23 de marzo de 2015

Nueva Instrucción de la DGT sobre los controles de velocidad realizados por las Policías Locales, con equipos cedidos

Hace pocas semanas os informábamos de las instrucciones que la DGT había cursado a las unidades de su organismo, sobre visibilidad de los controles de tráfico para los conductores, unificación del margen de tolerancia y publicidad de las vías donde se realizan los controles.

A este respecto, la DGT también ha publicado una nueva Instrucción de aplicación a las Policías Locales que emplean para el control de la velocidad, vehículos o equipos titularidad de la Jefatura Central de Tráfico, cedidos a los Ayuntamientos.


Las directrices más novedosas de la Instrucción 15/TV-83 son:
  • Aplicación de un umbral de tolerancia fijo de 7 km/h en los controles (en vías de velocidad limitada a menos de 100 km/h), al igual que el fijado en vías interurbanas. Hasta ahora, cada Policía Local establecía su umbral de tolerancia (que dependía incluso del agente que manejara el radar durante el control).
  • Visibilidad y publicidad del control: este es el apartado probablemente más "polémico" de la instrucción, ya que indica que "el vehículo deberá ubicarse en un lugar de la vía visible para el resto de conductores, salvaguardando siempre la seguridad de los agentes que en su caso pudieran estar en el propio vehículo o en sus inmediaciones. En este sentido, se podrá reforzar lo anterior con la colocación de una señal avisadora de la presencia de un control de velocidad o a través de la publicación en la página web que el ayuntamiento pudiera disponer de los tramos donde se ha programado efectuar su vigilancia y control”.


Podéis descarga la nueva Instrucción desde el siguiente enlace:


Fuente www.dgt.es