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23 febrero 2013

Dos años de cárcel por el ruído de una discoteca en Sevilla

El Juez de lo Penal número 4, ha condenado a los dos responsables de una discoteca en la localidad de Estepa (Sevilla), por un delito contra el medio ambiente en concurso ideal con tres delitos de lesiones, con la atenuante de dilaciones indebidas, con:
  • Dos años de prisión
  • Pago de una indemnización de 93.000 euros.
  • Pago de una multa de 2.300 euros.
  • Inhabilitación de 12 meses para el ejercicio de la actividad de discoteca, pubs y bares de horario nocturno.

Según los hechos declarados probados, los ruidos "excesivos" generados en el local, causaban incluso la vibración de los cuadros y platos ubicados en una vivienda cercana, habitada por una pareja y su hijo de tres años, quienes sufrieron distintos trastornos a consecuencia de dicho ruido.

Inicio de los problemas en 2006.
La discoteca, que cuenta con licencia de apertura desde abril de 2006, está ubicada junto a varias viviendas, siendo no obstante la más cercana la ocupada por los afectados, quienes denunciaron en diez ocasiones ante la Policía Local los ruidos y vibraciones procedentes del establecimiento, por lo que agentes municipales realizaron una primera medición acústica y constataron que en la vivienda "no se podía dormir" al existir un nivel "excesivo" de ruido.

Ya en mayo de 2006, un ingeniero técnico industrial realizó dos ensayos para determinar el nivel de ruido que sufría la vivienda, para lo que practicó tanto con la ventana abierta como cerrada, constatando igualmente un "exceso" de ruido en los dormitorios del inmueble, pruebas a las que le sucedieron otras a petición del propio Ayuntamiento.

Los acusados atribuyeron el exceso de ruido a la presencia en la zona de 'botellonas' y 'buñueladas', pero el juez asevera que se trata "de una pintoresca afirmación, pues es inverosímil que los técnicos, profesionales en la materia, hicieran mediciones acústicas en esas condiciones".

Tras ello, un Juzgado de Estepa acordó en diciembre de 2006 la realización de una prueba sonométrica que arrojó como resultado que el nivel acústico en la vivienda de los afectados, con ventas y puerta cerradas, era superior en más de diez decibelios al límite permitido.

Los acusados se tomaron a broma los limitadores de sonido.
Además, la sentencia pone de manifiesto que "buena prueba de que lo que les importaba era el negocio y no los efectos lesivos es la desconexión de un micrófono del limitador de ruidos de la discoteca y el que hubiera un potenciómetro o equipos no conectados al limitador", lo que fue detectado por dos peritos de Egmasa, que "incluso dijeron que los equipos de sonido no pudieron ponerse al máximo teórico por riesgo de rotura de los mismos".

El juez relata que, del conjunto de mediciones realizadas, "se nos revela una tendencia al exceso de ruido, especialmente en la vivienda" de los afectados, no obstante lo cual rechaza el cierre del local solicitado por la acusación particular, pues "la actividad con la que se ha causado el delito no es ilegal en sí misma, sino que lo que es ilegal es las condiciones en la que está siendo explotada, sin un aislamiento sonoro eficaz y tomándose a chacota los limitadores de sonido".

Trastornos del sueño
A consecuencia de la contaminación acústica padecida, la pareja propietaria de la vivienda sufrió un trastorno adaptativo, lo que "ha empujado" al hombre a beber alcohol y tomar psicofármacos, y que ha hecho que tanto éste como su mujer sufran un síndrome ansioso-depresivo con trastornos del sueño, precisando asistencia psiquiátrica y tratamiento farmacológico del síndrome depresivo.

Ambos invirtieron en su curación 730 días, mientras que su hijo de tres años sufrió irritabilidad y trastornos del sueño y requirió del mismo tiempo para su curación.

El juez asevera que en este caso se ha producido "un daño actual y no meramente potencial, al haber afectado gravemente el ruido a la salud de los vecinos denunciantes", ya que "los intensos ruidos se estuvieron produciendo en horario nocturno durante dos años, lo que es constitutivo de una gravedad relevante y aún llamativa".