¿Qué es el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista?
El Plan de Prevención y Protección Antiterrorista establece las directrices generales que, partiendo de un esfuerzo permanente en el ámbito preventivo, permitan asegurar la detección, seguimiento, análisis y evaluación continuada del riesgo de atentado terrorista, así como la puesta en marcha y coordinación de los dispositivos preventivos en caso necesario, entendidos éstos como el conjunto de acciones llevadas a cabo con anterioridad a que se materialice un atentado terrorista con el objetivo de evitar que se produzca.
Las medidas del Plan estarán principalmente dirigidas a la protección de los siguientes objetivos:
- Instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que descansa el funcionamiento de los servicios esenciales.
- Centros y organismos públicos u oficiales, así como cualesquiera otros activos, ya sean personas, bienes, servicios, tecnología de la información u otros intangibles, cuya destrucción, ataque o degradación suponga un daño importante conforme a la valoración ponderada de los siguientes criterios: daños a la vida humana, vulneración de derechos fundamentales, afectación al normal funcionamiento de las instituciones o de los sectores estratégicos, afectación al orden púbico o la convivencia, impacto público, social o simbólico y pérdidas económicas o patrimoniales.
¿Qué es el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
El Nivel de Alerta Antiterrorista consiste en una escala compuesta por varios niveles complementarios, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un grado de riesgo, en función de la valoración de la amenaza terrorista que se aprecie en cada momento.
¿Cuántos niveles hay?
La clasificación prevista en el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista cuenta con cinco niveles de activación asociados a un determinado nivel de riesgo: el Nivel 1 corresponde a riesgo bajo, el Nivel 2 a riesgo moderado, el Nivel 3 a riesgo medio, el Nivel 4 a riesgo alto y el Nivel 5 a riesgo muy alto.
¿Qué implica cada uno de los niveles?
Cada nivel lleva aparejada la inmediata puesta en marcha de un grupo de medidas específicas adaptadas a la naturaleza de la amenaza:
- Nivel 1: "Riesgo bajo". Se fija cuando existe una posibilidad remota de atentado. El Gobierno adopta medidas genéricas para identificar potenciales objetivos terroristas. España estuvo en nivel 1 por última vez en el año 2009.
- Nivel 2: "Riesgo moderado". La policía se centra en "asegurar un óptimo control de los posibles objetivos de atentado terrorista" y la vigilancia es apenas perceptible para el ciudadano. Este nivel permaneció activo en España hasta enero de este año.
- Nivel 3: "Riesgo medio". Este nivel contempla el aumento de presencia policial. Los agentes vigilan puntos sensibles como estaciones y aeropuertos. Interior ya elaboró un plan urgente de protección de las infraestructuras críticas. Esta alerta se decretó en España en enero, tras los ataques contra el semanario francés Charlie Hebdo.
- Nivel 4: "Riesgo alto". Este grado de alerta implica un aumento de la vigilancia de las denominadas "infraestructuras críticas", como aeropuertos, centrales nucleares y estaciones. También contempla la activación de todas las fuerzas de seguridad dedicadas a la prevención, investigación e información de la lucha antiterrorista. Se refuerza la presencia policial en la calle. Este nivel 4 de alerta es el actual y se mantiene desde junio (tras los atentados de Francia, Túnez, Kuwait y Somalia).
- Nivel 5: "Riesgo muy alto". Éste es el nivel de alerta máxima contemplado en situaciones en las que el riesgo de atentado es inminente. Permite al Ejecutivo solicitar la presencia militar en las calles, así como reforzar con soldados las infraestructuras que se consideren "objetivos estratégicos". Además, se puede restringir el espacio aéreo. Este estado solo se contempla desde mayo, cuando entró en vigor el nuevo Plan de Prevención y Protección Antiterrorista.
¿Quién decide la activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
La activación de cada NAA compete al Ministro del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, en base a los informes de valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma que elabora un comité integrado por expertos en la lucha antiterrorista.
¿Cuáles son los criterios de activación de un Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
La activación de cada NAA depende de la valoración de la amenaza y otras circunstancias asociadas a la misma. Por un lado, la amenaza se valorará en función de la intención, la capacidad y la probabilidad de comisión de un atentado terrorista. Por otro, su correlación se valorará en función de la vulnerabilidad de los potenciales objetivos de ataque y su posible impacto o repercusión.
¿Cuándo se crea el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA)?
Los Niveles de Alerta Antiterrorista fueron introducidos en España por primera vez por el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista de 9 de marzo del 2005 como consecuencia de los atentados ocurridos en Madrid del 11 de marzo del 2004. Este primer Plan establecía 3 niveles.
En 2009, la Instrucción 4/2009 de la Secretaría de Estado de Seguridad modificó el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista, introduciendo una escala de 4 niveles, con dos intensidades en cada nivel (lo que suponía 8 posibles niveles distintos).
El actual sistema de niveles entró en vigor en mayo del 2015 como consecuencia de la publicación de la Instrucción 3/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se actualizó el Plan de Prevención y Protección Antiterrorista con el fin de mejorar, por un lado, la protección de los potenciales objetivos de las organizaciones terroristas y reforzar, por otro, las capacidades de investigación y neutralización de la amenaza (además de reducir a 5 el número de niveles existentes).
Fuente | www.interior.gob.es y www.libertaddigital.com