7 de junio de 2012

La Policía Nacional reactiva el sistema de denuncias vía Internet

La Dirección General de la Policía ha vuelto a activar el sistema de denuncias vía Internet, para comunicar la comisión de determinados hechos delictivos.

La versión anterior de este servicio virtual al ciudadano, se puso en marcha en 2001, pero el sistema fue paralizado temporalmente en 2011 para modernizar la aplicación y reforzar su seguridad.

El ciudadano podrá acceder a la Oficina Virtual de Denuncias, desde el portal www.policia.es, o bien directamente desde https://denuncias.policia.es/OVD/.


Desde allí, el ciudadano podrá realizar los siguientes trámites, relativos a presentación de denuncias (se reproduce textualmente la información que aparece en la web de la OVD):
  • Denuncia por Daños: En caso de que se hayan producido daños sobre las cosas.
  • Denuncia por Extravío de Documentos y/o Efectos: En caso de pérdida o extravío de algún documento y/o efecto de valor.
  • Denuncia por Recuperación de Documento y/o Efectos: En caso de recuperación de algún documento y/o efecto de valor, habiéndose denunciado previamente su extravío o sustracción.
  • Denuncia por Recuperación de Vehículo: En caso de recuperación de un vehículo, habiéndose denunciado previamente su sustracción.
  • Denuncia por Sustracción de Documentos y/o Efectos: En caso de sustracción o robo de algún documento y/o efecto de valor.
  • Hurto: se caracteriza porque el autor del hecho se apodera de lo ajeno al descuido, furtivamente sin que la víctima se percate de ello, sin utilizar la fuerza, violencia o intimidación. Por ejemplo cuando le sustraen la cartera en el metro o en el autobús sin darse cuenta, cuando le sustraen (desaparece) el bolso en un centro comercial sin que haya sido de manera violenta.
  •  Robo: existen dos modalidades el robo con fuerza en las cosas y el robo con violencia e intimidación (éste debe usted ir a una Comisaría a denunciarlo). El robo con fuerza es aquel en el que se utiliza la fuerza para cometer el hecho, bien rompiendo una ventana o puerta, forzando las cerraduras, accediendo a través de una pared o techo al haber realizado un acceso, bien por escalamiento, etc.
  • Denuncia por Sustracción de Vehículo: En caso de sustracción o robo de un vehículo. Compruebe antes de comenzar a redactar la denuncia que su vehículo no ha sido retirado por la grúa municipal y puede encontrarse en el Depósito Municipal de su ciudad.
  • Denuncia por Sustracción en Domicilio/Establecimiento: En caso de sustracción o robo en el interior de un domicilio o establecimiento.
  • Denuncia por Sustracción en Vehículo: En caso de sustracción o robo de pertenencias en el interior de un vehículo, pero sin que se haya producido la sustracción del vehículo en cuestión.
Por el contrario, no podrá emplearse la Oficina Virtual de Denuncias par informar de delitos, en los siguientes supuestos:
  • Si ha existido violencia física en las personas.
  • Si el autor o autores estén identificados (por ejemplo, cuando el denunciante pueda  reconocerlos o describirlos).
  • Si después de que se produjesen los hechos  hubiese intervenido una patrulla policial.
Tras realizar el trámite vía Internet, el ciudadano dispone de tres días (72 horas), para acudir a la comisaría de Policía Nacional y ratificar su denuncia para que ésta adquiera eficacia jurídica. La personación podrá realizarse en cualquier comisaría de la Policía Nacional, acudiendo con el número de referencia que le facilita la aplicación al realizar el trámite virtual. 

Además, los denunciantes que hayan utilizado este canal tendrán atención preferente a la hora de ratificar los hechos en las dependencias policiales.

Más información | http://www.policia.es/
                                https://denuncias.policia.es/OVD/
Fuente | http://www.interior.gob.es 07/06/12