31 marzo 2015

Publicadas en BOE la modificación del Código Penal, la nueva Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y la modificación de la Ley de Extranjería

El Boletín Oficial del Estado de hoy martes viene cargado de modificaciones de Leyes Orgánicas de nuestro ordenamiento (pulsa sobre los títulos para descargar los nuevos textos legales):


La Escuela de Policía Local de los Barrios está preparando nuevas acciones formativas al respecto de estas importantes modificaciones legales “básicas” para los Policías Locales.


El primero de nuestros cursos será el dedicado específicamente a la nueva Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, cuya celebración está prevista precisamente para el mes de Julio, coincidiendo con la entrada en vigor de la nueva Ley.


26 marzo 2015

Autorizaciones Complementarias de Circulación de la DGT para transportes especiales

Hemos recibido algunas consultas de alumnos sobre Autorizaciones Especiales de Transportes.

Las autorizaciones especiales expedidas al amparo del artículo 14.2 del Reglamento General de Vehículos, se denominan Autorizaciones Complementarias de Circulación (ACC) según el artículo 13 del  Reglamento General de Circulación.


En el siguiente documento, podéis consultar sobre:
  • Su marco normativo.
  • Categorías de ACC.
  • Presentación de solicitudes, tramitación y resolución.
  • Acompañamiento de vehículo piloto.
  • Autorizaciones con escolta.

Pulsa sobre el enlace para descargarlo:


Fuente | www.dgt.es

23 marzo 2015

Nuevo Curso On Line en Abril: 'Inspección de Guardia. Aplicación a la Policía Local'

El siguiente Curso On Line que impartiremos (delegado por la ESPA), como ya te informamos en el Plan Formativo 2015 de nuestra Escuela, es el denominado "Inspección de Guardia. Aplicación a la Policía Local", que tendrá lugar del 17 al 30 de Abril, con 21 horas de duración.



Pulsa en los siguientes enlaces si deseas:

Nueva Instrucción de la DGT sobre los controles de velocidad realizados por las Policías Locales, con equipos cedidos

Hace pocas semanas os informábamos de las instrucciones que la DGT había cursado a las unidades de su organismo, sobre visibilidad de los controles de tráfico para los conductores, unificación del margen de tolerancia y publicidad de las vías donde se realizan los controles.

A este respecto, la DGT también ha publicado una nueva Instrucción de aplicación a las Policías Locales que emplean para el control de la velocidad, vehículos o equipos titularidad de la Jefatura Central de Tráfico, cedidos a los Ayuntamientos.


Las directrices más novedosas de la Instrucción 15/TV-83 son:
  • Aplicación de un umbral de tolerancia fijo de 7 km/h en los controles (en vías de velocidad limitada a menos de 100 km/h), al igual que el fijado en vías interurbanas. Hasta ahora, cada Policía Local establecía su umbral de tolerancia (que dependía incluso del agente que manejara el radar durante el control).
  • Visibilidad y publicidad del control: este es el apartado probablemente más "polémico" de la instrucción, ya que indica que "el vehículo deberá ubicarse en un lugar de la vía visible para el resto de conductores, salvaguardando siempre la seguridad de los agentes que en su caso pudieran estar en el propio vehículo o en sus inmediaciones. En este sentido, se podrá reforzar lo anterior con la colocación de una señal avisadora de la presencia de un control de velocidad o a través de la publicación en la página web que el ayuntamiento pudiera disponer de los tramos donde se ha programado efectuar su vigilancia y control”.


Podéis descarga la nueva Instrucción desde el siguiente enlace:


Fuente | www.dgt.es

21 marzo 2015

Resumen del permiso por puntos

EDITADO: Accede a los nuevos archivos actualizados por Amando
en su nuevo sitio web http://todosobretrafico.com

De nuevo os dejamos una interesante recopilación realizada por Amando Baños Rodríguez en su blog CAMINOS, sobre el permiso de conducir por puntos, actualizado a Marzo de 2015.


Pulsa en el enlace para descargar el documento:


Fuente | todosobretrafico.wordpress.com

20 marzo 2015

Nueva instrucción de la DGT sobre las infracciones por no renovar el permiso comunitario de conducción de los residentes en España

La Dirección General de Tráfico acaba de emitir una interesante instrucción sobre el modo de proceder ante la detección de infracciones al artículo 15 del Reglamento General de Conductores, relativo a la obligación de renovar el permiso comunitario de conducción por parte de los ciudadanos de otros países de la Unión Europea que sean residentes en España.


La Instrucción 15/S-136 aborda tres aspectos diferenciados:
  • Unificación de los periodos de vigencia de los permisos de conducción de la Unión Europea. Renovación del permiso de conducción, a partir de los dos años siguientes a la fecha en que el titular estableció su residencia habitual en territorio español.
  • Infracciones derivadas del hecho de conducir con un permiso de conducción comunitario sin haber procedido a su renovación.
  • Actuación de los agentes de la autoridad y tramitación por las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
Este último apartado incluye dos anexos:
  • Una nota informativa que se entregará al interesado.
  • Un acta de información que se remitirá a la Jefatura Provincial de Tráfico.

Por su parte, la Jefatura Provincial de Tráfico procederá a comprobar las hojas de información y recogida de datos de filiación remitidas por los agentes con objeto de poder anotar en el historial del conductor una INCIDENCIA DE AVISO con el literal siguiente: “APERCIBIDO OBLIGACIÓN DE RENOVAR PERMISO COMUNITARIO” con la fecha en que se haya cumplimentado la hoja por los Agentes.

Esta Incidencia de Aviso permitirá conocer a los agentes de la autoridad qué conductores han sido ya previamente apercibidos para poderles extender boletín de denuncia en la siguiente ocasión en la que sean interceptados conduciendo sin haber procedido a la renovación del permiso comunitario de conducción, siempre y cuando hayan transcurrido seis meses desde el previo apercibimiento o, en todo caso, a partir del 1 de enero de 2016.

Os recomendamos la lectura del documento, que puede descargarse desde el siguiente enlace:


Fuente | www.dgt.es