27 de octubre de 2018

El BOE de hoy declara “género prohibido” las narcolanchas, que se podrán intervenir incluso en tierra y “sin carga”

El BOE de hoy sábado publica el Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación con las embarcaciones utilizadas.

Esta norma declara “género prohibido” a los efectos a efectos de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, las embarcaciones tipo RHIB o similares (conocidas popularmente como “narcolanchas”), permitiendo incautarlas incluso en tierra y sin carga ilícita.


Quedan excluidas de esta prohibición las embarcaciones de titularidad pública y las destinadas ciertos usos “legítimos” (salvamento, investigación, navegación interior, etc.).
Para ello se crea el Registro de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad y se regula el procedimiento de autorización e inscripción en el mismo (junto a las consecuencias en caso de incumplimiento, o el procedimiento de inspección y control).
El plazo para la inscripción en este registro por quienes ya sean titulares de estas embarcaciones, es de seis meses.

La nueva norma, que puedes descargar en este enlace, entra en vigor el próximo lunes 29 de octubre.


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