10 de abril de 2013

Casi un millón de conductores extranjeros en España deberán renovar su carné

Alrededor de un millón de conductores extranjeros residentes en España tendrán que renovar su permiso de conducir en los mismos plazos que los conductores nacionales (a partir de los dos años en que adquieran la residencia en territorio nacional), es decir cada 5 o 10 años en función de la edad del conductor.

Los automovilistas extranjeros que hasta ahora vivían “despreocupados” en España sobre la obligación de renovar su carné, deberán renovarlo de acuerdo con la nueva Directiva sobre el permiso de conducción, que permite a los países miembros de la Unión Europea establecer periodos de vigencia de permisos que actualmente no tienen fecha de caducidad, obligando a sus titulares a renovarlos en las mismas condiciones que los conductores españoles.


De los casi dos millones (1.999.603) de residentes comunitarios censados en España, mayores de 16 años y que potencialmente pueden tener un permiso de conducir, aproximadamente la mitad son conductores con un permiso en el que no figura ninguna fecha de caducidad, debido a que en los países de origen donde los obtuvieron "se otorgaron de por vida o por periodos de tiempo tan amplios que presentan una vigencia ilimitada". Este es el caso de los conductores franceses o alemanes, que no tienen fecha de caducidad; o de los ingleses y noruegos con cuya vigencia se mantiene hasta que el conductor cumpla los 70 o 100 años.

Los trámites que tendrán que realizar los conductores extranjeros serán idénticos a los de los nacionales, por lo que cada 5 o 10 años (dependiendo de si tienen más o menos de 65 años) deberán acudir a un centro de reconocimiento médico autorizado, aportando una fotografía para renovar su carné, con la particularidad de que conservarán en su poder el permiso de conducir expedido en su país de origen. A partir de este momento, Tráfico les dará de alta en el censo de conductores de España y quedarán sometidos también al mismo régimen de puntos que cualquier otro conductor español.

Por otro lado, los conductores comunitarios que lo deseen podrán solicitar "voluntariamente" el canje de su permiso de conducir por el equivalente español, antes de los dos años en que adquieran la residencia en el país. Si los conductores se deciden por esta opción, Tráfico les va a expedir el permiso de conducir sin necesidad del reconocimiento médico, sin embargo deberán entregar su permiso original para que Tráfico lo remita a las autoridades del país de expedición.

La organización de defensa de los conductores europeos ha puesto en marcha una campaña a través de su página web www.aeaclub.org, con el objetivo de evitar a los conductores extranjeros las sanciones de 200 euros que la Dirección General de Tráfico (DGT) está imponiendo a quienes circulan sin haber renovado su permiso.

CUADRO VIGENCIA DE ALGUNOS PERMISOS DE CONDUCIR EUROPEOS
(Motos y vehículos de turismo)
PAIS
VIGENCIA
BÉLGICA
Ilimitada

SUECIA 

Válido por 10 años

DINAMARCA 

Válido hasta los 70 años. Después válido por 4, 3, 2 y 1 año hasta los 80 años

ALEMANIA 

Ilimitada
GRECIA

Válido hasta los 65 años. Después válido por 3 años.

ESPAÑA

Válido por 10 años hasta los 65 años. Después válido por 5 años.

ITALIA 

Válido por 10 hasta los 50 años. Por 5 hasta los 70 y por 3 con más de 70 años.

LUXEMBURGO

Válido hasta los 50 años. Después por 10 años entre 51 y 70;por 3 entre 71 y 80. Más por 1.

PAISES BAJOS 

Válido por 10 años hasta los 70 años. Después válido por 5 años
AUSTRIA

Válido por 100 años.
PORTUGAL
Válido hasta los 65 años. Por 5 hasta los 70 y por 2 con más de 70 años.

FINLANDIA 

Válido por 2 años (conductor novel). Después valido hasta los 70 años.
REINO UNIDO 

Válido hasta los 70 años. (Permiso plastificado válido por 10 años).

NORUEGA 

Válido hasta los 100 años.

Fuente | www.europapress.es