22 diciembre 2013

Los funcionarios recuperan un “moscoso” estas navidades y novedades en los “agentes de movilidad”

El BOE de ayer sábado 21 de diciembre, nos dejaba dos modificaciones legislativas de “fin de año":
  • La ampliación en un día de los “moscosos” o días por asuntos particulares de los funcionarios.
  • La modificación del artículo que regula los “agentes de movilidad” en la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 

Ambas modificaciones legislativas entran en vigor a partir del próximo lunes 23 de diciembre.

EL “LÍO” DE LOS MOSCOSOS

En julio de 2012, el Real Decreto-ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, modificó el Estatuto Básico del Empleado Público, de forma que se redujo el número de días de asuntos particulares de seis a tres
La aplicación de esta reducción fue controvertida y dispar entre funcionarios (se produjeron diferencias interpretativas en distintas administraciones y en ocasiones incluso dentro de la misma administración).
Estos días de permiso son también conocidos como “días de libre disposición” o “moscosos”, recibiendo esta última denominación por ser establecidos en 1983 por el entonces Ministro de Presidencia Javier Moscoso del Prado y Muñoz (como compensación a la pérdida de poder adquisitivo de los funcionarios, tras sucesivas subidas de sueldo por debajo del IPC).


Con la publicación en el BOE de ayer sábado 21 de diciembre, de la Ley Orgánica 9/2013 de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, según se recoge en su Disposición Adicional Cuarta el número de días de asuntos particulares pasa de tres a cuatro, por lo que los funcionarios recuperan uno de los tres días adicionales de que dispusieron hasta 2012.

Cabe recordar que esta modificación del Estatuto Básico del Empleado Público, entra en vigor a partir del mañana lunes 23 de diciembre, por lo que este “cuarto día” puede ser disfrutado en estas Navidades.

MODIFICACIONES EN LOS AGENTES DE MOVILIDAD

La Ley Orgánica 19/2003, introdujo una importante modificación de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, estableciendo un nuevo artículo 53.3 (incluido por tanto en el Título dedicado a las Policías Locales), vigente desde el 15 de enero de 2004, con la siguiente redacción:
En los municipios de gran población podrán crearse, por el Pleno de la Corporación, Cuerpos de funcionarios para el ejercicio exclusivo de las funciones previstas en el párrafo b) del apartado 1. Dichos funcionarios no se integrarán en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el ejercicio de esas funciones tendrán la consideración de agentes de la autoridad, subordinados a los miembros de los respectivos Cuerpos de Policía Local.
Los funcionarios integrantes de los Cuerpos referidos en el párrafo anterior se regirán por las normas contenidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y las demás normas que se dicten en desarrollo y aplicación de la misma.
Las funciones recogidas en el artículo 53.1.b son las de "Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación".

La ya citada Ley Orgánica 9/2013, publicada en el BOE de ayer, modifica mediante su Disposición Final Primera, la redacción del primer párrafo del artículo 53.3 de la L.O. 2/1986, de modo que elimina el carácter de “Cuerpo” para este grupo de funcionarios, apunta la posibilidad de dotarlo mediante “redistribución” de funcionarios que ya pertenecieran a la administración local y contempla la posibilidad de crearlo en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Esta es la nueva redacción del primer párrafo del artículo 53.3.
En los municipios de gran población y en las Ciudades con Estatuto de Autonomía podrá asignarse, por el Pleno de la Corporación o por sus respectivas Asambleas, al ejercicio exclusivo de las funciones previstas en el párrafo b) del apartado 1 a parte de los funcionarios pertenecientes a las mismas, que tendrán la consideración de agentes de la autoridad, subordinados a los miembros de los respectivos Cuerpos de Policía Local, sin integrarse en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de manera que ello no comporte un incremento en el número de efectivos ni en los costes de personal
Puedes consultar la Ley Orgánica 9/2013 en el siguiente enlace:

18 diciembre 2013

Circular sobre venta y uso de productos pirotécnicos - 2013

El BOJA de hoy, 18 de diciembre, publica una nueva Circular sobre la venta y uso de productos pirotécnicos, de la Delegación del Gobierno Central en Andalucía.


Como ya ocurrió el pasado año, mediante esta Circular se realiza un resumen de la normativa del Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, respecto de la venta, transporte y uso de estos productos, al tiempo que se solicita por la Delegada del Gobierno, la colaboración tanto de los usuarios como de las autoridades municipales, al objeto de alcanzar las necesarias garantías de seguridad y que disminuya al máximo cualquier clase de riesgo en el uso de artificios pirotécnicos durante las fiestas de Navidad.

Estos riesgos afectan tanto al vendedor de los artículos, como a los particulares que los manejan de forma esporádica y demás público expuesto por el uso de los mismos.

Las condiciones y requisitos exigibles a los artificios de pirotecnia, dependerán de cual sea la categoría a la que pertenezcan, de las establecidas en el artículo 8.3 del referido Reglamento de artículos Pirotécnicos y Cartuchería.

Por lo que respecta a la sanción de las infracciones que pudieran detectarse, la Circular nos recuerda que se realizarán según el procedimiento sancionador establecido en los artículos 31 al 39 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, dado que el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería se dicta en desarrollo de lo previsto en los artículos 6 y 7 de la propia Ley Orgánica 1/1992. 

Pulsa sobre la imagen para descargar la Circular.

12 diciembre 2013

Policías Locales reparten juguetes en hospitales de Sevilla

Vamos cerrando el año, con "la cara más humana y comprometida" de la labor policial.

Para ello os traemos en el siguiente vídeo, a Agentes de la Policía Local de Sevilla repartido juguetes entre niños hospitalizados en la capital hispalense.

Los juguetes se han adquirido gracias al evento solidario 'La sonrisa de un niño', organizado por el propio Cuerpo de Seguridad, celebrado el pasado 1 de diciembre en el Estadio Olímpico.

Consiguieron recaudar más de 10.000 euros, lo que les ha permitido cumplir su deseo con creces.


Fuente | www.youtube.com/AyuntamientoSevilla
Vídeos | www.youtube.com/espalosbarrios

¡Felices Fiestas! (con un toque de humor)


11 diciembre 2013

Diferencia entre catadióptrico y marcado de contorno en vehículos (señal V 23) - Incluye vídeo e instrucción DGT

El Reglamento General de Vehículos nos habla del catadióptrico y del marcado de contorno en vehículo, dos dispositivos reflectantes distintos pero que tienen en común indicar la presencia del vehículo.

Ambos están regulados de forma independiente:
  • El Anexo X del Reglamento General de Vehículos, contempla entre los dispositivos de alumbrado y señalización óptica al catadióptrico (o retrocatadióptrico).
  • En el Anexo XI del RGV, al referirse a las señales en los vehículos, se incluye al marcado de contorno en los vehículos con el distintivo de vehículos de transporte de mercancías (V-23).
Además, los catadriópticos se incorporan “de serie” en los vehículos (por construcción), mientras que el marcado de contorno (señal V-23) aparecen como una mejora en cuanto a seguridad activa y está dirigida a un tipo específico de vehículos.

Veamos más detalles.

¿QUÉ ES EL CATADIÓPTRICO?

El catadióptrico (o retrocatadióptrico) es un dispositivo utilizado para indicar la presencia del vehículo mediante la reflexión de la luz procedente de una fuente luminosa independiente de dicho vehículo, hallándose el observador cerca de la fuente.


No se considerarán catadióptricos:
  • Las placas de matrícula retroreflectantes.
  • Las señales retrareflectantes mencionadas en el ADR.
  • Las demás placas y señales retroreflectantes que deban llevarse para cumplir la reglamentación vigente sobre la utilización de determinadas categorías de vehículos o de determinados modos de funcionamiento.
El catadióptrico será blanco si es delantero, amarillo cuando se utiliza en los laterales y rojo si es posterior.

Dicho elemento reflectante si está colocado en la parte posterior está compuesto de un solo catadióptrico para los vehículos de dos ruedas y de dos catadióptricos para el resto de vehículos y de forma no triangular.
En remolques y semirremolques en su parte posterior serán de forma triangular y en la parte delantera se utilizarán dos blancos no triangulares.

Por tanto, todo automóvil debe llevar obligatoriamente dos catadióptricos traseros no triangulares de color rojo detrás y en los bordes exteriores y un mínimo de dos catadióptricos laterales no triangulares de color amarillo auto en el lateral, uniformemente distribuidas si el vehículo tiene más de 6 metros de longitud.

En cuanto a las motocicletas y ciclomotores, éstos deben llevar un catadióptrico trasero no triangular de color rojo si es una luz en el plano longitudinal medio del vehículo y si son dos luces deberán ser simétricas con respecto al plano longitudinal medio del vehículo. De forma opcional podrán llevar uno o dos catadióptricos laterales no triangulares por cada lado de color amarillo auto. También de forma obligatorio, los ciclomotores deberán llevar catadióptricos en los pedales cuando estos existan y no sean retráctiles con un total de cuatro de color amarillo auto (dos en cada pedal).

¿QUÉ ES EL MARCADO DE CONTORNO EN LOS VEHÍCULOS?

En cuanto al distintivo de vehículos de transporte de mercancías V-23, hemos de indicar lo siguiente:
  • Señaliza vehículos largos y pesados, así como sus remolques, tanto en la parte trasera del vehículo como en el lateral del mismo, en función de las masas máximas, longitudes y categorías, conforme se establece en el Reglamento CEPE/ONU 48R.
  • Estará constituido por un marcado reflectante, homologado según el Reglamento CEPE/ONU 104R e instalado en el vehículo según los requisitos del Reglamento CEPE/ONU 48R, utilizados para incrementar la visibilidad y el reconocimiento de los vehículos de motor o conjuntos de vehículos o sus cargas citados en el apartado anterior. 
  • Se entiende por distintivo una franja regular o una serie de dichas franjas colocadas de manera tal que identifiquen el contorno o, en su defecto, la longitud y anchura total de un vehículo de motor o conjunto de vehículos o sus cargas cuando sea visto desde un lado o desde atrás.

La señal reflectante de marcado de contorno, denominada V-23 es obligatoria en los vehículos matriculados con fecha posterior al 10 de julio de 2011 y dedicados al transporte de mercancías, cuya masa máxima sea superior a 7,5 toneladas, (con excepción de los chasis cabina, vehículos incompletos y cabezas tractoras para semirremolques), de más de 6 metros de largo y 2,1 metros de ancho, así como remolques y semirremolques de peso máximo superior a 3,5 toneladas.

Por otro lado, está prohibido instalar este dispositivo en vehículos de motor con al menos cuatro ruedas dedicados al transporte de personas, con ocho plazas como máximo (excluida la del conductor) y remolques y semirremolques con una masa máxima que no supere las 0,75 toneladas. En cuanto al resto de vehículos y remolques podrá instalarse dicho dispositivo de manera voluntaria.

Como se indica en el siguiente vídeo, no se trata de un mero elemento decorativo (algo así como un "tuning") sino de seguridad, ya que tanto los catadióptricos como el marcado de contorno del vehículo son elementos reflectantes que permiten a los vehículos hacerse ver en condiciones de visión deficiente y protegen a los usuarios que se encuentren en la vía pública.




Por último, os dejamos un enlace a la Instrucción de la DGT 11/V-90, sobre la Señal V 23 (Distintivo de vehículo de transporte de mercancías - marcado reflectante del contorno del vehículo).



Fuente | www.circulaseguro.com
                www.youtube.com/user/AsintraSocial
Vídeos | www.youtube.com/espalosbarrios

09 diciembre 2013

Nueva campaña 'navideña' de la DGT contra el consumo del alcohol y drogas al volante

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha hoy lunes una nueva campaña de concienciación contra el consumo de alcohol y drogas, que durará hasta el próximo domingo y en la que se van a realizar más de 20.000 controles diarios.

La intensificación de los controles tiene por objetivo tratar de concienciar a los conductores sobre los riesgos del alcohol o las drogas (una de las principales causa de accidentes mortales en España), en una época del año en la que se incrementan las comidas y cenas con amigos y familiares y en las que el alcohol o las drogas suelen estar presente.

A pesar de que el porcentaje de positivos en controles preventivos de alcoholemia ha descendido del 5 por ciento en 2001 al 1,7 por ciento en 2012, más de 100.000 conductores al año dan positivo en estos controles.

En cuanto a las drogas, en el último estudio realizado en España, el 16 por ciento de los conductores dieron positivo a drogas en los controles aleatorios que se realizaron. Y este porcentaje ascendió al 76 por ciento en el caso de controles que se realizaron de forma selectiva.


DATOS PARA RECORDAR
  • Según la memoria anual del Instituto Nacional de Toxicología, el 47% de los conductores fallecidos y analizados (615) por dicho organismo tenían presencia en sangre de alcohol, drogas o psicofármacos. En el caso de los peatones analizados (164), este porcentaje asciende al 51%.
  • El porcentaje de casos analizados con resultados positivos, a alcohol y/o drogas, de conductores fallecidos ha aumentado en más de 7 puntos entre 2008 y 2012.
  • El alcohol es absorbido rápidamente en sangre y afecta al cuerpo de diferentes maneras tales como reacciones y movimientos más lentos; problemas de coordinación, dificultades de concentración, incremento de la somnolencia…
  • La ingesta de alcohol multiplica hasta 9 veces el riesgo de provocar un accidente.
  • A mayor concentración de alcohol en sangre, el índice de accidentes también se incrementa.
  • Los falsos mitos y creencias sobre los accidentes de tráfico han sido testados dentro de un informe realizado por Línea Directa en colaboración con Fesvial, donde se demuestra que ninguno de dichos trucos (tomar azúcar, almax, hielo, hacer deporte…) sirven para engañar al alcoholímetro y no dar positivo. Lo único que de verdad funciona es no conducir después de haber ingerido alcohol o droga




LO QUE DICE NUESTRA LEGISLACIÓN

El consumo de alcohol y drogas en la conducción está ampliamente regulado en nuestra legislación.
  • En el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.
  • También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica y de drogas.
  • Para estas infracciones muy graves,  la Ley prevé la sanción de multa de 500 € 

Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir

CONDUCTORES
 LÍMITE EN SANGRE
 LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
 (1) GENERAL
 0'5 gr./l
 0'25 mg/l
 (2) PROFESIONALES
 0'3 gr./l
 0'15 mg/l
 (3) NOVELES
 0'3 gr./l
 0'15 mg/l

Permiso por Puntos

El sistema de Permiso por Puntos fija la pérdida de puntos en función de:

La tasa de alcohol:
  • Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos.
  • Para tasas superiores a 0,25mg/l hasta 0,50mg/l (los profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15mg/l hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.
Drogas:
  • Los conductores que dan positivo al test de drogas pierden de su permiso de conducción 6 puntos.

En el Código Penal

El capítulo IV tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico, y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.

DELITO
PENAS

ALCOHOL
Tasas superiores a: 
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
Negativa a someterse a las pruebas.
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años

















DELITO
PENAS

DROGAS
Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
Negativa a someterse a las pruebas
Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años















      
Fuente | www.interior.gob.es
Más información | Calendario Campañas DGT 2013

07 diciembre 2013

La comunidad Sij pide poder circular en moto con turbante en lugar de casco

Los sijs quieren poder ir en moto pero sin el casco, ya que ponérselo sin quitarse el turbante es imposible.

La comunidad sijista que reside en Olot (la más numerosa de Catalunya, con más de 1.700 empadronados) intenta lograr que los que profesan esta religión y cubren su cabeza con esta tela (que puede llegar a alcanzar los siete metros de longitud) queden exentos en España del Reglamento General de Circulación, tal como ya ocurre desde hace años no sólo en India sino también en países de la Unión Europea, como el Reino Unido, o en Canadá.


En los próximos días, los sijs de Olot tienen previsto entregar una solicitud en el Ayuntamiento de Olot y otra en la Jefatura Provincial de la DGT en de Girona para tramitar esta petición, según explicó su portavoz, Gurpinder Singh. El objetivo declarar inválida la norma que obliga al uso del casco y, a su vez, pretenden ir obteniendo a partir de ahora el máximo de adhesiones posibles en el resto del país, donde residen más de 20.000 sijs. Entre sus planes está también empezar a recoger firmas.

Para los fieles, el turbante es considerado un elemento sagrado y también un símbolo religioso. Los hombres tienen por costumbre ponérselo para cubrirse el cabello y las mujeres (que también deben cubrirse la cabeza) pueden usar turbante, aunque la mayoría prefieren un pañuelo. "Los sijs que han sido bautizados son los que obligatoriamente tienen que llevarlo porque, además, toman un voto de no cortarse el pelo, así como no fumar ni tomar bebidas alcohólicas. El turbante es un precepto de más de 300 años y un signo de nuestra identidad. Es como un elemento más de nuestro cuerpo. Quitárnoslo en público incluso es peor que desnudarnos", advierte Singh.

A pesar de que el sijismo (la quinta entre las religiones organizadas con más fieles del mundo: tiene más de 30 millones de seguidores) dicta como norma que hay que llevar el turbante, la realidad cotidiana es otra bien distinta. En Olot, donde ya hace más de treinta años que se establecieron los primeros sijs en busca de trabajo, cada vez son menos los que se lo ponen debido a un proceso de occidentalización que experimenta esta comunidad u otras razones como la dificultad de encontrar empleo por el turbante o la imposibilidad de llevarlo durante el horario laboral. "Los niños sijs ven a los menores de aquí que no lo llevan y quieren ser como ellos. En industrias del sector de la alimentación, tampoco podemos usarlo por higiene", puntualiza su portavoz. La comunidad sij de Olot lamenta que en España están siendo víctimas de un "agravio comparativo", ya que hay países donde sí que existe esta excepción legal del motorista sij que lleva turbante. "Si en otros sitios se permite circular en moto con turbante, tampoco debería haber aquí ningún inconveniente. Queremos encontrar una solución para que cada vez que vayamos en moto no tengamos que quitarnos el turbante. O aquellos sijs que siempre han de llevarlo no tengan que renunciar a ir con este medio de transporte", sentencia Singh, quien reivindica, además, que "esta recia prenda les protege incluso más que el casco".

La normativa de tráfico española es, sin embargo, muy tajante en relación con este tema, con lo que no se puede prescindir del casco por motivos religiosos y no llevarlo supone una sanción en torno a los 200 euros. "El Reglamento General de Circulación determina que tanto los conductores como los pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo quad, deberán utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como interurbanas", tal como subraya Marta Solano, jefa provincial de Tráfico de Girona. Solano advierte que "lo que prima aquí es la norma y la protección".

NORMATIVA EN OTROS PAÍSES
  • En el Reino Unido, en cambio, la legislación no sólo incluye desde el año 1976 una exención religiosa para los sijs que llevan turbante si van en motocicleta sino que, según la ley de Empleo de 1989, también se les exime de llevar casco de obra en un edificio en construcción. 
  • En Canadá, tanto en la Columbia Británica y Manitoba, los sijs con turbante también están exentos de llevar casco en moto; mientras que, por otro lado, un juez del Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Ontario desestimó una demanda para que lo estuvieran en esta región. 
En la actualidad, no existe ninguna posibilidad de que el reglamento español incorpore una exención religiosa para el uso del casco, pero la petición de los sijs coincide precisamente con la reforma del Gobierno español de la ley de Tráfico y Seguridad Vial, donde uno de los puntos más polémicos ha sido el uso obligatorio del casco en bicicleta, tanto en ciudad como en vías interurbanas, para los menores de 18 años. Ante ello, fuentes de la Jefatura Provincial de Tráfico de Girona consideran que, en el marco de este debate, podría ser un "momento apropiado" para que los sijs hiciesen llegar su petición, "la cual será derivada al responsable correspondiente a fin de poder ser estudiada y valorada".

La normativa española vigente sólo exime de llevar casco a las personas provistas de un certificado de exención por razones médicas graves validado y firmado por un facultativo colegiado en ejercicio.

Desde el Ayuntamiento de Olot, por su parte, el concejal de Seguridad, Josep Gelis, advierte que cuando les llegue la solicitud, la estudiarán aunque "tampoco se podrá hacer nada desde el Consistorio porque ésta es una cuestión del reglamento de tráfico español". Gelis precisa que, pese a esta reivindicación, "no se ha hallado hasta el momento en Olot ningún sij conduciendo en moto con turbante porque la mayoría que lo llevan se desplaza a pie o en todo caso se lo quitan".

La iniciativa de los sijs levanta polémica. El colectivo de moteros se muestra totalmente en contra. La delegación de Girona de la Federació Catalana de Motociclisme, por ejemplo, considera que "el casco es obligatorio" y que "la religión no tiene entrar en el aspecto de la seguridad". Además, desde esta entidad, destacan que "la función del casco homologado y certificado es proteger la cabeza y las cervicales, una función que difícilmente puede llegar a hacer un turbante".

06 diciembre 2013

Policías del Reino Unido recompensarán con 1.200 euros a ciudadanos que denuncien conductores ebrios

Curiosa y original, la campaña de concienciación contra la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, emprendida por los Cuerpos de Policía británicos de los condados de Derbyshire y West Midlands: ofrecen hasta 1.000 libras de recompensa (unos 1.200 €) a quienes ayuden a detener a conductores que superen el límite de alcoholemia o que circulen con sus vehículos bajo la influencia de las drogas.

Ambos condados están situados en el centro de Inglaterra:

  • El Condado de Derbyshire, con una población censada superior al millón de ciudadanos. Su cuerpo de Policía (Derbyshire Constabulary: www.derbyshire.police.uk) ofrece "recompensas" que pueden llegar hasta las 1.000 libras.
  • El Condado metropolitano de West Midlands, con una población de más de 2.700.000 habitantes (www.west-midlands.police.uk), donde las "recompensas" son de 200 libras (unos 240 €).
Los agentes de policía de estos cuerpos colocarán carteles en los bares y clubes, advirtiendo de los riesgos de conducir en estas condiciones. La cantidad de la recompensa dependerá de la gravedad de la infracción cometida.

Durante la campaña del año pasado en Derbyshire, los oficiales realizaron 391 pruebas de alcoholemia, de las que 79, es decir, más de un 20%, dieron un resultado positivo o se negaron a someterse a la prueba.

El responsable de la Policía de Tráfico de Derbyshire, explicó que "esta época del año se producen muchas celebraciones de trabajo, pero sobre todo con la familia y amigos. Nuestro mensaje es simple, 'Si bebes, no conduzcas'". Por ello, "insto a cualquiera que tenga información sobre un conductor ebrio para que se ponga en contacto con la Policía, acudiremos siempre que nos sea posible"

Por su parte, el jefe de la Policía de Tráfico del condado metropolitano de West Midlands, que también participará en esta campaña, afirmó que "cada año se repite la misma historia. La gente piensa que puede beber en las reuniones con su familia amigos y luego coger el coche. En la mayoría de los casos, se trata de gente que no suelen conducir y beber pero cuando se acerca la Navidad van perdiendo el sentido común".

"A nivel nacional, las muertes relacionadas con el alcohol han aumentado un 25% y estos accidentes se concentran sobre todo en los periodos festivos", añadió.

Fuente | www.larazon.es

28 noviembre 2013

Vídeo "Día del Policía" del Ayuntamiento de Sevilla - 2013

Como ya viene siendo habitual en nuestro Blog por estas fechas, os traemos el vídeo que el Ayuntamiento de Sevilla ha editado con motivo de la celebración del  Día del Policía de Sevilla.

Su título: #AtuLado Policía2013

¡ Enhorabuena a todos !


También os dejamos los enlaces a los emotivos vídeos del Dia del Policía 2011 y 2012, que ya publicamos en nuestro Blog en años anteriores.

Seguro que no dejarán indiferente a ningún Policía Local ni a sus familiares.
Vídeos | www.youtube.com/espalosbarrios

24 noviembre 2013

Dos sentencias de lo Contencioso Administrativo reconocen los cursos de la Escuela de Policía de los Barrios, pero no los de otra Escuela NO concertada con la ESPA

Dos recientes sentencias del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 9 de Sevilla, han reconocido la validez de los cursos impartidos por la Escuela de Policía Local de Los Barrios, centro de formación policial concertado con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA), por Orden de la Consejería de Gobernación de 18/12/2001 (BOJA nº 8, de 19/01/2002).

Ambos fallos hacen referencia al procedimiento para la provisión de 47 plazas de Policía Local en el Ayuntamiento de Sevilla, concluido en el año 2012, en cuya fase de concurso de méritos (correspondiente al cupo de plazas reservadas para el sistema de acceso por movilidad) no se valoraron algunos de los méritos alegados por los aspirantes.


En ambas sentencias, se recurría la NO VALORACIÓN de los diplomas expedidos por una Escuela de Policía Local andaluza NO CONCERTADA con la ESPA. Según las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Sevilla (que finalmente han sido estimadas), no se procede a la valoración de los cursos toda vez que son impartidos por un sindicato….

Según se recoge en las sentencias “Una interpretación sistemática de las bases de la convocatoria y la normativa aplicable en cuanto a los cursos nos debe llevar a la desestimación de la pretensión anulatoria del actor, las bases exigen que los cursos impartidos por otras escuelas y por los sindicatos sean impartidos, bien por aquellas escuelas que estén concertadas o bien, en el caso de estos últimos, que estén incluidos dentro del Acuerdo de formación continua”.

Continúan señalando que “Los cursos cuya valoración se pretende son impartidos por una Escuela de policía local en colaboración con un sindicato, que ni está concertada ni sus cursos entran del acuerdo de formación continua”.

Añaden además que “De aceptar el planteamiento del actor, sería obviar toda la normativa existente sobre las escuelas concertadas”.

Por último, las partes recurrentes alegaron la aparente vulneración del principio de igualdad, ya que en la fase de concurso del proceso selectivo, SÍ que se habían aceptado y baremado los diplomas correspondientes a los cursos superados en la Escuela de Policía Local Villa de Los Barrios (pero NO los de la otra Escuela NO concertada con la ESPA).

La conclusión de ambas sentencias en este sentido es clara e idéntica: “Además no se produce una vulneración del principio de igualdad en cuanto a la valoración de los cursos de la Escuela de Policía Local de Los Barrios puesto que esta escuela se encuentra concertada y, en última instancia, la igualdad es predicable en la legalidad”.

Os dejamos los enlaces a ambas sentencias:



11 noviembre 2013

Curso On-Line: Intervención policial en seguridad ciudadana

Con nuestro curso On-Line sobre "Psico-biología del enfrentamiento policial y primeros auxilios psicológicos" recién comenzado, y con todo preparado para el curso Semi-presencial que se impartirá en San Roque sobre "Tráfico ilícito de vehículos", os dejamos nuestro último curso programado para este año 2013.


Se trata de una acción formativa On Line de 21 horas de duración, que se celebrará del 4 al 20 de Diciembre, en la que se abordarán diversos aspectos de la Intervención policial en seguridad ciudadana, tales como:
  • Seguridad estática y dinámica.
  • Registros y cacheos.
  • La detención.

Pulsa en los siguientes enlaces si deseas:


PROGRAMACIÓN DE CURSOS 2014

Además, desde la Escuela de Policía Local Villa de los Barrios estamos ultimando la programación de cursos para el primer semestre de 2014, con un nuevo calendario de acciones formativas y novedades docentes que esperamos sean de vuestro interés. Como siempre, os mantendremos informados a través de nuestros canales habituales:
  • Blog.
  • Facebook.
  • Suscripción a nuestras noticias (la forma más cómoda de estar al día: recibir la información en tu email) desde el Blog de la Escuela.
  • A través de la propia Plataforma On Line (PoL).

03 noviembre 2013

Primera multa por usar las Google Glass mientras conducía

Ocurrió el 30 de Octubre en San Diego, California. Cecilia Abadie (nacida en Uruguay y residente en Estados Unidos) se ha convertido en la «afortunada» mujer en ostentar el título de ser la primera persona multada por conducir mientras usaba las Google Glass.


Abadie, directora de proyecto de Full Swing Golf y entusiasta de Glass Explorer, fue denunciada por un oficial de Patrulla de la Autovía de California y poco después, contó su historia y publicó la multa en su perfil de Google+.

En la denuncia aparecen dos infracciones diferentes:

  • La primera por exceso de velocidad. El motivo de la detención del vehículo fue por superar el límite de 65 millas a la hora (104 km/h). Según la denuncia el vehículo circulaba a 80 mph (casi 130 km/h).
  • La segunda y más “novedosa” infracción, fue por «conducir con un monitor visible para el conductor (Google Glass)». Según el código de conducción de California, una persona no debe conducir si una pantalla de vídeo se encuentra encendida, o si el monitor o pantalla es visible al conductor.

Respecto a la denuncia por el uso de las Google Glass, la joven ha indicado que el dispositivo se encontraba apagado. Según la legislación estadounidense, el caso debe dirimirse en un juzgado, donde se determinará si debe pagar una multa y el importe de ésta.

Abadie es betatester de los Google Glass y ha desarrollado algunas aplicaciones con su empresa para este dispositivo. Una de ellas se llama Genie, la cual permite al usuario recordar dónde dejó el automóvil y le facilita instrucciones para llegar a él.

Fuente | www.elpais.com
                plus.google.com

Modificación del Reglamento de la Ley de Extranjería

El BOE del viernes 1 de Noviembre, publicó el Real Decreto 844/2013, de modificación del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

La Ley Orgánica 2/2009 (de modificación de la LO 4/2000) introdujo en el ordenamiento jurídico español la figura del “residente de larga duración”, como consecuencia de la transposición de la Directiva 2003/109/CE, del Consejo, de 25 de noviembre, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración.


Dicha Directiva ha sido reformada por la Directiva 2011/51/UE, de 11 de mayo, con el fin de extender su ámbito de aplicación a los beneficiarios de protección internacional.

Mediante el recién publicado Real Decreto 844/2013, se traspone la referida Directiva mediante la vía reglamentaria (sin perjuicio de lo dispuesto en la regulación española del derecho de asilo y protección subsidiaria), estableciendo los nuevos requisitos para la “autorización de residencia de larga duración”, modificando así los artículos 152, 153 y 166 de Reglamento de la Ley de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 557/2011.

Puedes descargarte la reforma del reglamento desde el siguiente enlace:


02 noviembre 2013

La campaña de la DGT de la semana próxima se centrará en el transporte escolar

La Dirección General de Tráfico (DGT) pone en marcha la semana que viene una campaña sobre la vigilancia sobre el transporte escolar, con el objetivo de de mantener la seguridad de este tipo de vehículos y de recordar la importancia de realizar un transporte seguro.

La campaña, que forma parte del calendario anual de acciones que la DGT realiza sobre seguridad vial, se llevará a cabo del 4 al de 10 de noviembre. Durante la semana los agentes destinados a la vigilancia del tráfico (Guardia Civil, Policías Locales, Mossos d’Escuadra, Ertzaintza) intensificarán las inspecciones sobre este tipo de vehículos y comprobarán que sus autorizaciones y documentos sean los correctos para la prestación del servicio.


Los agentes también verificarán que las condiciones técnicas y elementos de seguridad del vehículo son los que exige la normativa, y que el conductor cumple los requisitos especiales para conducir dicho vehículo o que cumple los tiempos de conducción y descanso.

LAS CIFRAS

Según datos de la DGT de principios de este año, a diario, medio millón de alumnos utiliza uno de los 17.000 autobuses escolares que realizan servicio de transporte escolar en España para acudir al colegio y volver a casa, una cifra que extrapolada a términos anuales asciende a 280 millones de pasajeros los que utilizan este medio de transporte, según el Observatorio del Transporte de Pasajeros por Carretera.

DATOS DE LA ÚLTIMA CAMPAÑA DE LA DGT

Por lo que respecta a la última campaña de sensibilización de la DGT, en la que durante siete días se intensificó la vigilancia sobre carreteras secundarias, se ha saldado con 24.721 conductores denunciados, más de la mitad de ellos (12.812 conductores) por exceso de velocidad.

La falta de uso del cinturón de seguridad ha sido otro de los preceptos más incumplidos, ya que ha supuesto la denuncia a 1.846 usuarios de vehículos, destacando que 96 adultos más han sido denunciados por transportar a menores sin el sistema de retención adecuado.

En el caso de los autobuses, desde octubre de 2007 se deniega la matriculación a cualquiera que no lleve instalados los sistemas de retención. Un menor sin ningún tipo de retención multiplica por cinco las posibilidades de sufrir lesiones mortales, según la DGT.

Fuente | www.dgt.es
                www.europapress.es
Más información | Calendario Campañas DGT 2013

23 octubre 2013

Ya se puede pedir cita previa en las Jefaturas de Tráfico de Cádiz y La línea, y pagar las tasas en la web de la DGT


Hoy os informamos de la puesta en marcha del sistema de Cita Previa en las Jefaturas de Cádiz, La Línea, Oviedo y Gijón, a partir del próximo 29 de octubre.


Desde hoy puede solicitarse la cita previa para realizar trámites relacionados con vehículos, conductores o sanciones, bien desde la web de la DGT (www.dgt.es, pulsando en el botón "Cita previa para trámites en oficina") o también a través del teléfono 060.
La anulación o modificación de la cita previa, debe realizarse necesariamente a través del teléfono 060.

Con estas cuatro incorporaciones, son doce las jefaturas provinciales y locales en las que está en funcionamiento el servicio de cita previa de atención al ciudadano.
Como ya anunciamos, el objetivo de la DGT es implantar de forma progresiva este sistema en todas las jefaturas provinciales.

PAGO DE TASAS A TRAVÉS DE INTERNET

Otra de las recientes novedades incorporadas en los servicios de la DGT, es la posibilidad de realizar el pago a través de Internet, de las tasas de todos los servicios que ofrece Tráfico.

Para ello, debe accederse desde la web de la DGT a la sección "Sede Electrónica" y desde ésta pulsar en la opción "Pago electrónico de tasas". Los requisitos para hacer uso de este servicio son:
  • Disponer de un DNI electrónico o certificado electrónico en vigor emitido por cualquier entidad reconocida.
  • Ser titular o autorizado de una tarjeta de crédito o de débito o de una cuenta corriente con fondos suficientes para realizar la transacción.
Entre las ventajas de este nuevo servicio, destacan:
  • Es gratuito, sin comisiones ni cargos financieros.
  • Es cómodo, ya que evita desplazarse a la oficina de Tráfico, y adquirir las tasas a través de Internet para posteriormente aplicarla en cualquiera de los trámites a realizar.
  • Es voluntario, ya que sigue siendo posible acudir a Tráfico o a una entidad financiera a realizar el pago.
  • Se admiten dos formas de cobro: cargo en cuenta corriente, o con tarjeta de crédito o débito.
  • Pueden consultarse los pagos ya realizados

Una vez confirmado el pago, el interesado puede elegir diversas opciones para descargarse el comprobante de pago de tasas y realizar el correspondiente trámite en cualquier Jefatura Provincial (siempre previa petición de cita previa, cuando se trate de oficinas que dispongan de este sistema).

Fuente | www.dgt.es

22 octubre 2013

Nuevo Curso Semi-Presencial: Tráfico ilícito de vehículos

Acción formativa Semi-Presencial, de 21 horas de duración, en la que se abordarán aspectos como:
  • Las figuras delictivas relacionadas con el tráfico ilícito de vehículos.
  • La ubicación del VIN en todas las marcas comercializadas en España.
  • Tipos de falsificaciones y su detección.
La fase presencial se celebrará en San Roque (Cádiz) los días 27 y 28 de noviembre.


Pulsa en los siguientes enlaces si deseas:

10 octubre 2013

Curso On-Line: Psico-biología del enfrentamiento policial y primeros auxilios psicológicos


Acción formativa On Line de 21 horas de duración, que se celebrará del 7 al 20 de Noviembre, en la que se abordarán aspectos como:
  • Primeros auxilios psicológicos: los contenidos del  “botiquín psicológico” que el policía, como primer interviniente, debe “aplicar” a un individuo en una situación traumática o de crisis.
  • El estrés y la psico-biología del enfrentamiento policial (efecto túnel, secuestro emocional, exclusión auditiva, pérdida de habilidades motoras), así como el entrenamiento de la preparación mental para abordar situaciones de tensión y evitar desventajas tácticas.

Pulsa en los siguientes enlaces si deseas:

26 septiembre 2013

Los muertos en accidente de tráfico en ciudad aumentaron un 1% en 2012

La DGT ha hecho público hoy el contenido del documento Las principales cifras de la siniestralidad Vial - España 2012. Entre las principales conclusiones, se han destacado las siguientes:

AUMENTO DE LOS FALLECIDOS EN VÍAS URBANAS
Los fallecidos en accidentes de tráfico en vías urbanas aumentaron el año pasado un 1 por ciento, frente a un descenso del 10 por ciento en carreteras. Esto situó la cifra total de fallecidos en 1.903 personas, "la cifra más baja jamás anotada desde que hay estadísticas".

La Directora de la DGT, María Seguí, ha resaltado la relevancia de estas cifra, ante las que no se puede enarbolar "ningún signo de victoria", porque la cifra de fallecidos implica un drama similar a "dos trenes como el de Santiago cada mes" y "5,2 muertos cada día" en las carreteras.

En cuanto a los fallecidos en ciudad, que se presentan por primera vez, ya que en el dato de fallecidos que Tráfico ofrece en el balance que hace en enero no se incluyen estas víctimas, ha señalado que el aumento se concentra en Madrid y Barcelona, que representan el 22 por ciento de los fallecidos, así como en las ciudades de entre 20.000 y 100.000 habitantes (26% de las víctimas mortales). En estas ciudades vive el 38 por ciento de la población.

En total, en las vías urbanas se produjeron 47.690 accidentes con víctimas, en los que fallecieron 461 personas (el 24 por ciento del total), 4.400 heridos graves y 57.510 leves.
Respecto al año anterior, estas cifras representan un aumento del 1 por ciento de los fallecidos y un 2 por ciento de los heridos leves, mientras que los graves han disminuido un 3 por ciento.

AUMENTO DE VÍCTIMAS ENTRE LOS CICLISTAS
La cifra de fallecidos ha disminuido en casi todos los tipos de usuario, salvo en el caso de los ciclistas. el número de ciclistas que perdieron la vida aumentaron en 23, hasta registrar 72 víctimas mortales.

En total, los ciclistas se vieron involucrados en 5.150 accidentes, mayoritariamente en vías urbanas (72%), aunque el mayor número de ciclistas fallecidos se produjo en vías interurbanas, 53 de los 72 fallecidos.


EN CONTRA DEL ESTEREOTIPO DE JÓVENES Y ACCIDENTES
En contra del estereotipo que relaciona accidente de coche con los jóvenes de fiesta, la "inmensa mayoría de accidentes mortales" ocurrieron de 8 de la mañana a 8 de la tarde (el 63%), de lunes a viernes (66%) y de septiembre a junio (81%). Además, ha destacado que "más de la mitad" de los fallecidos (el 51%) tenía más de 45 años.
En 2012, aumentaron los fallecidos en los grupos de edad de 0 a 14 años (10 fallecidos más, hasta 52), de 75 a 84 años (26 fallecidos más, hasta 236) y el de mayores de 85 años (un fallecido más, hasta 75).

CAUSAS DE LOS ACCIDENTES
En cuanto a las principales causas de estos accidentes, el ranking lo encabeza el alcohol (35% de las víctimas mortales, 2 puntos más que el año anterior), seguido de las drogas (13%, 2 puntos menos), los psicofármacos (14%, 4 puntos más) y la velocidad (24%, 1 punto más).

Asimismo, la directora de tráfico ha destacado que si todos los fallecidos de 2012 hubieran hecho uso del casco y el cinturón de seguridad "habría estadísticamente calculados cuanto menos 140 fallecidos menos".
El 24 por ciento de los fallecidos en accidente no llevaban cinturón de seguridad en el momento del accidente y el 5 por ciento de moteros iban sin casco.

Pueden descargar el documento "Las principales cifras de la siniestralidad Vial - España 2012” desde el siguiente enlace.


Fuente | www.dgt.eswww.europapress.es

25 septiembre 2013

Curso para funcionarios de puertos de la APPA en la Escuela de Policía Local de Los Barrios

Esta semana, ha comenzado a impartirse Escuela de Policía Local “Villa de Los Barrios”, un curso de formación básica para los funcionarios de los puertos dependientes de la Junta de Andalucía, mediante la modalidad de formación "On-Line" no presencial.


El curso ha sido diseñado por el Área de Formación Portuaria y a través de seis módulos de 20 horas cada uno, conjuga la teoría con la practicidad de supuestos en aquellos contenidos que los policías portuarios manejan en su labor diaria tales como:
  • Protección portuaria.
  • Seguridad en la cadena logística.
  • Formación específica en habilidades sociales.
  • Módulo jurídico y de tráfico.
  • Módulo de Intervención. 

El curso se desarrollará hasta el 18 de octubre y los participantes deben superar diversas actividades y pruebas; que garantizan la asimilación de conceptos y el aprovechamiento del curso.

La Agencia Pública de Puertos de Andalucía (APPA), dependiente de la Consejería de Fomento y Vivienda, le ha encomendado a la Escuela de Los Barrios la formación de los policías portuarios de los puertos de Adra, La Atunara, Bonanza, Ayamonte, Barbate, Carboneras, Chipiona, Conil, Caleta de Vélez, Estepona, Fuengirola, Garrucha, Isla Cristina, Marbella, Mazagón, Punta Umbría, Roquetas y Rota.
La Junta de Andalucía gestiona a través de la APPA los puertos deportivos, pesqueros y comerciales de la Comunidad, a tenor del artículo 64 de su Estatuto de Autonomía.



La oferta total de cursos programados por la Escuela de Policía Local este año asciende a 22.
Actualmente se está impartiendo el curso Funciones básicas de policía judicial en materia de tráfico, en la modalidad de teleformación, que cuenta con 116 participantes.
En el mes de octubre se desarrollará el de Intervención policial con colectivos marginales y en noviembre, el de Psico-biología del enfrentamiento policial y primeros auxilios psicológicos, ambos de 21 horas de duración.
Para la elaboración de los cursos y su impartición la Escuela cuenta con la colaboración de profesionales del ámbito policial, del tráfico, psicosocial,  jurídico, etc. con acreditada experiencia en cada área docente.

Los alumnos que superan las distintas acciones formativas reciben un diploma expedido por la Escuela de Policía de Los Barrios.

La Escuela de Policía está concertada con la ESPA (Escuela de Seguridad Pública de Andalucía) desde hace más de 10 años, siendo la decana de las de la provincia de Cádiz. En ella se han formado varios jefes de Policía Local, entre ellos los de Algeciras y Jerez.

Además de la formación de funcionarios de policía local de la Comunidad Andaluza, la Escuela lleva años prestando una especial atención a los miembros de la policía portuaria, lo que le ha llevado a organizar cursos para las Autoridades Portuarias de Algeciras, Cádiz, Málaga y Motril.

Fuente | www.andaluciainformacion.es

23 septiembre 2013

La Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga pone en marcha el servicio de cita previa para evitar esperas

  • La atención a los ciudadanos será con cita previa a partir del 1 de octubre. 
  • Desde hoy lunes se puede reservar.
  • La cita previa se solicitará a través de internet en la web de la Dirección General de Tráfico, www.dgt.es.


La Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga pondrá en marcha desde el próximo 1 de octubre el servicio de cita previa para atender a los ciudadanos que necesiten acudir a sus oficinas para realizar cualquier trámite relacionado con vehículos, conductores y sanciones. Desde hoy lunes 23 de septiembre, se puede reservar la cita a través de internet.
Este Plan de implantación de cita previa en Jefaturas de Tráfico, también incluye a partir del 1 de Octubre las Jefaturas Provinciales de Girona, Lleida, Tarragona.

Esta nueva prestación puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico, pretende mejorar el servicio que se ofrece al ciudadano, evitándole esperas innecesarias, ahorro de tiempo y la agilización de los trámites a realizar.

Este sistema ya se ha implantado en las Jefaturas Provinciales de Madrid y Barcelona y las locales de Alcorcón y Sabadell.

El objetivo de Tráfico es implantar la cita previa de forma progresiva en el resto de Jefaturas Provinciales.

PASOS A SEGUIR

Los ciudadanos interesados en realizar algún trámite en dichas oficinas deberán solicitar cita previa, entrando en la web de la DGT y pinchando en el botón de Cita previa para trámites en oficina. Por esta vía se ofrece al ciudadano la posibilidad de elegir día y hora dentro de los diez días siguientes.

En un primer momento el interesado debe seleccionar el tipo de trámite que va a realizar.

Una vez seleccionado el tipo de trámite, el sistema genera una nueva ventana donde el ciudadano deberá cumplimentar el formulario con sus datos personales. La aplicación informática de cita previa, permite que los trámites a realizar los pueda realizar el propio interesado o su representante debidamente autorizado. Para ello, simplemente deberá introducir en el formulario, el nombre, apellidos y NIF de la persona que le va representar.

A continuación, el sistema informático le mostrará los días y horarios disponibles, para que elija el que mejor le conviene.

Una vez seleccionado el día y la hora, el sistema le solicitará la confirmación de la cita y el usuario obtendrá pulsando en el botón “obtener recordatorio” un documento donde aparecen los datos de la cita y la dirección de la Jefatura.

En el caso de que el ciudadano desee anularla o modificarla, deberá realizarlo en el 060.

Fuente | www.dgt.es

22 septiembre 2013

La Ertzaintza prepara perros especializados en detectar billetes

La Unidad Canina de la Ertzaintza ha comenzado a entrenar durante los últimos meses a un total de ocho perros para la detección de billetes de curso legal, lo que facilitará el trabajo de investigación de la Ertzaintza contra mafias y organizaciones que mueven de forma clandestina importantes partidas económicas. Esta es una de las nuevas actividades que ha abordado la Unidad aprovechando el descenso de otros tipos de intervenciones relacionadas con el terrorismo y la violencia callejera. En el futuro, se baraja la posibilidad de adiestrar canes en otras especialidades como la localización de evidencias en incendios, fluidos biológicos, material pirotécnico, armas, etc.


La Unidad Canina de la Ertzaintza ha participado durante el último año en cerca de 1.500 intervenciones policiales, lo que supone un incremento de un 10% con respecto al año anterior. En consonancia con los nuevos tiempos que se viven en Euskadi, las intervenciones para localizar artefactos explosivos han descendido notablemente al igual que las relacionadas con el tráfico de sustancias estupefacientes, mientras que han crecido las coberturas de seguridad de eventos de todo tipo (deportivos, festivos, convenciones, etc.). Ello ha llevado a la Unidad a modificar el adiestramiento de los perros, que hasta ahora se centraba en las especialidades de localización de explosivos, búsquedas de drogas, rescate y seguridad, incorporando también el reconocimiento de billetes de curso legal. Ocho perros han sido instruidos durante los últimos meses en la detección tanto de la tinta calcográfica de los billetes como del papel especial del que están fabricados, en lo que supone una experiencia novedosa a nivel internacional. El objetivo del proyecto es poder actuar en operaciones contra importantes organizaciones criminales.

Treinta y cinco agentes
La Unidad Canina de la Ertzaintza está formada actualmente por treinta y tres agentes, con funciones de adiestradores, especialistas en explosivos, drogas y seguridad, a cuyo cargo se encuadran un total de treinta tres perros. Su principal actividad se ha centrado históricamente en la búsqueda y localización de explosivos terroristas, en apoyo a los artificieros de la Ertzaintza. Sin embargo, durante los últimos años este cometido ha experimentado un fuerte descenso: frente a 136 intervenciones en 2004 se ha pasado a 15 durante 2012, todas ellas falsas alarmas.

Las intervenciones para la búsqueda de sustancias estupefacientes y para la cobertura de la seguridad de actos públicos o de edificios oficiales suponen el 37% de la actividad total. En la primera de estas facetas, durante 2012 se realizaron 518 operaciones anti-droga, que conllevaron registros de viviendas, locales, lonjas, establecimientos de hostelería, vehículos, etc., en los que se realizaron inspecciones exhaustivas para la localización de sustancias estupefacientes.

Las tareas preventivas y planificadas, por su parte, supusieron un 48% de la actividad de la Unidad. Estas tareas consisten en las revisiones con los perros adiestrados de edificios por visitas de personalidades, inspecciones de estadios por eventos deportivos, vigilancias o supervisiones perimetrales de centros policiales, centros penitenciarios, aeropuertos, etc.

La Unidad también realizó labores de apoyo en un total de 213 intervenciones de seguridad en actos públicos, edificios oficiales, dispositivos junto a patrullas de la Ertzaintza o grupos operativos, etc. Este apartado supuso el 15% de la actividad total durante el año 2012.

La sección de perros de rescate encuadrada hasta el año pasado dentro de la Unidad Canina (cinco agentes guías con sus respectivos perros) pasó a depender de la Unidad de Rescate y Apoyo Técnico Policial (URATP).

Orígenes de la Unidad
Los primeros pasos de lo que luego sería la Unidad Canina de la Ertzaintza se remontan al año 1985 cuando la Ertzaintza incorporó sus primeros cuatro perros para realizar labores de seguridad en la Academia de Arkaute. Pero no fue hasta el año 1989 cuando se decidió consolidar el Grupo canino con la formación de cuatro agentes, como  guías de seguridad, tras acudir a un curso impartido por la policía alemana en Stuttgart. A partir de ese año, los agentes comenzaron a acudir regularmente a seminarios de formación a cargo de diferentes policías europeas con experiencia en unidades caninas. Desde 1994, es la propia Unidad la que imparte cursos de formación y se encarga de preparar tanto a los guías como a los perros. En la actualidad, la Unidad en colaboración con la Academia de Arkaute participa también en cursos de reciclaje y adiestramiento con otros cuerpos policiales estatales, policías locales y autonómicas, que permiten un intercambio de experiencias y un mejor conocimiento de la operatividad policial de las unidades caninas. Estos cursos de actualización cinológica están planificados y diseñados para una puesta al día de los guías de drogas, explosivos y otras variantes, así como para establecer nuevos métodos de adiestramiento.

El juego como base de formación
La primera raza de perro elegida para el desarrollo de las distintas tareas y funciones fue el pastor alemán, aunque posteriormente se decidió incorporar otras razas como pastor belga malinois, spring spaniel o labradores, por sus características y utilidad para las distintas áreas.

La Unidad Canina de la Ertzaintza emplea un método de enseñanza que le diferencia del resto de  cuerpos de seguridad: cada perro es asignado a un guía y adiestrado en una única área o especialidad, y trabaja siempre con el mismo guía, de tal manera que el conocimiento mutuo entre el agente y su animal repercute de manera positiva en el trabajo policial. Asimismo, el agente asume el compromiso de cuidar y atender el animal en su propio domicilio.  Los perros viven en casa con su guía, da igual la raza y la especialidad que tengan. "Todos viven con el agente", explica el responsable de la unidad. "Esto provoca que tengas un contacto continuo con el perro, se crea un vínculo muy especial, de amistad". Y así, en situaciones límite, la confianza que el perro tiene con su agente se convierte en información muy útil. "Cualquier gesto raro que haga indica al ertzaina que algo pasa y eso sólo lo puedes saber si le conoces a la perfección", añade. Cuando un perro se jubila normalmente con 8 o 9 años  sigue viviendo con el agente "No se les abandona", recalcan los miembros de la unidad". “Nuestros hijos son los que generalmente les ponen nombre. Se convierten en los perros de la familia" afirman los ertzainas.

El proceso de aprendizaje, consiste en la asimilación de pautas de conducta, de una forma progresiva y continua, primando en todo momento el juego como método de enseñanza. “El método de adiestramiento es el juego y la motivación”, subrayan con insistencia los agentes. Los ertzainas enseñan a los perros a que cada vez que alcancen un objetivo, ya sea encontrar a una persona extraviada, detectar drogas o explosivos, van a tener una recompensa: su juguete.  "No es verdad eso de que se droga al perro para que aprenda a reconocer ese tipo de sustancias", subraya el responsable de la unidad.

Los perros llegan a la Unidad con apenas un año de vida y sin ningún tipo de adiestramiento. Durante un mes, los ertzainas ponen a prueba al animal fuera de su entorno y, tras un reconocimiento veterinario, pasan a realizar un cursillo de cuatro meses a seis meses, que supone la educación básica. “A la hora de adquirir los perros nos fijamos en que sean fuertes, pero no violentos, y tengan actitudes para la socialización con el resto de animales y personas y reaccionen de forma segura ante su entorno” señalan los responsables.
Además, los animales deben aprender a señalizar (marcar) el objetivo encontrado:

  • Los perros de rescate alertan a su guía ladrando.
  • Los de drogas utilizan un método más activo mediante el ladrido y rascando en el punto exacto en el que descubren una sustancia.
  • Los de explosivos utilizan un método pasivo, el perro se sienta cuando encuentra algo raro, eso sí, sin tocarlo.
Instalaciones
En sus instalaciones centrales, ubicadas en la base de Berrozi (Araba), la Unidad cuenta con pistas de entrenamiento canino, perreras, consultorio veterinario, almacenes y salas de reuniones, donde se realizan los cursos de formación y entrenamientos de los guías junto con sus perros, dirigidos y supervisados por los adiestradores y la jefatura de la unidad. Asimismo, se mantienen con asiduidad encuentros con los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y otras policías europeas para el intercambio de información y se imparten cursos para la formación de futuros guías caninos. Además de las instalaciones mencionadas, la unidad dispone de un reten de explosivos con disponibilidad permanente en cada uno de los tres territorios; Arkaute (Araba), Erandio (Bizkaia) y Oiartzun (Gipuzkoa) para prestar los servicios tanto incidentales como planificados, compartiendo las labores con la unidad de desactivación de explosivos y dando respuesta al unísono a todos los incidentes que se presentan en esta materia. Dependiendo del tipo de incidente se movilizará a los distintos recursos adecuados de las distintas áreas como son; explosivos, drogas y seguridad.

Fuente | www.ertzaintza.net