2 de enero de 2018

Publicada la nueva norma reguladora de actividades realizadas con DRONES

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 1036/2017 que regula el uso civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, más conocidas como DRONES.

Hasta ahora, el régimen jurídico aplicable a estas aeronaves y las actividades que desarrollan, se establecía mediante una "regulación temporal" recogida en el artículo 50 de la Ley 18/2014 (ahora derogado).

Este nuevo desarrollo reglamentario es de aplicación a las aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) de masa máxima al despegue inferior a 150 kg y las de masa máxima al despegue superior excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 216/2008 (en España no están permitidas las denominadas "aeronaves autónomas", aeronaves civiles no tripuladas que no permiten la intervención del piloto en la gestión del vuelo).

Como ya lo hacía la regulación temporal, se exceptúa del régimen general de matriculación los RPA de hasta 25 kg de masa máxima al despegue, si bien están sujetos a condiciones específicas para su pilotaje.

Como novedad, se establece un régimen específico para las operaciones realizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (así como para las funciones de guardacostas y servicios de aduanas, vigilancia del tránsito viario, y operaciones del Centro Nacional de Inteligencia), que viene a simplificar su uso por parte de las Policías Locales.


Esta normativa está ya en vigor (salvo los requisitos del apartado 2 de su disposición adicional primera, sobre identificación de aeronaves y estaciones de pilotaje, que entrarán en vigor dentro de seis meses), y también ha modificado el Real Decreto 552/2014 por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos, así como el Real Decreto 57/2002 por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.

Pulsa sobre el siguiente enlace para descargar el nuevo Real Decreto 1036/2017.


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