el que se establecen normas complementarias al Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en relación con la explotación de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, declarando NULOS tantos sus dos únicos artículos, como su disposición transitoria única.


Como ya os informamos en nuestro blog, el Real Decreto 1076/2017 ahora declarado nulo, establecía un Registro Electrónico nacional al que los titulares de licencias VTC debían comunicar, de manera obligatoria, los datos contenidos en cada una de las "hojas de ruta" sobre contratación previa del servicio, antes del inicio de dicho servicio.

En abril de 2019 os informamos de la entrada en funcionamiento de Registro Electrónico de servicios contratados a los VTC (denominado RVTC) tras la publicación de una Resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, que desarrollaba el artículo 2 del anulado Real Decreto 1076/2017 que establecía normas complementarias al ROTT. Esta resolución introdujo la obligación de comunicar a la Administración por vía electrónica, de los datos de la Hoja de Ruta de los VTC recogidos en el artículo 24 de la Orden FOM/36/2008, por la que se desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V del ROTT.

Como os indicamos en su momento, la propia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) consideró injustificada la implantación de estas medidas, por lo que también interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, que mediante Sentencia de 10 de marzo de 2020 ha estimado parcialmente la reclamación de la CNMC, declarando nulos los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1076/2017.

En breve conoceremos las consecuencias jurídicas y sociales de estas sentencias, sobre el sector del transporte de viajeros en vehículos de tipo "turismo", cuyas repercusiones podrían tener consecuencias en la normativa autonómica.

Dado que el artículo 1 del Real Decreto anulado establecía que “las autorizaciones habilitantes para el arrendamiento de vehículos de turismo con conductor no podrán ser transmitidas hasta que hayan transcurrido dos años desde su expedición original por el órgano competente en materia de transporte terrestre, salvo en los supuestos de transmisión a favor de herederos en los casos de muerte, jubilación por edad o incapacidad física o legal de su titular”, cabe esperar que se produzcan numerosas reclamaciones de daños por parte de los perjudicados por no haber podido transmitir sus licencias VTC.

También se espera que el Ministerio de Fomento "desactive" en breve la web de control de las contrataciones previas.

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13 julio 2020

La velocidad en la normativa de tráfico y nueva versión comentada de la LSV, de Amando Baños

Nuevamente damos difusión a dos interesantes trabajos de Amando Baños Rodríguez, dedicado a al estudio de la normativa sobre seguridad vial en su blog TRÁFICOyTRANSPORTES.com:


19 mayo 2020

Nuevo diseño de los cursos de ingreso a la Policía Local: más formación en red y en prácticas, menos carga presencial (también para las Escuelas Concertadas)

Tras la Orden de 30 de marzo de 2020, que permitió a los nuevos policías locales de la XLVI promoción de la ESPA, comenzar su curso de ingreso realizando “prácticas en plantilla”, la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior ultima el diseño de los ya conocidos como “Nuevos Cursos de Ingreso COVID-19”.

Así se recoge en el Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), publicado en el BOJA extraordinario de ayer lunes, 19 de mayo, concretamente en su Disposición Adicional Quinta.

En él se contempla que tanto los nuevos Policías Locales de la XLVI Promoción de la ESPA (que ya están incorporados realizando “prácticas” en sus plantillas), como el resto de agentes de la “Promoción Extraordinaria 2020” que se desarrolle tanto en la ESPA, como en las Escuelas Municipales de Policía Local, tendrán una importante modificación en la estructura de sus cursos de ingreso tras la puesta en marcha de los “Nuevos Cursos de Ingreso COVID-19”,

Durante la última década, las tradicionales 1.400 horas del curso de ingreso a la Policía Local (la normativa andaluza establece un “mínimo” de 1.300 horas) se distribuían aproximadamente del siguiente modo:
  • 50% de horas presenciales en la ESPA.
  • 34% de horas presenciales de prácticas en plantilla.
  • 16% de horas de formación On-Line, repartidas entre las fases presencial (4%) y de prácticas en plantilla (12%).

Las dificultades de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía para impartir esta actividad formativa presencial, debido las condiciones extraordinarias provocadas por la crisis sanitaria del COVID-19, imponen un nuevo diseño en la distribución de la carga docente de los cursos de ingreso, restringiendo la modalidad presencial a las materias que exijan este formato, en favor de la formación en red y de las prácticas en plantillas.


Desde la Escuela de Policía Local de los Barrios aplaudimos la adopción de estas medidas excepcionales y esta necesaria modificación normativa, así como su aplicación a los cursos de ingreso delegados por la ESPA en las Escuelas Municipales de Policía Local.


Esperamos conocer en breve los detalles del diseño curricular de los “Nuevos Cursos de Ingreso COVID-19”, para adaptar el curso de ingreso que nuestra Escuela ya tiene delegado por la ESPA y que esperamos iniciar en breve.


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18 mayo 2020

La Junta somete a información pública la Orden que permitirá acceder a la Policía Local a personas con enfermedades como VIH, diabetes, psoriasis o enfermedad celiaca

Poco a poco recuperamos la normalidad, aunque pese a la "cuarentena", hemos continuado con nuestras actividades habituales:

  • Informando, sobre todo a través de nuestra cuenta de twitter @espalosbarrios.
  • Impartiendo Formación On-Line, como el curso “Actuación policial ante los OKUPAS” dirigido a Policía Local, o el curso dirigido a Policía PortuariaRegulación de los Delitos Leves. Cuestiones prácticas”.

Hoy os dejamos información sobre el Proyecto de Orden de la Junta de Andalucía dirigido a modificar el cuadro de exclusiones médicas para ingresar en la Policía Local, publicado en el BOJA del pasado viernes, que elimina enfermedades como el VIH, la diabetes, la psoriasis y la enfermedad celiaca, como “causas de exclusión genérica” para acceder a la categoría de Policía Local.


Hay que destacar que la aprobación de esta Orden no supone modificar el Decreto 135/2003, de 20 de mayo, que desarrolla la situación administrativa de segunda actividad (donde se recoge expresamente alguna de estas enfermedades) y que conforme a dicho Decreto “El diagnóstico de una enfermedad, o la catalogación de un síndrome o proceso patológico no es un criterio de valoración en sí mismo y sí lo es la disminución en las aptitudes psicofísicas que origine”.

Aunque el plazo ordinario para presentar alegaciones al Proyecto de Orden es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a su publicación, su cómputo no se iniciará hasta la finalización del vigente Estado de Alarma.

Si quieres conocer la redacción del Proyecto de Orden, podrás descargarlo aquí (en enlace que aparece en BOJA no está disponible, por el momento).


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02 febrero 2020

Reunión con la nueva Directora de la ESPA: novedades legislativas y prioridad a los cursos de ingreso y capacitación

Esta semana nos hemos reunido en Aznalcázar con la nueva Directora de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Dª Asunción Grávalos Gastaminza, a quien deseamos mucho éxito en esta nueva etapa profesional; en un encuentro solicitado conjuntamente por los directores de las Escuelas de Policía Local de Los Barrios y de Algeciras.

Además, esta semana se han publicado dos importantes novedades legislativas que afectan directamente al funcionamiento de la propia ESPA, como ya os hemos adelantado a través de nuestras redes sociales de Facebook y Twitter.



La primera ha sido la publicación del Plan Anual de Formación (PAF) de la ESPA de 2020, en el BOJA del miércoles 29 de enero, donde se recoge que "la prioridad para 2020 es atender las demandas de los municipios para la realización de los cursos de ingreso y capacitación" de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local, tras la entrada en vigor de la normativa que ha permitido adelantar la edad de jubilación de muchos Policías Locales. Puedes descargar el PAF 2020 de la ESPA en este enlace:



La segunda ha sido la publicación en el BOJA del viernes 31 de enero, de la resolución por la que se somete a información pública el proyecto de Decreto que permitirá la transformación de la ESPA en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (iESPA), al que ya pueden formularse alegaciones. Puedes acceder al expediente y descargar el Proyecto de Decreto, en el siguiente enlace.



Tras el encuentro mantenido con la nueva Directora de la ESPA, conscientes de la "masiva" petición de plazas para realizar cursos de ingreso y capacitación, que previsiblemente tengan que desarrollarse en colaboración con las Escuelas Concertadas, hemos decidido que, al igual que la ESPA, durante los próximos meses daremos prioridad a la puesta en marcha de cursos de ingreso y capacitación en nuestra Escuela Concertada, posponiendo el inicio de los cursos online programados para el inicio de este año.
Además aprovecharemos para poner al día los Estatutos de nuestra Escuela (ya hace casi 20 años desde su redacción) y adaptarnos al nuevo marco de funcionamiento del iESPA.

Como siempre, os mantendremos informados de las nuevas fechas de nuestros cursos On Line a través de nuestro Blog (al que puedes suscribirte) y de nuestras redes sociales de Facebook y Twitter.

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12 enero 2020

Nuevo Curso On-Line: "La nueva regulación de las Hojas de Reclamaciones en Andalucía tras el Decreto 472/2019" (normativa en vigor desde el 4 de diciembre de 2019)

Comenzamos nuestra programación de 2020 con el Curso On Line, delegado por la ESPA, "La nueva regulación de las Hojas de Reclamaciones en Andalucía tras el Decreto 472/2019", una normativa que entró en vigor el pasado 4 de diciembre de 2019, fecha en que quedó derogado el Decreto 78/2002.


El curso On Line tendrá 21 horas de duración, y se celebrará del 30 de enero al 19 de febrero.

Pulsa en el siguiente enlace a la Plataforma On Line (PoL) de la Escuela para conocer los contenidos del curso o realizar tu pre-inscripción.



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05 diciembre 2019

La nueva Instrucción de la DGT sobre VMP y L1e-A viene "cargada de infracciones" y un mensaje claro: la acera, para los peatones

Tan sólo seis meses después de que la DGT publicara su polémica Instrucción 19/V-134, este organismo autónomo del Ministerio del Interior la ha derogado y sustituido por otra mucho más completa: la Instrucción 2019/S-149 TV-108 sobre "Aclaraciones técnicas y criterios para la formulación de denuncias de vehículos ligeros propulsados por motores eléctricos".

La DGT nos ofrece un adelanto de lo que será la nueva definición legal de los Vehículos de Movilidad Personal (más conocidos como VMP) y "corrige" la confusión creada con la instrucción anterior, que identificaba "plenamente" los vehículos eléctricos ligeros de la categoría europea armonizada L1e-A, con los ciclomotores (ahora deja claro que aunque se les exige algunos requisitos propios de los ciclomotores, no tienen esta consideración legal).

"Ciclo de motor" de la categoría L1e-A: supera las características de un "ciclo de pedaleo asistido" (más de 250W) y requiere de matrícula, seguro, permiso de ciculación y de conducción (AM)


La nueva Instrucción 2019/S-149 TV-108, aclara además un gran número de infracciones que pueden cometer los conductores de distintos tipos de vehículos, que a veces, tanto los agentes como los usuarios, llegan a confundir ente sí:
  • Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
  • Bicicletas de pedaleo asistido (EPAC).
  • "Ciclos de motor" de la categoría L1e-A.
  • Ciclomotores eléctricos de la categoría L1e-B.


Sin entrar en aspectos penales (comisión de delitos contra la seguridad vial), la DGT ha establecido con bastante claridad ciertos límites, hasta ahora difusos, en el concepto de VMP:
  • Vehículos de una única plaza.
  • Propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
  • Velocidad máxima por diseño entre 6 km/h y 25 km/h (si es menor a 6 km/h se considera un "juguete").
  • Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de "autoequilibrado" (esto supone que un "patinete eléctrico con sillín" a una altura superior a 54 cm, medida desde el suelo, no puede considerarse un VMP, al carecer de sistema de "autoequilibrado").

Patinete eléctrico con sillín: si está a más de 54 cm del suelo "nunca" podrá considerarse un VMP

En cuanto a las normas de circulación que deben observar los conductores de VMP, la Instrucción establece, entre otras, las siguientes:
  • No se les exige autorización administrativa para circular, ni para conducir, ni seguro obligatorio.
  • Están obligados a someterse a las pruebas de detección de alcohol (tasa de 0.25 mgr/l de aire espirado) y drogas.
  • Cabe denuncia por uso de teléfono móvil o auriculares durante la conducción.
  • Cabe denuncia en caso de circulación nocturna sin alumbrado, ni prendas o elementos reflectantes.
  • Uso de casco: sólo si se establece en la Ordenanza Municipal.
  • Infracciones cometidas por menores de 18 años: responden solidariamente sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho.


Con todo este "paquete de medidas" (plagado de recordatorios sobre los casos en los que procede la inmovilización y depósito de los vehículos), la DGT manda un mensaje muy claro: la acera es para los peatones.
Así, la nueva Instrucción nos recuerda que está prohibida la circulación de toda clase de vehículos (incluidos los VMP) por las aceras y demás zonas peatonales, si bien cabrían las siguientes excepciones a esta norma general:
  • Circulación por la acera de monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona.
  • Otras consideraciones que se establezcan en las Ordenanzas Municipales respecto de las vías urbanas.


Desde el siguiente enlace, puedes descargar la nueva Instrucción 2019/S-149 TV-108 de la DGT sobre "Aclaraciones técnicas y criterios para la formulación de denuncias de vehículos ligeros propulsados por motores eléctricos".

 

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En este Blog Instrucción 19/V-134 de la DGT: vehículos L1e-A
                         Recomendaciones FEPM sobre Vehículos de Movilidad Personal

31 octubre 2019

Avance de nuestra programación de cursos del primer trimestre de 2020

Como cada año por estas fechas, desde la Escuela de Policía Local de Los Barrios os mantenemos informados, con antelación, de nuestra programación de Cursos para el próximo año.


Y aunque todavía estamos impartiendo el Curso On-Line "Actuación policial ante las tarjetas de estacionamiento para las personas con movilidad reducida" y aún quedan dos semanas para dar inicio a nuestro último Curso On-Line del año 2019, "La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Aspectos generales de interés" (ambos delegados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía) queremos compartir con vosotros un avance de nuestro plan de formación para el primer trimestre de 2020, que ya hemos incluido en el apartado "PLAN DE ANUAL DE FORMACIÓN" de nuestro blog:


CURSOS DE INGRESO Y CAPACITACIÓN:


  • "Curso de ingreso a los Cuerpos de Policía Local de Andalucía" (inicio previsto en enero de 2020).


CURSOS ONLINE:


  • "La nueva regulación de las hojas de quejas y reclamaciones en Andalucía tras el Decreto 472/2019" (enero-febrero de 2020).
  • "El Derecho Administrativo en la Seguridad Vial" (marzo de 2020).


CURSOS GUÍAS CANINOS (semipresenciales):


  • "Guías caninos y adiestramiento de perros detectores de drogas y estupefacientes para Policía Local. Curso básico". Delegado por la ESPA (curso iniciado en 2019).
  • "Guías caninos y adiestramiento de perros detectores de drogas y estupefacientes con el sistema de Trabajo Marcaje Lapa". Para funcionarios de Centros Penitenciarios y Policías Locales de localidades no andaluzas (curso iniciado en 2019).

CURSOS POLICÍA PORTUARIA:


  • "Regulación de los Delitos Leves. Cuestiones prácticas". Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz (enero-febrero de 2020).


Estamos convencidos que estos nuevos cursos responderán a vuestras necesidades formativas y os recomendamos la suscripción a las noticias de nuestro Blog para estar informados del resto de acciones formativas que se programen en la Escuela de Policía Local de Los Barrios.


En este Blog Plan de Formación Anual de nuestra Escuela

28 octubre 2019

Nuevo Curso On-Line: "La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Aspectos generales de interés"

Nuestra programación de Cursos On Line, delegados por la ESPA, continúa con el curso: "La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Aspectos generales de interés".


El curso On Line tendrá 21 horas de duración, y se celebrará del 14 de noviembre al 4 de diciembre.

Pulsa en el siguiente enlace a la Plataforma On Line (PoL) de la Escuela para conocer los contenidos del curso o realizar tu pre-inscripción.



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13 agosto 2019

Nuevo Curso On-Line: "Intervención policial con ciclomotores, minimotos, quads y similares"

Aunque los termómetros no nos dan tregua, tenemos todo listo para el próximo Curso On Line, delegado por la ESPA: "Intervención policial con ciclomotores, minimotos, quads y similares".


El curso On Line tendrá 21 horas de duración, y se celebrará del 12 de septiembre al 2 de octubre.

Pulsa en el siguiente enlace a la Plataforma On Line (PoL) de la Escuela para conocer los contenidos del curso o realizar tu pre-inscripción.



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01 junio 2019

Nueva instrucción de la DGT: cuándo un "ciclo de pedaleo asistido” pasa a ser un ciclomotor (L1e) y requiere de matricula, casco, carné y seguro

ACTUALIZACIÓN: CONSULTA LA NUEVA INSTRUCCIÓN DE LA DGT SOBRE VMP EN ESTE ENLACE: La nueva Instrucción de la DGT sobre VMP y L1e-A viene "cargada de infracciones" y un mensaje claro: la acera, para los peatones


La DGT acaba de emitir la nueva Instrucción 19/V-134 que nos permite diferenciar cuándo los “ciclos de pedaleo asistido”  pasan a considerarse “ciclos de motor” (pertenecientes a la categoría europea L1e, considerados como ciclomotores).

Lejos de tratarse de una mera “clasificación teórica”, se trata de una distinción de enorme importancia práctica desde un punto de vista policial, ya que los vehículos de categoría L1e-A y L1e-B requieren para su circulación por la vía pública de los mismos requisitos de un ciclomotor.


Bicicleta eléctrica matriculada como ciclomotor (L1e-A) por "exceder" de las características de un simple "ciclo de pedaleo asistido"
La nota de prensa que acompaña a la citada Instrucción (su redacción es tan deficiente que ante las quejas de los colectivos ciclistas, en pocas horas se ha emitido una "nota aclaratoria" más clarificadora que la propia instrucción respecto del régimen a aplicar a las "bicicletas eléctricas"), comienza por asumir la actual proliferación de ventas de vehículos de dos ruedas cuya apariencia física puede coincidir tanto con una bicicleta de pedales con pedaleo asistido, como con un “ciclo de motor” (cuya matriculación es OBLIGATORIA).


Así, conforme al Reglamento (UE) nº 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la homologación y requisitos técnicos de los vehículos de la categoría L, debemos distinguir al respecto, dos tipos de "CICLOS" con motor eléctrico:


BICICLETAS DE PEDALES CON PEDALEO ASISTIDO:

  • También se conocen como “ciclos de pedaleo asistido” o por su denominación en inglés como Electronically Power Assisted Cycles o “EPAC”.
  • No se incluyen en la categoría L de vehículos del Reglamento, por lo que no necesitan homologación ni matriculación.
  • Las EPAC requieren de certificación (no confundir con "homologación"): el fabricante debe certificar que cumple el "Marcado CE" bajo la norma UNE-EN 15194:2018 y la norma ISO 4210-1:2014.
  • Su definición en el citado Reglamento es la de “bicicletas de pedales con pedaleo asistido equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25km/h o si el ciclista deja de pedalear" (las EPAC pueden alcanzar velocidades superiores, pero sólo gracias al esfuerzo humano).


Los "ciclos de pedaleo asistido" pueden circular por el carril-bici, la acera-bici, la pista-bici y las sendas ciclables, así como por la calzada de las vías urbanas y las carreteras convencionales, pero NO por autopistas o autovías.


Sin embargo, la DGT alerta de la existencia en el mercado de otros ciclos de apariencia similar a los “ciclos de pedaleo asistido” o EPAC, con prestaciones muy superiores en ocasiones, que provocan que deban clasificarse como ciclomotores o incluso como motocicletas. Es el caso de los “ciclos  de motor” incluidos en la categoría europea L1e-A o L1e-B, que tienen la consideración de CICLOMOTORES.


¿"Ciclo de pedaleo asistido" o "Ciclomotor"? Dependerá de la potencia y velocidad del modelo concreto de vehículo (las marcas ofrecen distintas "motorizaciones" para una misma "estructura")

“CICLOS DE MOTOR” (CICLOMOTORES) DE CATEGORÍA L1e-A:
  • A diferencia de las bicicletas de pedaleo asistido o “EPAC”, los “ciclos de motor” se incluyen en el citado Reglamento, dentro de la categoría L1e de vehículos de motor de dos ruedas ligeros.
  • Esta categoría L1e se divide en L1e-A o “ciclos de motor” y L1e-B o “ciclomotor de dos ruedas”.
  • Las principales características de los “ciclos de motor” de la categoría L1e-A son:
    • Ciclos diseñados para funcionar a pedal que cuentan con una propulsión auxiliar cuyo objetivo principal es ayudar al pedaleo.
    • La potencia de la propulsión auxiliar se interrumpe a una velocidad del vehículo ≤ 25 km/h.
    • Potencia nominal o neta continua máxima ≤ 1.000 W.
  • Cualquier vehículo de la categoría L1e que no pueda catalogarse conforme a alguno de los criterios de la categoría L1e-A, pertenece a la categoría L1e-B (por ejemplo, los que exceden de 1.000W) y seguirá teniendo la consideración de ciclomotor.

La DGT enfatiza en su instrucción que “los vehículos L1e-A están incluidos en la categoría L1e de ciclomotores, y por tanto, para autorizar su circulación, deberán estar homologados y matriculados, así como cumplir con el resto de las obligaciones establecidas en el ordenamiento jurídico”.



Estas obligaciones a cumplir por parte de los vehículos de la categoría L1e (tanto los L1e-A como los L1e-B) que circulen por la vía pública, incluyen las siguientes, como cualquier otro ciclomotor:
  • Ante todo, deben matricularse.
  • Para ello, previamente deben fabricarse de acuerdo a una homologación que cumpla con los requisitos europeos, someterse a ensayos de seguridad y frenado, o llevar un control de la producción revisado por la Unidad de Certificación del Automóvil.
  • Esta homologación quedará reflejada en su VIN o número de bastidor y en el certificado de características técnicas del vehículo (la que conocemos como "tarjeta de ITV").
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Seguro obligatorio de vehículos.
  • Utilización de casco (homologado para ciclomotores, no un mero "casco de bici").
  • Cumplimiento de la frecuencia de inspección técnica del vehículo (la primera a los 3 años, las siguientes cada 2 años)
  • Obligación de estar en posesión y llevar consigo el permiso o licencia de conducción válido para conducir ciclomotores.
  • Por otra parte, estos vehículos no pueden circular por vías ciclistas (carril-bici, acera-bici o pista-bici) ni sendas ciclables; tampoco pueden hacerlo por autopistas o autovías.
  • Tampoco podrán circular con menores de doce años como pasajeros (menores de siete años si los conductores son el padre, la madre, el tutor o una persona mayor de edad autorizada por ellos).
  • Por último, los conductores de estos vehículos están obligados a someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, en los mismos términos que los conductores de cualquier ciclomotor (artículo 379 del Código Penal y la correspondiente "negativa" del artículo 383).



¿Cómo diferenciar las bicis eléctricas que son meros "ciclos de pedaleo asistido" de los "ciclomotores" que pertenecen a la categoría L1e-A y requieren de matrícula, seguro, carné...?

La cuestión no es "simple", ya no depende sólo del "aspecto externo" del vehículo, sino muy especialmente de las características de su motor eléctrico.
Por ejemplo, hay fabricantes que comercializan distintas "motorizaciones" para una misma "estructura", o que limitan mediante software la velocidad o potencia máxima del vehículo, dependiendo de la legislación existente en el mercado (país) donde venden la bicicleta eléctrica.

Así, además de los EPAC o "ciclos de pedaleo asistido" (con motores de hasta 250W que dejan de funcionar a los 25km/h), nos encontramos con las siguiente "denominaciones comerciales" correspondientes a la categoría de "ciclos a motor" (es decir, catalogados como CICLOMOTORES) que pueden sernos de utilidad:
  • "Powered Cycles" (bicicletas eléctricas de carga), encuadrados en la categoría L1e-A: Bicicleta que utiliza un motor, con potencia nominal continua máxima entre 250 y 1.000W, como ayuda al esfuerzo muscular del conductor. Dicho motor deberá detenerse cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos:
    • Si el conductor deja de pedalear.
    • Si la velocidad supera los 25 km/h.
  • "Speed Ebikes" (como la que popularizó Gerard Piqué), encuadrados en la categoría L1e-B: Bicicleta que utiliza un motor, con potencia nominal continua máxima ≤4.000W, como ayuda al esfuerzo muscular del conductor. Dicho motor deberá detenerse cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos:
    • Si el conductor deja de pedalear.
    • Si la velocidad supera los 45 km/h.
  • Además, cualquiera tipo de bicicleta eléctrica que incorpore un acelerador que propulse la bicicleta sin necesidad de pedalear a un velocidad >5km/h, pasa a estar encuadrada en la categoría L1e-A o L1e-B, y por tanto deben ser homologadas, matriculadas, aseguradas y conducidas con permiso de conducir ciclomotores.


¿Que ocurre si se incorpora un "deslimitador de velocidad" o potencia a un ciclo de pedaleo asistido?

Mediante estos "kits" baratos y fáciles de montar, es fácil convertir una "bicicleta eléctrica" tipo EPAC en un vehículo de categoría L1e-A o L1e-B.
También es posible eliminar la limitación de velocidad o potencia (para mantenerla "constante" y no "decreciente" al aumentar la velocidad) simplemente "pirateando" el software del vehículo (en ocasiones, basta hacerlo desde el teléfono móvil, eliminando así las limitaciones introducidas en la programación del equipo por el fabricante). 

De modo similar, en función de la potencia y las "modificaciones" realizadas sobre vehículos que aparentemente pertenecen a la categoría L1e-A, podríamos encontrarnos ante vehículos de categoría L1e-B.


Desde el siguiente enlace, puedes descargar la Instrucción 19/V-134 de la DGT y la nota de prensa que la acompaña.

 

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26 abril 2019

¿Qué obligaciones y competencias tiene un Ayuntamiento en materia de drones, según AESA?

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, AESA, ha publicado un resumen sobre las obligaciones de las administraciones públicas en el conocimiento de la normativa que regula los drones, las competencias que tienen sobre su uso y qué deben hacer si las propias administraciones utilizan estas populares aeronaves en alguno de sus servicios.



El documento contiene las respuestas a las siguientes cuestiones:

  • ¿Quién puede autorizar o habilitar el uso profesional de un dron?
  • ¿Qué normas se han de seguir para realizar un vuelo con un DRON/RPAS?
    • ¿Qué se necesita para realizar un vuelo profesional?
    • ¿Dónde se puede usar y dónde no un dron como actividad recreativa?
  • Zonas para operacoines de despegue y aterrizaje de DRONES/RPAS.
  • Uso de DRONES/RPAS por parte de las administraciones públicas.
    • Habilitarse como operador.
    • Contratar a una empresa operadora de RPAS.
  • Denuncia de incumplimientos.


Pulsa en el siguiente enlace para descargar el documento de AESA.

 

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