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13 abril 2016

Vídeo sobre la Policía Portuaria de Cartagena

Hoy os traemos un vídeo sobre la Policía Portuaria del Puerto de Cartagena.

En apenas tres minutos de duración, nos ofrece una interesante visión sobre el trabajo de estos Agentes de la Autoridad, herederos del antiguo "Cuerpo de Celadores Guardamuelles".

No fue hasta la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante de 1992 que dejó de emplearse esta denominación y comenzó a utilizarse la de "Servicio de Policía del Puerto".



Posteriormente, la Ley 48/2003 de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general estableció el "nexo de unión" entre ambas denominaciones, al disponer respecto del Servicio de Policía Portuaria que las funciones de Policía Especial atribuidas a la Autoridad Portuaria, serían ejercidas por los Celadores-Guardamuelles adscritos al Servicio de Policía.

Ley 48/2003. Disposición Adicional Decimotercera. Servicio de Policía Portuaria.
1. Las funciones de policía especial, enunciadas en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, atribuidas a la Autoridad Portuaria por la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, corresponden a su Consejo de Administración. 
2. Dichas funciones serán ejercidas, en la forma que determine el Reglamento de Explotación y Policía, por los celadores-guardamuelles y demás personal de la Autoridad Portuaria, debidamente cualificado y adscrito al Servicio de Policía, a cuyo efecto tendrán la consideración de agentes de la autoridad de la Administración Portuaria en el ejercicio de las potestades de policía portuaria recogidas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, sin perjuicio de la obligación de colaborar siempre que sea preciso con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Fuente www.apc.es
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