09 mayo 2014

Hoy entra en vigor la reforma de la Ley de Tráfico ¿Qué nuevas infracciones se aplican y cuales necesitan un desarrollo normativo?

Como ya os informamos el pasado mes de abril, hoy se cumple un mes de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

¿Qué nuevas infracciones se aplican y cuales necesitan un desarrollo normativo?



Los cambios que se introducen hoy mismo en la Ley de Seguridad Vial son:

Drogas: La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción administrativa está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.
Lo que no cambia es la conducción bajo la influencia de drogas, cuya vía es penal tal y como se recoge en el artículo 379.2 del Código penal.

Alcohol: Se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas.
Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores  reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
Otro de los preceptos que entran hoy en vigor es la obligación que tienen no sólo los conductores, sino todos los usuarios de la vía de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.

Inmovilización de vehículos: Se amplían los casos de inmovilización de vehículos, destacando el que hace referencia a la inmovilización que pueden realizar los agentes si no se dispone del dispositivo de retención infantil adecuado al menor que viaja en él.

Uso del casco: Los menores de 16 años tanto conductores como ocupantes de bicicletas y ciclos deben llevar siempre puesto el casco, independientemente de la vía por la que circulen.
Para los mayores de 16 años, la ley no cambia. Su uso es obligatorio sólo en vías interurbanas, aunque se recomienda su uso también en urbanas.

Adelantamiento a ciclistas: Aunque ya lo recogía el Reglamento de Circulación, se eleva de rango normativo con el fin de reforzar la seguridad de los ciclistas, de modo que el vehículo que adelante a un ciclista deberá guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros y podrá ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario. Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.

Detectores de radar: Desde hoy queda expresamente prohibido usar detectores de radar, aparatos que rastrean mediante ondas la localización de los radares. El quebrantamiento de esta prohibición está tipificado como infracción grave lo que supone una sanción de 200 euros y la detracción de 3 puntos.
Se mantiene también la prohibición de los inhibidores que son los que pueden anular o modificar el funcionamiento de los radares.
Los que si están permitidos son los avisadores, aparatos que cuentan con una base de datos con la posible ubicación de los radares.

Atropello de especies cinegéticas: En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Cuando el atropello del
animal sea consecuencia directa de una acción de caza mayor, el responsable será el propietario del terreno y si es por falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de la vía donde se haya producido el atropello.

Nuevas infracciones: Desde hoy pasan a ser infracciones:
  • La caída de la carga de un vehículo creando peligro para la seguridad vial.
  • La realización de obras en la vía sin la comunicación previa a la autoridad responsable del tráfico.
  • Incumplir las condiciones de circulación de una autorización.
  • Impedir las labores de control de los centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores.
  • Causar daños a la infraestructura debido al exceso de masa o dimensiones de un vehículo. 
También entra hoy en en vigor la posibilidad que tienen los agentes de no tener que notificar la denuncia en el acto, siempre y cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo infractor.

Como ya indicamos, también se establece inequívocamente que los plazos de alegaciones de las denuncia y de pago de sanciones con descuento, son de 20 días naturales.

Preceptos que necesitan de un desarrollo normativo

Además de lo visto en los epígrafes anteriores, la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial introduce nuevos preceptos que todavía no entran en vigor porque necesitan un desarrollo normativo posterior. Entre esos preceptos, los más importantes son:
  • La prohibición de la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo a los menores en función de su edad o talla. Desarrollo en el Reglamento de Circulación. 
  • Los cambios relacionados con los límites máximos y mínimos de velocidad para conductores, vehículos y vías tienen que tener su desarrollo normativo en el Reglamento de Circulación. 
  • La restricción de acceso o de circulación por carreteras urbanas e interurbanas a determinados vehículos por motivos medioambientales. Desarrollo legislativo Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medioambiente. 
  • La modificación de las restricciones o limitaciones para conducir en los procesos oncológicos recogidos en el Reglamento de Conductores. Hasta ahora no podían conducir. La Ley lo que establece es que se tendrá en cuenta el informe que emita el oncólogo responsable para ver las limitaciones o posibles restricciones del paciente para ponerse al volante. Desarrollo Orden Ministerial. 
  • La obligación de los extranjeros residentes en España de matricular sus vehículos en nuestro país. Desarrollo Reglamento de Vehículos. 
  • La prohibición de exportar a terceros países los vehículos que no cumplan los requisitos tanto de seguridad como medioambientales. Desarrollo en Reglamento de Vehículos. 
  • El procedimiento para el intercambio transfronterizo de información sobre infractores de tráfico cuando circulen en España con un vehículo matriculado en otro estado de la Unión Europea, diferente al nuestro.


Pulsa en el enlace para descargar la nueva Ley 6/2014, de modificación de la Ley de Seguridad Vial.

Pulsa en este otro enlace si prefieres descargarte el texto consolidado y completo de la Ley de Seguridad Vial.

Fuente | www.dgt.es

28 abril 2014

Convocatoria de cursos de tráfico de la Guardia Civil para personal ajeno al Cuerpo

La Escuela de Tráfico de la Guardia Civil de Mérida convoca cursos de tráfico para personal ajeno a la Guardia Civil, que pertenezcan a la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, que desempeñe habitualmente actividades que entrañen la ejecución de competencias en las materias específicas de que trate cada curso.


Los cursos que se imparten son:
  • Transportes y Tacógrafos: del 15 al 26 de septiembre.
  • Transporte de Mercancías Peligrosas (iniciación): del 22 al 26 de septiembre.
  • Transporte de Mercancías Peligrosas (perfeccionamiento):  del  15 al 19 de septiembre.
  • Investigación de Accidentes (iniciación): del 15 al 26 de septiembre.
  • Investigación de Accidentes (perfeccionamiento): del 15 al 26 de septiembre.
  • Específico sobre Drogas: del 15 al 19 de septiembre.
  • Específico sobre Drogas: del 22 al 26 de septiembre.
  • Conducción de motocicletas: del 15 al 26 de septiembre.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 10 de mayo.

Si deseas más información, puedes descargar las bases de la convocatoria desde el siguiente enlace (incluye los formularios de solicitud):

22 abril 2014

Disparos al aire ¿Pueden ser mortales?

He escuchado decir en repetidas ocasiones que una bala disparada al aire y en vertical, caerá con una velocidad tal que puede matar a una persona; algunos afirman incluso que el proyectil caerá con la misma velocidad que tenía en boca cuando salió del cañón, ¿es esto cierto?

La fatalidad de los disparos realizados en vertical es una afirmación tan habitual como errónea. El grado de aceptación de esta tesis lo podemos comprobar en la desacertada cita recogida de un reputado manual de tiro policial:
“Un proyectil lanzado al espacio en vertical sube hasta más de 800 metros y cae con una velocidad suficiente para perforar el cráneo a un ser humano, causando severas lesiones o incluso la muerte”
Como vamos a ver, esta afirmación es fruto del desconocimiento del concepto de velocidad terminal. Todos los profesionales estamos de acuerdo en que los disparos al aire son peligrosos y hay que evitarlos a toda costa pero es totalmente falso que un proyectil disparado en vertical (recalco lo de vertical) pueda matar a una persona durante su caída. Si esto fuera cierto, las tormentas de granizo serían algo apocalíptico, algunas piedras de hielo pesan más que una bala y caen de grandes alturas pero no recuerdo que nadie que haya sufrido lesiones graves por tormentas de granizo.

A vueltas con la física

Supongamos que usted tiene un pulso inalterable y que es capaz de disparar una bala con una trayectoria perfectamente perpendicular al suelo. Ahora nos planteamos dos preguntas:
  1. ¿Cuál será la altura máxima del proyectil?
  2. ¿Con que velocidad llegará al suelo?
Una vez que la bala es disparada, comienza su ascenso con una determinada velocidad inicial, esta velocidad depende del tipo de cartucho, carga de proyección, etc. Durante la subida la bala irá perdiendo velocidad hasta llegar al punto más alto de su trayectoria donde se detiene, es decir, que toda su energía cinética se ha transformado en energía potencial. El proyectil comienza entonces su camino de vuelta a la tierra acelerado por la fuerza de la gravedad.

Altura máxima

Mediante simuladores balísticos que tienen en cuenta la densidad del aire, el coeficiente de rozamiento de la bala, etc y tomando como ejemplo un cartucho del 9mm que tiene una velocidad inicial de 350 m/seg; Podemos concluir que el proyectil de este calibre disparado en vertical alcanza una altura máxima de aproximadamente 800 metros.

Velocidad con la que llega al suelo

Para calcular la velocidad de impacto del proyectil en el momento que toca tierra debemos tomar como referencia esos 800 metros y calcular primeramente el tiempo que tardaría la bala en llegar al suelo.

El tiempo empleado en el recorrido descendente lo obtendremos de la siguiente fórmula:
h=V0.t+½.g.t2
h = altura que son 800 metros
V0 = velocidad inicial, que en este caso es cero ya que la bala cuando comienza a descender está parada.
t = tiempo
g = gravedad 9.8 m/s 
h=V0.t+½.g.t2
800 = ½ 9´8.t2
t = √800/4´9
t =12 segundos tardaría el proyectil en volver al suelo desde su punto más alto 

Una vez que sabemos el tiempo del recorrido de vuelta, podemos calcular la velocidad con la que caería al suelo, mediante la fórmula del movimiento rectilíneo uniformemente acelerado.
Vf = V0+g.t
Vf = 0+9´8.12
Vf = 9´8.12
Vf = 117 m/s sería supuestamente la velocidad con la que la bala cae al suelo desde 800 metros de altura. 

Los forenses admiten que para que un proyectil atraviese el cráneo de un adulto, produciendo lesiones graves o la muerte, tiene que alcanzar una velocidad mínima de 100 m/s. Por lo tanto, ¿podría matarnos?

¡Pues no! La razón es que en nuestros cálculos no estamos teniendo en cuenta la velocidad terminal.

Esto de la velocidad terminal, que mis amigos de la Brigada Paracaidista conocen a la perfección, habría que explicárselo a los instructores de tiro que hablábamos al principio. Veamos en qué consiste este concepto:

“Cuando un objeto cae de una determinada altura, el aire ejerce una fuerza de rozamiento sobre él. Cuanto más deprisa caiga el objeto, más rozamiento produce el aire, así sucesivamente hasta que el sistema se equilibra; Pese a que la gravedad terrestre intenta acelerar aún más el objeto, el rozamiento contra el aire es tan grande que no lo permite y llegados a este punto velocidad de caída es constante hasta que toca el suelo”.

Para conocer la velocidad máxima de caída de un objeto, además de formulas matemáticas complejas, se puede utilizar un túnel de viento. La prueba consiste en inyectar aire a determinada velocidad en un tubo hasta que el peso de la bala se iguala con el flujo de aire inyectado.

En el caso de la munición de 9mm, el flujo de aire es de unos 170 km/h o 47 m/seg. Esta es la velocidad máxima que puede alcanzar una bala de 9mm caída del cielo en vertical.

Otro dato interesante que nos proporciona el túnel de viento es que la velocidad terminal del proyectil de 9mm en caída libre se alcanzaría a los 130 metros. Da igual donde se detenga la bala en su trayectoria ascendente, ya pueden ser los 800 metros mencionados o 5 kilómetros, al final es como si nos hubiera caído la bala en la cabeza desde una altura de 130 metros. Suficiente para hacernos un chichón, pero no para matarnos.

Entonces, ¿por qué se dice siempre que disparar al aire puede ser letal?

Disparar al aire claro que puede ser letal, pero no cuando el disparo es perfectamente vertical como algunos afirman. Cuando el cañón de nuestra arma está ligeramente inclinado, el proyectil no asciende hasta que se para si no que mantiene cierta velocidad horizontal durante su recorrido, convirtiéndose en un tiro parabólico.

En casos de disparos al aire con determinado ángulo respecto a la vertical, si se podría herir gravemente o incluso matar a una persona situada a muchos metros de distancia. ¡Este es el verdadero peligro! La diferencia entre este caso y el anterior es la cantidad de energía que se transfiere en cada dirección.

Cuando el tiro es vertical, el proyectil va agotando su velocidad a medida que asciende, hasta que la pierde por completo al llegar al punto de máxima altura. En ese momento empieza a caer, acelerado solo por la fuerza de gravedad hasta alcanzar la velocidad terminal.

Pero cuando reducimos el ángulo respecto al suelo, el tiro se convierte en parabólico y mantiene cierta velocidad horizontal durante su recorrido. Si se disparada en el ángulo correcto, esa bala al caer podría matar a una persona aunque estuviese a distancias considerables. De hecho cada año mueren decenas de personas por disparos al aire e incluso en algunos países existen campañas para evitar estos disparos tan habituales en diferentes celebraciones.


Agujero en la puerta de una vivienda producido por disparos realizados al aire durante las celebraciones de año nuevo en Colombia.

Para entender la descomposición de las fuerzas en el tiro parabólico podemos valernos del siguiente esquema:


En ningún punto del recorrido la velocidad del proyectil es igual a cero

Como acabamos de ver, lo que determina como de peligrosos son los proyectiles disparados al aire, es el ángulo. Para ángulos muy abiertos respecto al suelo, la parábola será muy cerrada y casi toda la energía terminará disipándose en el eje vertical, por lo que la bala tendrá una velocidad horizontal muy baja y será prácticamente inofensiva, cosa que no ocurre a medida que nos alejamos de la vertical ya que la bala conservará parte de su velocidad horizontal.


Riesgo según el ángulo del disparo al aire

Fuente | Diego Casais vía www.stockarmas.com

20 abril 2014

Los peligros de las drogas ilegales más consumidas en España

¿Cuales son las drogas ilegales más consumidas en España? ¿Y sus peligros potenciales?
A continuación exponemos la lista de esta sustancias, según la encuesta anual de Sanidad.

1. Cannabis

  • La sustancia ilegal más consumida en España. Según el Ministerio de Sanidad, en el año 2012 e l9,6% de la población española la tomó en algún momento. La Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) señala como su riesgo principal el aún discutido "síndrome amotivacional": apatía y pérdida de interés en el individuo. Este síntoma se une a una disminución de la capacidad de concentración y de memorización, especialmente en consumidores diarios de esta sustancia.
  • El humo del cannabis es más perjudicial para el pulmón humano que el del tabaco, y puede producir enfermedades en las vías respiratorias. En hombres jóvenes puede producir un retraso en el inicio de la pubertad, y en mujeres podría interrumpir el ciclo menstrual o producir problemas en la ovulación.
  • El consumo del cannabis es dañino para el feto durante el embarazo, pues el THC atraviesa la barrera placentaria. También para el bebé en la lactancia.
  • Además, está constatada la potencialidad del cannabis como elemento desencadenante de psicosis y cuadros delirante-alucinatorios en personas con riesgo a padecerlos.

2. Cocaína

  • Según los datos de la encuesta anual de sanidad, un 2,3% de la población española la consumió en algún momento en el año 2012. Los riesgos de consumir esta sustancia son múltiples. Puede producir hemorragias nasales, problemas respiratorios y alteración del sueño. También inquietud, irritabilidad y agresividad. Puede provocar cefaleas o accidentes vasculares, que podrían llegar al infarto cerebral.
  • Uno de sus efectos más perniciosos son las complicaciones psiquiátricas que puede conllevar su consumo: crisis de ansiedad y disminución de la memoria y de la capacidad de concentración. Asimismo, la cocaína puede provocar la llamada "psicosis cocaínica", que consiste en la aparición brusca de ideas paranoides que llevan al consumidor a un estado de confusión, pudiendo producir verdaderas crisis de pánico y alucinaciones.

3. Éxtasis

  • El Ministerio de Sanidad afirma que esta sustancia fue consumida por el 0,7% de los españoles en 2012. Según la FAD, después de unas horas de su ingesta, la euforia inicial da paso a un estado de agotamiento,de tristeza,de ansiedad y agresividad. Esta fase puede durar varios días.
  • El éxtasis puede provocar riesgos en el organismo, como la alteración grave del ritmo cardiaco, subida de la temperatura corporal, contracción de la mandíbula, temblores y convulsiones. El consumo de éxtasis puede dar lugar a la aparición de toxicidad aguda, muy rara pero extremadamente grave. Esta droga puede provocar insuficiencias renales y hepáticas.
  • El éxtasis puede abocar a riesgos psicológicos, como crisis de ansiedad, trastornos depresivos o alteraciones psicóticas (el sentimiento de no ser el mismo, de volverse loco, puede sobrevenir de inmediato o en los días siguientes a su consumo).

4. Anfetaminas/Speed

  • La encuesta anual de Sanidad indica que el 0,6% de los españoles tomó esta droga en 2012. La sobredosis de anfetaminas aumentan la temperatura del cuerpo y pueden causar irritabilidad, convulsiones e incluso la muerte.
  • Si se consume de forma frecuente, este fármaco da lugar a depresiones severas. Asimismo, también puede aparecer un cuadro llamado psicosis tóxica anfetamínica, que a menudo se confunde con esquizofrenia. El abuso crónico de las anfetaminas provoca aparición de acné y trastornos en cabello, dientes, encías y uñas.

5. Alucinógenos

  • El Ministerio de Sanidad cifra su ingesta en un 0,4% de la población española. Según la FAD, existen datos contundentes en cuanto a las secuelas en la esfera psicológica del consumo de alucinógenos como el LSD. Destacan los trastornos de depresión y ansiedad. Uno de los mayores peligros en relación con el consumo del LSD es el llamado "flash­ back" o retorno de la vivencia tenida con la droga, sin mediar una nueva dosis. Esto conlleva riesgos considerables para la integridad de la persona.
  • También se pueden presentar episodios depresivos graves, cuadros psicóticos de tipo esquizofrénico, conductas de carácter paranoide o deficiencias en la memoria y en el pensamiento abstracto.

6. Setas mágicas

  • Sanidad cifra su ingesta en el 0,4% de la población española, al igual que los alucinógenos.
  • Según la FAD, a pesar de que no se conocen claramente los riesgos del consumo a largo plazo, su consumo de forma abusiva puede provocar importantes alteraciones psicológicas. Dichas ateraciones suelen manifestarse en crisis de ansiedad y de pánico, así como en inestabilidad emocional de impredecible duración en el tiempo.

7. Ketamina

  • Los datos oficiales de Sanidad afirman que un 0,2% de los españoles la tomó en algún momento de 2012. Si hay sobredosis de esta sustancia, puede dar lugar a la pérdida total de conciencia, el coma o incluso la muerte.
  • Asimismo, su consumo puede dar lugar a lo que se ha llamado "un mal viaje": crisis de pánico y sensaciones muy desagradables. También puede producir depresión respiratoria y paro cardiaco. Trastormos de ansiedad, paranoias y flash back son otros efectos negativos a tener en cuenta si se va a consumir esta droga.
  • A largo plazo puede provocar daño cerebral, problemas de memoria, de concentración o deterioro de habilidades lingüísticas. También dificultades en la digestión, en la micción, problemas oculares y alteraciones del sueño.

8. Heroína

  • Sanidad Indica que un 0,1% de españoles la consumió en 2012. El uso continuado de la sustancia puede producir alteraciones de la personalidad, trastornos de la memoria, de ansiedad y depresión. Si se consume se manifiesta una enorme dependencia que hace que toda la vida del consumidor gire en tomo a la sustancia.
  • Otros efectos dañinos que provoca su consumo son las alteraciones de la nutrición, afecciones gastrointestinales, dolencias cardiovasculares, alteraciones hepáticas y renales. Asimismo, pueden aparecer problemas dentales, patologías ginecológicas y abortos espontáneos.

Fuente | www.europapress.es

15 abril 2014

Ya puedes consultar cómo afecta el tiempo a las carreteras en MeteoRuta

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha lanzado el nuevo servicio MeteoRuta en su web, donde puedes conocer cómo afectará la meteorología al estado de las carreteras.


En esta nueva herramienta, se ofrece información de las distintas variables que afectan a la conducción en las carreteras, así como la predicción meteorológica del municipio más cercano al punto del mapa en que se 'pinche':
  • El sistema está coordinado con Google Maps.
  • Se ofrece información sobre distintas variables meteorológicas (precipitación, temperatura, viento y nieve) que afecta a la carretera seleccionada en función de la hora en que se va a viajar (y de umbrales previamente establecidos).
  • MeteoRuta clasifica las condiciones de las carreteras desde favorables a extremas por colores.
  • También permite conocer de forma inmediata la predicción del tiempo en los distintos términos municipales del mapa y la evolución en 24 horas de las variables meteorológicas.

Todo ello, ofrece al usuario una información completa de su viaje: tanto sobre la ruta, como del destino.

Puesdes acceder a MeteoRuta “directamente” o desde la web de AEMET:

Aemet ha publicado además una gúa explicativa para facilitar la utilización del nuevo servicio, dónde se describe su funcionamiento y el significado de los umbrales establecidos, que puedes descargar desde el siguiente enlace:


Fuente | www.europapress.es
                www.aemet.es

10 abril 2014

Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid: cerrada y sin futuro

La Academia de Policía se había convertido en una de las mejores de las 17 que hay en el territorio español. De hecho, la fama le precedía, sobre todo en temas tan diferentes como el área psicológica y la formación a distancia.

La Comunidad desconoce el destino de la Academia de Policía a los tres meses de su clausura.


El cierre de la Academia de la Policía fue una de las grandes medidas que anunció el presidente Ignacio González para adelgazar la Administración autonómica. Fue la baza que hizo valer durante el debate del Estado de la Región celebrado en septiembre. Sin embargo, este exiguo ahorro de dos millones de euros en un presupuesto para este año de 17.060 millones amenaza con convertirse en una patata caliente de la que pueda salir con graves dificultades y más de un lastre político, sobre todo en el sector de la seguridad, donde se mira con absoluto recelo la medida.

Este centro situado en varios pabellones de la zona de Valdelatas, en la carretera de Colmenar Viejo (M-601), dispone, o quizás disponía, de 35 aulas repartidas en diferentes edificios, una biblioteca con 80 puestos de lectura, un moderno polideportivo y una de las mejores pistas de atletismo de la región, un aula magna con más de 200 plazas, un aula judicial y cuatro galerías de tiro. La última, inaugurada en marzo de 2005, es de las más modernas de Europa. Consta de 24 puestos (20 puestos fijos y 4 abatibles), más un carrusel para tiro especializado y un equipo de tiro láser para formación básica y especializada, dos salas de control de tiro, cámara acorazada para 200 armas y más de 200.000 cartuchos de almacenamiento, entre otras instalaciones.

La última adquisición fue un edificio que reproducía un chalé y que se destinaba a hacer prácticas de entradas y registro y, sobre todo, contra la violencia de género, con cursos específicos.

El esplendor de la Academia llegó de la mano de las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid (Bescam), los 2.500 agentes subvencionados —ahora parcialmente— por el Gobierno regional, recién llegada Esperanza Aguirre a la presidencia. Este plan suponía formar a centenares y centenares de agentes distribuidos en los 111 municipios que tienen policías locales (excepto la capital, que siempre se negó) para reforzar las plantillas en seguridad ciudadana.

Todo eso ya supone el pasado. Cuando acabó la formación de los bescam, las decenas de profesores tenían poco sentido. Un intento de renovarse fue la organización de los exámenes de porteros de discotecas y la formación de otros cuerpos, como los agentes forestales.

Pero todo acabó de un plumazo. La sentencia de muerte llegó en el debate del Estado de la Región. Este magno complejo estaba abocado a morir en el olvido, pese a no tener un destino claro. Solo la conservación y la vigilancia suponen más de 100.000 euros anuales, pese a tener el centro sin funcionamiento, según reconocen fuentes municipales. Porque una cosa es que el edificio esté cerrado a cal y canto y otra que no sea necesario cuidarlo.

El que fue claro en que el Gobierno regional no tiene ni idea de su futuro fue el director general de Seguridad Interior, Manuel Oliver, en una comisión en la Asamblea de Madrid: “A día de hoy no sabemos cuál va a ser su uso”.

La que no lo vio tan claro fue la diputada de UPyD, Elvira García Piñeiro, que calificó de “decisión precipitada” el cierre de la Academia de Policía. “Esto es una falta de respeto para los ciudadanos, después de que hayan pasado tres meses de su cierre. ¿No lo saben o es que quieren dar la primicia al consejero o al presidente de turno? ¿O es que lo dirán cuando lo consideren oportuno para sus intereses?”, le preguntó la parlamentaria sin encontrar respuesta.

Si el cierre de la Academia de Policía ha levantado una polvareda, no ha sido menor el problema de la formación de los 13.000 agentes municipales que hay en la región y de los nuevos que ingresen. Hasta ahora se hacía en el centro de Valdelatas, pero su cierre ha creado un problema que todavía no ha resuelto el Gobierno regional. Todo apunta a que los policías se formarán en la Academia que el Cuerpo Nacional de Policía tiene en Ávila.
Es una salida muy digna porque los agentes recibirán una formación integral por profesionales de la Policía Nacional”, resumió el director general de Seguridad Interior, Manuel Oliver, en la comisión de Justicia. Similares declaraciones a las que hizo su jefe de departamento, el consejero Salvador Victoria.
El presidente de la Asociación Nacional de Jefes, Mandos y Directivos de Policía Local (Anjepol), José García Archidona, le preguntó si hasta ahora los agentes habían tenido una formación deficiente: “Estas afirmaciones suponen una agresión absolutamente innecesaria e intolerable a la cantidad de profesionales que han estado impartiendo clases en la academia. ¿Esto supone que sus antecesores en el cargo han estado permitiendo esta deficiente formación?”.
De hecho, otro colectivo profesional, la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local (Unijepol) cree que el cierre de la academia madrileña ha estado motivado por la baja actividad del centro de Ávila y la necesidad del Ministerio del Interior de darle contenido a ese megacomplejo, ahora también infrautilizado por falta de promociones y oposiciones.
Muchos Ayuntamientos ya están en conversaciones con la Academia de la Policía Municipal de Madrid por si fuera posible formar a sus futuros agentes o a los que asciendan en sus instalaciones. “Es lógico. Tendrían que pagar el desplazamiento, dietas,... Y además, en el fondo, les formarían policías nacionales”, añaden fuentes municipales.
Para completar el panorama queda la patata caliente de la formación continua, aquellos cursos que permiten perfeccionar y reciclar a los agentes. El director general soltó una perla en su intervención: “No existe demanda de los municipios para dar este tipo de formación”. Lógicamente, a falta de oferta, no hay solicitudes. La respuesta le llegó por parte del diputado socialista Pedro Santín: “Es la primera vez en los últimos 30 años en que no hay un plan de formación. Ni lo hay ni se espera que lo haya. ¿O quizás esperan a un tal Aneri para la Policía Local?”.

Fuente | www.elpais.com