06 abril 2017

Nuevo distintivo obligatorio para los Vehículos de Alquiler Con Conductor (VTC) en Andalucía

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de hoy 6 de abril de 2017, publica la Orden de 31 de marzo de 2017, por la que se regula el uso de un distintivo obligatorio para los vehículos de alquiler con conductor autorizados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La normativa ya contempla que los VTC, denominación con la que se conoce a los Vehículos de Alquiler Con Conductor, no pueden llevar signos externos que conduzcan a confusión con un taxi.

Para ellos, el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) también contempla en su artículo 182.4 la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan exigirles algún tipo de distintivo externo.

El nuevo distintivo es un adhesivo vinílico (parecido al de la ITV) de un tamaño de 10 x 6’8 cm, que deberá colocarse en la parte superior derecha de la luna delantera de los vehículos (de forma que resulte visibles desde el exterior, sin interferir la visibilidad del conductor).

En los distintivos figurará la matrícula de vehículo, así como la fecha de caducidad del visado bianual de la VTC (mes y año del próximo visado).


Los distintivos se entregarán conforme se realicen los visados bianuales, así como en caso de cambio de vehículo.

Para los vehículos con visados en vigor, la nueva Orden establece que la Junta los enviará por correo certificado (en el plazo de dos semanas, contadas desde hoy) y que los titulares de las VTC deberán colocarlos en el plazo de 7 días desde su recepción.

Pulsa en el siguiente enlace para descargar la nueva Orden: