31 de mayo de 2012

Resultados de la campaña DGT "Control de Motocicletas"

La DGT ha publicado hoy una Nota de Presa sobre los resultados de la campaña de Control de Motocicletas que tuvo lugar la pasada semana.


Durante la campaña, se han formulado un total de 1.668 denuncias a motoristas. Los conceptos más denunciados son ITV (276), documentación de conductor y vehículo (214), exceso de velocidad (176) y adelantamientos antirreglamentarios (169), según se recoge en la siguiente tabla (pincha en la imagen para ampliarla):


Por otra parte, la Directora General de Tráfico, María Seguí, ha realizado recientes declaraciones con motivo de la presentación de la XII edición de la campaña "La carretera te pide sin", donde ha mostrado su preocupación ante el elevado número de conductores que sigue dando positivo por consumo de alcohol cada año, más de 100.000 según los últimos datos disponibles (correspondientes a 2010) y ha destacado que "Según el informe anual del Instituto de Toxicología, el 30 por ciento de los fallecidos en accidentes de tráfico en 2010 presentaba tasas de alcohol por encima de lo permitido. Por eso, la única tasa segura para conducir es cero".



"La carretera te pide Sin" es una una iniciativa de la Asociación de Cerveceros de España, que cuenta con el apoyo de la DGT y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), cuyo objetivo es concienciar a la opinión pública en general, y a los conductores en particular, sobre la incompatibilidad del alcohol y la conducción. Así, también se recuerda a todos los consumidores de cerveza la posibilidad de elegir la misma bebida, en su versión sin alcohol, como una opción segura al volante.

Más información | Calendario campañas DGT 2012
Fuentes | www.dgt.es Nota de prensa 31/05/2012
                  www.lacarreteratepidesin.org

30 de mayo de 2012

Nueva instrucción de la DGT: desaparecen los Justificantes Profesionales en vigor desde Enero de 2012

EDITADO: Para consultar información actualizada  
sobre los Justificantes Profesionales, pulsa AQUÍ 

Hace unos meses que os informamos del nuevo modelo de Justificante Profesional que entró en vigor el 1 de enero de 2012, que incluía un “código seguro de verificación electrónica” que permitía comprobar su autenticidad a través de una dirección de Internet (puedes leer la noticia que publicamos en enero pinchando aquí).  
Desde esa misma fecha, dejó de ser válida la emisión de Justificantes Profesionales que carecieran del citado código de verificación. 

Sin embargo, la Instrucción de la DGT 12/V-96, de abril de 2012, sustituye estos Justificantes Profesionales por un nuevo modelo de Autorización Provisional de Circulación de Vehículo, con una validez de 30 días desde su fecha de expedición y que también cuenta con la posibilidad de comprobar su autenticidad a través de código seguro de verificación electrónica, así como mediante un “Código QR”, en la misma dirección web que los anteriores Justificantes Profesionales (https://www.sedeelectronicaautomovil.com/sea/public).


La Instrucción establece que a partir del 04/05/12, no deberán expedirse más Justificantes Profesionales, sólo la nueva Autorización Provisional de Circulación de Vehículo

En cualquier caso, los Justificantes Profesionales expedidos con anterioridad a esta fecha, mantendrán su vigencia (que era de un máximo de 60 días). 


Por lo tanto, hasta el 4 de Julio, el antiguo Justificante Profesional podrá convivir con la Autorización Provisional de Circulación de Vehículo. A partir de Julio, sólo será válido el nuevo modelo aprobado mediante esta instrucción.

Puedes descargar la Instrucción de la DGT completa, desde el siguiente enlace:



Más información | Modelo de Justificante Profesional desde 01/01/2012
                                Comprobación del Código Seguro de Verificación                             

26 de mayo de 2012

Publicado el Real Decreto-Ley 19/2012 regulador de la 'autolicencia express'

El BOE de hoy sábado, publica el Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

Como ya os anunciamos ayer, esta normativa aprobada por el Consejo de Ministros regula la denominada "autolicencia exprés", es decir, la eliminación de las licencias municipales como un requisito previo para la apertura de pequeños comercios con una superficie inferior a 300 metros cuadrados, con el objetivo de apoyar a todos los emprendedores liberalizando el comercio, simplificando los procedimientos, agilizando los trámites y acabando con la excesiva burocracia existente a la hora de abrir al público un establecimiento comercial.

Puedes descargar la nueva normativa desde el siguiente enlace.


25 de mayo de 2012

El Gobierno aprueba la 'autolicencia express' para abrir pequeños comercios

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy viernes un Real Decreto-Ley que establece la denominada "autolicencia exprés", es decir, la eliminación de las licencias municipales como un requisito previo para la apertura de pequeños comercios con una superficie inferior a 300 metros cuadrados.

"Hoy aprobamos un mínimo común denominador para todos los ayuntamientos, pero las comunidades autónomas pueden ir ampliando y desde luego el Gobierno irá revisando su entrada en vigor y su funcionamiento para poder ir generalizando este sistema", ha señalado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, quien ha añadido que se trata de una medida que busca cambiar la cultura administrativa, liberalizar el comercio, simplificar los procedimientos, agilizar los trámites y acabar con la burocracia, pero sobre todo, según dijo, apoyar a todos los emprendedores que, en estos momentos de crisis, deberían tener la "alfombra roja" de la Administración para abrir y no dificultades para poder sacar adelante su negocio y sus puestos de trabajo.



En base a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), están incluidas en el ámbito de aplicación de esta norma, las actividades de comercio minorista, alimentación, frutería, carnicería, pollería, charcutería, pescadería, panadería, pastelería, heladería, tiendas de caramelos, bodegas y autoservicios de alimentación.
A ellas se suman el textil confección y hogar, peletería, herbolario y parafarmacia, perfumería, droguería, equipamiento del hogar, muebles, aparatos electrónicos, ferretería, material de construcción y saneamiento, bricolaje, venta de automóviles y accesorios, óptica, ortopedia, instrumentos musicales, antigüedades, librería, papelería, juguetería, joyería y plantas.
En la pequeña industria artesanal, están incluidas las actividades vinculadas al calzado y textil, mientras que en las actividades de servicios se incluyen agencias de viaje, actividades de promoción inmobiliaria, reparación de ropa y zurcido, reparación de calzado, peluquerías, institutos de belleza y estética, servicios de fotocopias y servicios de enmarcación.

Quedan excluidas las actividades que tengan impacto justificado y proporcionado en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de servicio público.

La nueva normativa sustituye el procedimiento de "autorización administrativa previa" que obliga a esperas de hasta 24 meses para iniciar la actividad, por un régimen de presentación de "declaraciones responsables" o "comunicaciones previas de inicio de actividad", facilitando el inicio y desarrollo de este tipo de negocios en particular y la actividad económica en general.

Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma, podrán optar por la aplicación inmediata de la nueva regulación.

De este modo, se continúa avanzando en la aplicación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (conocida como "Directiva de Servicios"), dirigida a facilitar el ejercicio de la libertad de establecimiento de los prestadores de servicios en el mercado interior europeo.

Fuente | www.europapress.es 25/05/12

24 de mayo de 2012

La presencia de la Escuela en las Redes Sociales

Hoy queremos compartir un breve balance de la presencia de la Escuela de Policía Local Villa de Los Barrios en las Redes Sociales, desde hace 7 meses.


Nos sentimos más que satisfechos con la acogida que estamos teniendo entre vosotros y queremos daros las gracias por el interés que demostráis en nuestras publicaciones y a la hora de sugerirnos o recomendarnos a nuevos seguidores. 

Incluso parece que nos hemos convertido en "inspiración continuada" de algún que otro Blog de ámbito policial (donde sólo excepcionalmente se nos cita como fuente de sus noticias).

Hoy queremos transmitiros que si algo nos complace más que un "Me gusta" en una publicación de la Escuela en Facebook, es una PUBLICACIÓN COMPARTIDA por cualquier medio: que valoréis nuestra información, que creáis que merece la pena difundirla entre otros policías locales o simplemente con vuestros amigos, que la transmitáis del modo que sea. Eso da valor a nuestras publicaciones.

Pese a la escasez de novedades legislativas de carácter policial de las últimas semanas, hemos procurado mantener el ritmo de nuestros post, aunque más orientados a noticias de prensa y a la publicación de vídeos: así mantenemos el contacto con vosotros.

Desde la Escuela de Policía Local Villa de los Barrios, disfrutamos a la hora de utilizar las Redes Sociales para cumplir nuestro principal objetivo, lo que los pedagogos denominan "formación permanente", y a lo que desde la Escuela nos venimos refiriendo, en términos coloquiales, como contribuir a que "estéis al día" en vuestra difícil profesión de Policías Locales.

Esta proximidad de nuestra Escuela con alumnos de toda Andalucía, impensable cuando nació hace 10 años como Escuela Concertada con la ESPA, es hoy una realidad, gracias a las Redes Sociales y las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación... y por supuesto GRACIAS A TODOS VOSOTROS, que seguís y compartís nuestra publicaciones.

23 de mayo de 2012

La DGT dará un punto más a los 16 millones de conductores que no han cometido infracciones

El 1 de julio próximo, todos los conductores que desde la entrada en vigor del permiso por puntos no hayan sufrido infracción con detracción de puntos, alrededor de 16 millones, serán premiados con uno más, según ha informado la Dirección General de Tráfico (DGT) a través de su revista Tráfico y Seguridad Vial.


Si sumamos este punto a los dos puntos que se obtuvieron por las mismas razones en julio de 2009, al cumplirse los tres años de la entrada en vigor del permiso por puntos, el máximo de puntos pasa a ser 15, en lugar de los 12 iniciales.

El resto de conductores, una vez transcurridos dos años sin haber sido sancionados en firme por infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, recuperarán la totalidad del crédito inicial de 12 puntos; salvo si esa pérdida se debió a una infracción muy grave, en cuyo caso el plazo para recuperar la totalidad será de tres años.

La DGT realiza en su revista un breve balance a estos 6 años de carné por puntos:
  • De los 26 millones de conductores que hay en España 5 millones (un 19%) han sido sancionados desde que la reforma del carné por puntos entró en vigor (1 de julio de 2006).
  • La accidentalidad en este periodo se ha reducido considerablemente. En 2006 se produjeron 2.601 víctimas mortales y en 2011 solo 1.338, según el Indicador rápido de accidentalidad a 24 horas elaborado por la DGT. 
  • El Instituto Universitario de Investigación del Automóvil (INSIA) en un estudio sobre los efectos del permiso por puntos en la reducción de accidentes, estimó en 50 las vidas salvadas al mes
  • De los casi 7 millones de sanciones impuestas y los más de 21 millones de puntos retirados, la principal infracción sigue siendo el exceso de velocidad (el 42%); a continuación, pero a mayor distancia: no llevar cinturón (13%), el uso del teléfono móvil y alcohol (ambas al 9%). 
  • Han tenido que asistir de nuevo a la autoescuela unos 227.400 conductores: 109.700 para recuperar puntos, es decir, hacer un curso de sensibilización de 12 horas, y 117.800 para recuperar el permiso (el curso es de 24 horas). 
  • Entre los llamados multirreincidentes, 1.325.000 han cometido dos o más infracciones y han perdido el permiso dos veces 2.352 personas.
  • 57.823 conductores tienen sólo la mitad de puntos.
Uno de los colectivos que más preocupa a la DGT es el de 91.000 conductores con menos de 3 puntos de saldo, a los que se considera "a punto de perder el permiso". Durante el próximo mes de junio, la DGT les enviará una carta informándoles de las opciones disponibles para recuperar puntos.

Fuente | www.dgt.es/revista nº 214

22 de mayo de 2012

Seminario sobre Seguridad Vial en las Empresas

El próximo 7 de Junio se celebrará en Málaga el SEMINARIO INTERNACIONAL PRAISE, una Jornada Técnica sobre Seguridad Vial en las Empresas.


En 2009, el European Traffic Safety Council (ETSC) creó el Proyecto PRAISE (Preventing Road Accidents and Injuries for de Safety of Employees - Prevención de Lesiones producidas por Accidentes de Tráfico para Empleados) para aumentar la Seguridad Vial en el entorno laboral
El proyecto está financiado por la Comisión Europea, la Fundación MAPFRE, el Consejo Alemán de Seguridad Vial (DVR) y el Consejo Suizo para la Prevención de Accidentes de Tráfico (BFU).

El objetivo principal de este proyecto es el de brindar conocimientos y recursos a los empresarios para desarrollar la prevención de la Seguridad Vial dentro de su empresa, mediante el establecimiento de foros de participación entre empresas, gobiernos y expertos del mundo de la Seguridad Vial y de la Prevención Laboral.

Accede para conocer el PROGRAMA de las Jornadas y para realizar tu INSCRIPCIÓN.

Este evento también se emitirá en streaming (en directo vía Internet)

Campaña DGT de Control de Motocicletas

Durante toda esta semana, tendrá lugar la campaña de la DGT destinada al control de motocicletas y ciclomotores, como ya referimos hace unos días en nuestra página de Facebook.

Según informa la DGT en su nota de prensa de ayer lunes, el objetivo de esta campaña es vigilar e informar al cada vez más numeroso colectivo de motoristas (más de 5 millones, entre motocicletas y ciclomotores) de la necesidad de realizar una conducción responsable y adecuada a la vía por la que circulan, respetando las normas de circulación y estando al día en lo que a documentación y seguro se refiere.

Dos novedades destacan en esta campaña:
  • El reconocimiento de la DGT a la labor que desarrollan Cuerpos de Seguridad con competencias en la regulación del tráfico, distintos a la Guardia Civil, al indicar en su nota de prensa: "Como suele ser habitual en las campañas que lleva a cabo Tráfico, se ha cursado invitación a los ayuntamientos con más de 25.000 habitantes para que, a través de sus policías municipales, se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos municipios, así como a las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco, que tienen transferidas las competencias en materia de tráfico. Esta invitación es bien acogida y seguida por multitud de ayuntamientos, a los que la Dirección General de Tráfico reconoce su labor".
  • Por el momento la DGT no ha difundido a través de su web dedicada a las campañas de divulgación, ni en su canal de YouTube, ningún vídeo específico con motivo de esta campaña, pese a que en la nota se hace referencia a la "campaña de concienciación que se va a difundir en radio y en internet (Web DGT y Youtube) y que tiene como slogan Disfruta de tu moto sin dejar de disfrutar de tu vida". La única referencia con este slogan en la web de la DGT, la encontramos en el portal "Tus buenas prácticas de tráfico", un canal de comunicación participativo en el que todos los ciudadanos que lo deseen puedan compartir consejos que mejoren la seguridad vial, y de donde se han extraído, según informa la DGT, los contenidos de 5 de las 6 cuñas radiofónicas que escucharemos durante esta campaña.

Además, la nota de prensa de la DGT informa de los siguientes aspectos:
  • Más de 400 personas fallecen al año en España en accidentes de motocicletas y ciclomotores.
  • En los primeros cuatro meses de este año ya han fallecido 54 motoristas y 11 ciclomotoristas en accidentes ocurridos en vías interurbanas.
  • El riesgo de morir en accidente de tráfico es 17 veces mayor en moto que en coche. 
  • El 5% de las víctimas mortales en accidentes de tráfico en las que está implicada una moto, son los propios motoristas
  • El casco es el elemento de seguridad más importante del motorista, llevarlo o no correctamente es la diferencia en muchos accidentes entre la vida y la muerte.
  • Velocidad, adelantamientos incorrectos, uso del casco, documentación, y placas de matrículas son algunos de los factores a controlar durante la campaña.
  • Tráfico está realizando un estudio para conocer los perfiles de los motoristas en función de su movilidad y exposición al riesgo para después diseñar acciones concretas que ayuden a seguir reduciendo la accidentalidad del colectivo.

Os dejamos a continuación el vídeo del canal "Tus buenas prácticas de tráfico", que desde el pasado año abre el apartado dedicado a la conducción en motocicleta.


                  www.tusbuenaspracticasdetrafico.gob.es

20 de mayo de 2012

La DGT recibirá los datos de las estaciones de ITV en tiempo real

La Dirección General de Tráfico (DGT) recibirá los datos de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en tiempo real para reducir el número de vehículos que no se presentan (entre el 15 y el 20 por ciento del total). 

Esta es una de las novedades del ITICI, el sistema informático desarrollado por la DGT en colaboración con las estaciones de ITV y las comunidades autónomas para la detección de los vehículos que no se presentan a las inspecciones, que fue presentado en las XXII Jornadas Nacionales de ITV, celebradas esta semana en Leon.

El ITICI, además de informar en tiempo real de los vehículos que no se presentan a inspección, ofrecerá informes a la DGT sobre todas las actuaciones realizadas por las estaciones de ITV para inspecciones, controles y auditorías.

En las Jornadas Nacionales de ITV, se han tratado otros temas, como la nueva reglamentación comunitaria de homologación, certificación y etiquetado de neumáticos, que será obligatorio a partir del día 1 de noviembre de 2012.

19 de mayo de 2012

La DGT creará una unidad de atención a las víctimas de accidentes de tráfico y sus familias

La directora general de Tráfico, María Seguí, se ha reunido con representantes de distintas Asociaciones de Víctimas de Accidentes de Tráfico para explicarles las líneas de actuación a desarrollar por el organismo, entre las que destaca la creación de una unidad dedicada exclusivamente a la atención a las víctimas de accidentes y a sus familiares.


La instauración de dicha unidad nace con el objetivo de coordinar, dirigir y organizar todas aquellas actuaciones que tengan relación con las víctimas, principalmente en lo referido al asesoramiento divulgativo, psicológico, social y legal posterior al accidente. Esta unidad será dependiente de la Subdirección General de Intervención y Políticas Viales.

La línea de trabajo que se pretende seguir en los próximos meses es constituir en cada Jefatura Provincial de Tráfico un equipo de personas dedicadas a este cometido. "El momento posterior a un siniestro es cuando mayor apoyo y asesoramiento necesita la persona afectada o sus familiares y ahí es donde las Jefaturas Provinciales de Tráfico tendrán un papel importante, por el servicio público que desarrollan, de apoyo psicológico o asesoramiento jurídico al ciudadano", según ha explicado Tráfico.

El presidente de la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes (DIA), Francisco Canes, ha valorado "positivamente" esta medida aunque ha afirmado que la creación de este organismo "no puede suplir la labor de las asociaciones de víctimas de accidentes". En declaraciones a Europa Press, ha sentenciado que "las asociaciones van a estar al lado de la DGT para ponerlo en marcha, pero también van a estar velando para que ofrezcan una información independiente, ágil y con muchísimo cariño hacia las víctimas".

Otro de los temas tratados en la reunión ha sido el de la concesión de ayudas que aporta la DGT para la ejecución de proyectos que las asociaciones de víctimas de accidentes realizan para reducir los efectos negativos de los accidentes viales. Este año, pese a los recortes que se han realizado en otras partidas del organismo, se mantiene la misma dotación presupuestaria destinada a subvencionar dichos proyectos.

Fuente | www.europapress.es 17/05/12

18 de mayo de 2012

Nuevo Curso On-Line: Régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos

Curso On-Line de 20 horas de duración, que se impartirá del 8 al 21 de junio próximos.


Pincha en los siguientes enlaces si deseas:
Más información | Contenidos del Curso
                                 Inscripción

16 de mayo de 2012

Ha fallecido un hombre bueno, un Policía Local bueno

Hoy ha fallecido Francisco Boiso (Paco, para todos los que le conocimos), Policía Local de Algeciras. 


Licenciado en Derecho, Experto Universitario en Criminología, Master de Intervención Jurídica y Psicosocial con menores, Experto Universitario en investigación de accidentes de tráfico... nada de eso le describe.

Un hombre importante para muchas personas; un hombre BUENO para todos los que le conocieron. Un Policía Local destinado en la Unidad de Atestados de su localidad, preocupado por formarse y transmitir sus conocimientos a otros. Un antiguo profesor de esta Escuela.

Una referencia desde 2006 para todos los "blogueros" que hoy nos iniciamos en "propagar conocimientos" por la red, entre los profesionales de la Policía Local. 
Su blog, Punto Cero (bitácora, como a él le gustaba denominarla), una "biblia" para los policías locales.

Un ejemplo a seguir.

Nuestras condolencias a su familia y a sus compañeros de la Policía Local de Algeciras.



Fragmento de la presentación del Blog PUNTO CERO, creado por Paco Boiso

"Pretendo contar mi visión del mundo de la policía, que es mi mundo. Pretendo exponer aquello que muchos creemos que nos hace diferentes y aquello que nos iguala al resto de ciudadanos. Las pequeñas cosas cotidianas, las anécdotas, la rutina, los malos momentos, los grandes momentos. Y todo ello con la humilde pretensión de tratar dar a conocer un mundo que, a pesar de estar tan próximo y ser tan cotidiano en la vida de todos los ciudadanos, es un gran desconocido. La mayoría de ciudadanos ha tenido algún contacto con la policía, especialmente con la policía local, en unos casos cuando ha tenido que recurrir a ella con algún problema y en otros cuando se ha tenido que enfrentar a una multa de estacionamiento, espero ser capaz de sacar a la luz la otra cara de la moneda.

Solo deseo que tengas paciencia. Y si quieres dejar algún comentario, puede que este sea el sitio adecuado."

Vídeo del curso de habilitación de uso de defensa extensible

A continuación os dejamos un pequeño vídeo sobre la fase presencial del último Curso de habilitación de uso de la defensa extensible para Policías Locales, impartido en Los Palacios y Villafranca (Sevilla), el pasado 5 de mayo.

Como ya conocéis, la Escuela viene desarrollando varias de estas acciones formativas habilitantes durante el primer semestre de 2012, atendiendo a la normativa de la Junta de Andalucía, donde se establece que para que los funcionarios de Policía Local sean autorizados a portar defensas extensibles "deben superar el correspondiente curso para su adecuada utilización".


Si deseas más información sobre los contenidos de este curso, puedes obtenerla AQUÍ.

Más información | Contenidos del Curso

14 de mayo de 2012

Actuación policial ante el consumo de bebidas alcohólicas por el conductor de un animal de silla (un jinete a caballo)

Hace unas semanas hablábamos sobre los "conductores de animales de silla" en relación con si era sancionable el uso del teléfono móvil por parte de un jinete mientras conduce, montado sobre su caballo.
En este sentido, os recordábamos que la prohibición de uso de dispositivos de telefonía móvil durante la conducción, se extiende a todos los "conductores" y no sólo a los de vehículos de motor. Se incluyen por lo tanto dentro de esta prohibición, los conductores de animales de silla, vehículos de tracción animal o bicicletas (puedes consultar el post sobre esta noticia pinchando AQUÍ).

En esta ocasión seguiremos hablando de caballos, porque hemos recibido una consulta de un alumno de la Escuela sobre la aplicación de las normas de tráfico a los "conductores de animales de silla", en el ámbito del consumo de bebidas alcohólicas y realización de pruebas de alcoholemia, que hemos considerado interesante, por lo que os la traemos a colación.

La pregunta va dirigida hacia la actuación policial respecto de un jinete que, mientras conduce su caballo, va consumiendo una bebida alcohólica: ¿tiene obligación de someterse a una prueba de detección de alcohol en aire expirado?


Sobre esta cuestión cabe comenzar recordando lo siguiente:

  • El jinete tiene la consideración de conductor (apartado 1 del Anexo I de la Ley de Tráfico).
  • El caballo no tiene la consideración de vehículo (apartado 4 del Anexo I de la Ley de Tráfico; un animal no es un “artefacto o aparato”).
  • La obligatoriedad de someterse a las pruebas de detección de alcoholemia (artículo 21 del Reglamento General de Circulación), se extiende a:
o    Conductores de vehículos y bicicletas (no aplicable al jinete, ya que no conduce un vehículo).
o Cualquier usuario de la vía o conductor de vehículo implicado directamente como posible responsable en un accidente de circulación (sólo aplicable al jinete como “usuario de la vía” si está implicado como responsable de un accidente de circulación, que no es el caso).
o  A quienes conduzcan cualquier vehículo con síntomas evidentes, manifestaciones que denoten o hechos que permitan razonablemente presumir que lo hacen bajo la influencia de bebidas alcohólicas (no aplicable al jinete, ya que no conduce un vehículo).
o     A los que, con ocasión de conducir un vehículo, sean requeridos al efecto por la autoridad o sus agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dicha autoridad (no aplicable al jinete, dado que no conduce un vehículo).
o    A los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna de las infracciones a las normas contenidas en este Reglamento (aplicable al jinete, sólo si ha cometido otra infracción al RGC).

Llegados a este punto, repasemos algunas de las infracciones típicas que cometen los conductores de animales de silla al RGC, en concreto a los siguientes artículos:

  • Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes (artículo 2 del RGC y artículo 9.1 del Texto Articulado de la Ley de Tráfico).
  • Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 3.1 del RGC y artículo 9.2 del Texto Articulado).
  • Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales (artículo 17.1 del RGC y artículo 11.1 del Texto Articulado).
  • Se prohíbe la circulación de animales por autopistas o autovía (artículo 128 del RGC y artículo 50.2 del Texto Articulado).
  • En las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, sólo se permitirá el tránsito de animales de tiro, carga o silla, cabezas de ganado aisladas, en manada o rebaño, cuando no exista itinerario practicable por vía pecuaria y siempre que vayan custodiados por alguna persona. Dicho tránsito se efectuará por la vía alternativa que tenga menor intensidad de circulación de vehículos y de acuerdo con lo que se establece en este capítulo (artículo 126 del RGC y artículo 50.1 del Texto Articulado).
  • Los animales a que se refiere el artículo anterior deben ir conducidos, al menos, por una persona mayor de 18 años, capaz de dominarlos en todo momento, la cual observará, además de las normas establecidas para los conductores de vehículos que puedan afectarle, las siguientes prescripciones (artículo 127.1 del RGC):
a) No invadirán la zona peatonal.
b) Los animales de tiro, carga o silla o el ganado suelto circularán por el arcén del lado derecho, y si tuvieran que utilizar la calzada, lo harán aproximándose cuanto sea posible al borde derecho de ésta; por excepción, se permite conducir uno solo de tales animales por el borde izquierdo, si razones de mayor seguridad así lo aconsejan.

Respecto de la posibilidad de que el jinete de nuestro supuesto, cometa un delito contra la seguridad vial previsto en el artículo 379 del Código Penal, por conducir su caballo bajo la influencia de bebidas alcohólicas, no sería viable, ya que la imputación de este ilícito penal está reducida a los conductores de vehículos a motor y ciclomotores. Lo mismo ocurre con el delito de conducción temeraria.
Tampoco es aplicable el delito de negativa a someterse a las pruebas de comprobación de la tasa de alcoholemia del artículo 383 del Código Penal, ya que ha de estar relacionado con la comprobación de la tasa prevista en el artículo 379, que no es de aplicación en este supuesto.
Los delitos contra la seguridad vial previstos en el artículo 385 del Código Penal (relacionados con originar un “grave riesgo para la seguridad vial”), pueden ser de aplicación al conductor de un caballo, pero en el supuesto que tratamos no se dan indicios de este tipo delictivo.

Así las cosas, en el caso de que el conductor del animal hubiese cometido alguna infracción de tráfico al Reglamento General de Circulación, podría ser requerido para someterse a una prueba de detección de alcohol en aire expirado, con las siguientes peculiaridades:

  • Si se negara a someterse a la prueba, se podría denunciar por la vía administrativa por dicha negativa (no por la vía penal).
  • Si aceptara someterse a la prueba, nos encontraremos con la paradoja de que no existe ningún límite máximo aplicable al conductor de un animal de silla, por lo que podría triplicar la tasa de alcohol máxima correspondiente a la conducción de su automóvil particular, sin que fuese denunciable.

Por último, el alumno preguntaba respecto a la actuación a seguir si en momento en que tenemos conocimiento de los hechos no tenemos acceso a un etilómetro para determinar forma cuantitativa el grado de impregnación alcohólica del conductor del animal, en el sentido de si se podría actuar en base a síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
En este caso concreto el grado de impregnación alcohólica no tendría ninguna implicación directa de carácter práctico, sólo lo tendría una eventual negativa a realizar la prueba (que daría lugar a una denuncia sólo por la vía administrativa, como ya se ha indicado).
No obstante, cabría denunciar por una infracción al artículo 17.1 del RGC (los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales), sobre todo si hubiera sintomatología externa y evidencias de la conducción del animal bajo los efectos del alcohol, adjuntando la correspondiente acta de sintomatología a la denuncia y requiriendo al conductor para realizar la prueba de alcoholemia.
Cualquier resultado de la alcoholemia distinto a CERO o excesivamente bajo, apoyaría el acta de sintomatología, mientras que la negativa a realizar la prueba conllevaría la denuncia administrativa correspondiente (sobre todo si no disponemos de alcoholímetro "in situ" y requerimos al jinete a que deje su montura y nos acompañe).

La DGT presenta un sistema que permite localizar a vehículos accidentados y agiliza la acción del Centro de Emergencias 112

Como ya os anunciamos el mes pasado, a partir de 2015 todos los vehículos que se vendan en la UE deberán incorporar el «E-CALL», en cumplimiento de la Directiva 2010/40/UE (la norma marco que regula en España la implantación de los SIT o Sistemas Inteligentes de Transporte, en el sector del transporte por carretera, es el Real Decreto 662/2012).

Puedes visitar nuestro anterior post sobre esta noticia, pinchando AQUÍ


En este contexto, la Dirección General de Tráfico ha presentado la semana pasada, en el pleno de la Comisión Nacional de Protección Civil, un sistema que permitirá localizar a vehículos accidentados a través de la emisión de señales que contengan sus coordenadas geográficas, que serán recibidas por el Centro de Emergencias 112 más cercano.

Se trata de un proyecto piloto para ensayar la funcionalidad de este Sistema, que se desarrollará en las comunidades autónomas de Madrid, Galicia, Castilla y León y la Comunidad Valenciana, enmarcado dentro del Proyecto de Sistema Europeo eCall, de aplicación en todos los Estados miembros de la Unión Europea, para mejora en la atención a las víctimas.

Fuentewww.telecinco.es 10/05/12

10 de mayo de 2012

Exhibición de la Unidad Canina de la Policía Local de Málaga


En esta ocasión os traemos un vídeo sobre la exhibición que han realizado los miembros de esta Unidad ante los alumnos de un Colegio de Educación Primaria de esta Ciudad.


Fuentewww.diariosur.es 09/05/12

3 de mayo de 2012

6.000 € de multa por trucar las matrículas de sus motocicletas

La Policía Local de Sevilla detectó el pasado sábado, en un control de alcoholemia con motivo de la Feria de Abril, a tres motoristas portugueses que llevaban un curioso "sistema anti-radar" instalado

Consiste en un mando a distancia que al ser apretado activa el mecanismo para ocultar la matrícula del vehículo y eludir así su identificación mediante la fotografía que realiza el dispositivo de control de velocidad del radar o los helicópteros de la Dirección General de Tráfico, mientras circulan a gran velocidad por la carretera.


Los agentes locales sospecharon al ver que las placas se movían demasiado y por eso inspeccionaron los vehículos.

Las motos llevaban adherido el mando a distancia al depósito con velcro para facilitar al conductor que active o desactive el motor que produce el movimiento de la matrícula durante la marcha. 

Un led en el manillar se enciende cuando la matrícula está oculta y se apaga al volver a colocarla en su lugar, informando al conductor de la posición en la que se encuentra su matrícula.

Ante tales hechos, los agentes han denunciado a los tres motoristas por infringir el artículo 11 de la Ley de Tráfico, que prohíbe conducir con vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico. Además, fueron precintadas las matrículas para evitar que continuaran haciendo uso de dicho dispositivo.

La sanción asciende a 6.000 euros, de los que pagaron el 50 por ciento: 3 mil cada uno. Esta es una de las multas más gravosas desde que entró en vigor la nueva Ley de Tráfico en 2009. 

Fuente: www.abc.es y www.elcorreweb.es 01/05/2012

2 de mayo de 2012

Multan a una motorista que iba desnuda, por no llevar casco

Una moto circula por Costanta, Rumanía, en ella van subidas dos personas, el conductor, y una chica TOTALMENTE DESNUDA de acompañante. 


Repentinamente, un policía hace detenerse al vehículo, y saca de uno de sus bolsillos una libreta de multas, rellena una hoja y se la entrega a la mujer... para continuar debe ponerse el casco.

Este suceso tuvo lugar en Rumanía hace unos días, para expectación de los testigos pensaban que la chica sería multada por estar desnuda en la vía pública.

Al parecer, el policía prefirió poner por delante la seguridad de la acompañante más que la de el resto de conductores, que bien podrían distraerse y causar más de un accidente al fijarse en las «curvas peligrosas» de la motorista.


Para finalizar, y después de que la chica se pusiera el casco, el agente dejó continuar su camino a los dos jóvenes.

Fuente: www.abc.es 30/04/2012 y www.dailymotos.com 25/04/2012