06 abril 2014

Modificada la Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios

Continuamos con información sobre modificaciones legislativas publicadas en BOE, en este caso del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.


La Ley 3/2014 ha modificado este texto legal, fundamentalmente para adaptarlo a cambios de la normativa comunitaria (no especialmente recientes, ya que fueron publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea en noviembre de 2011):

  • Nuevas definiciones armonizadas de los principales conceptos manejados en la Ley (consumidor, usuario, empresario, establecimiento mercantil, contrato a distancia...).
  • Nuevo marco legal para la protección de los consumidores en los contratos celebrados a distancia y en los contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles.
  • Nueva normativa sobre cláusulas abusivas en los contratos.

Por otra parte, cabe destacar que aunque la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en los ámbitos de defensa del consumidor y usuario (que se desarrolla mediante la Ley 13/203 de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía), dicha competencia se ejerce de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general que establezca el Estado Español, que se materializa precisamente en esta Ley General, en cuya Disposición Final Primera se nos recuerda que tiene carácter básico y que se dictan en el uso de competencias exclusivas del Estado.

Pulsa en el enlace para descargar la nueva Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.


Si lo prefieres, puedes descargarte el texto consolidado de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, ya actualizado.