30 de julio de 2015

Modificación de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial

El BOE del 22 de Julio publicó la Ley Orgánica 7/2015 por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial.

La nueva norma, que será de aplicación a partir del 1 de octubre, contiene un paquete de medidas estructurales y organizativas, encaminadas al logro de una mejor respuesta a los ciudadanos que acuden a la jurisdicción en defensa de sus derechos e intereses.


Entre sus reformas, se incluyen aspectos como:
  • La nueva denominación de los Secretarios Judiciales, que pasan a denominarse "letrados de la administración de Justicia" y ven ampliadas sus competencias (algunas las hemos visto ya en nuestra anterior publicación, dedicada a la nueva Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria).
  • La modificación de las normas de reparto.
  • Una mayor especialización de los juzgados, en especial en el ámbito de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
  • La posibilidad de que los médicos forenses realicen "pericias" por encargo de particulares.
  • Se establece, así mismo, que los autos y expedientes de procedimientos cerrados podrán destruirse cuando transcurra un plazo de seis años desde que se dicte una resolución firme que ponga, de forma definitiva, fin a la causa.
Pulsa sobre el enlace para descargar la Ley Orgánica 7/2015 por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial: